Prorrogaron plazo para acceder a jubilación anticipada
Por medio del decreto 1451/06, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo prorrogó hasta el próximo 30 de abril la posibilidad de acceso al régimen de jubilación anticipada.
Lo que ocurre es que la ley 25.994, que instauró aquel sistema, dispuso sólo su vigencia por dos años, plazo que se cumpliría en enero próximo.
El régimen dispone que podrán acceder a una jubilación anticipada quienes cumplan con los parámetros de edad y tiempo de servicios y se encuentren desocupados. En particular establece lo siguiente:
- Edad
Haber cumplido 60 años de edad los varones o cincuenta y cinco 55 años de edad las mujeres.
- Servicios
Acreditar 30 años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el régimen de reciprocidad.
- Situación de desempleo
Acreditar encontrarse en situación de desempleo al 30 del mes de noviembre de 2004.
En cuanto al haber, los beneficiarios recibirán el 50% del monto correspondiente al beneficio de jubilación al que tendrá derecho al cumplir la edad requerida de acuerdo a la ley 24.241, no pudiendo en ningún caso resultar inferior al haber mínimo del Régimen Previsional Público de Reparto.
Asimismo, la ley 25.994 dispone que el goce de la prestación prevista en la presente ley es incompatible con la realización de actividades en relación de dependencia o por cuenta propia, y con la percepción de cualquier tipo de planes sociales, pensiones graciables o no contributivas, jubilación, pensión o retiro civil o militar, ya sean nacionales, provinciales o municipales, sin perjuicio del derecho a opción del beneficiario por el que resulte más favorable.