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Retorno del exterior: argentinos y residentes quedan exceptuados del cumplimiento de cuarentena obligatoria

Por medio de la Decisión Administrativa 937/2021, se exceptuaron de realizar cuarentena a un grupo de personas si cumplen con ciertos requisitos
24/09/2021 - 12:46hs
Retorno del exterior: argentinos y residentes quedan exceptuados del cumplimiento de cuarentena obligatoria

En fecha 24 de septiembre de 2021, por medio de la Decisión Administrativa 937/2021, el Jefe de Gabinete de Ministros, ha publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina, la medida que oficializa la excepción de realizar cuarentena, tanto para argentinos como para residentes del territorio nacional, que hubieran viajado al exterior y den cumplimiento de los requisitos que aquí se expondrán. 

El Gobierno Nacional, a través de la Decisión Administrativa 937/2021, oficializó la terminación efectiva del aislamiento obligatorio para todos los argentinos y personas residentes del territorio nacional que hubieran viajado al exterior. La normativa lleva las firmas del nuevo jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

Dicha medida fue originalmente impuesta por el artículo 7°, inciso d) del Decreto 260/20 y sus normas modificatorias, flexibilizada por la Decisión Administrativa 846/2021 para aquellos que viajasen por razones laborales, y suspendida unos días más tarde por la Decisión Administrativa 853/2021, quedando, hasta el día de hoy vigente la cuarentena obligatoria para aquellos argentinos que retornen al país.

Entre sus considerandos, la flamante Disposición reza que "…ante la mejora de la situación epidemiológica y sanitaria y la cobertura vacunal alcanzada hasta el momento, la autoridad sanitaria se ha expedido favorablemente respecto de la pertinencia de anticipar la vigencia de las excepciones establecidas por la Decisión Administrativa Nº 846/21, y también ampliar su alcance respecto de las personas comprendidas, limitando los requisitos sanitarios de ingreso al país, en el marco de un conjunto gradual y progresivo de flexibilizaciones a las medidas sanitarias actuales."

Requisitos para la dispensa de cuarentena obligatoria:

De conformidad con ello, a partir del 24 de septiembre de 2021, fecha de entrada en vigencia de la presente Disposición, para aquellos argentinos y residentes que ingresen al territorio nacional y deseen aplicar a dicho beneficio, se les exigirá:

  1. Haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país. Las personas vacunadas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones.
  2. Test de PCR negativa en las 72 horas previas al embarque, y test de antígenos exigido al ingreso del país.
  3. Test de PCR al día 5 a 7 del arribo computados desde el arribo al país, y cuyos resultados deberán ser negativos.
  4. Desarrollar sus actividades sociales y/o laborales y/o comerciales y/o deportivas extremando la observancia de las medidas de prevención y cuidado, por el plazo de 10 días computados desde la toma de muestra de la prueba PCR negativa en origen, quedando prohibido durante ese lapso concurrir a eventos masivos, o utilizar el transporte colectivo de pasajeros terrestre, salvo en las situaciones expresamente autorizadas.
  5. Contar con el comprobante de su vacunación registrado en la Aplicación Mi Argentina, si la vacunación hubiera sido realizada en la República Argentina. En el caso de quienes se hubieran vacunado en el extranjero, deberán contar con el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación.
  6. Exhibir el comprobante de vacunación cuando le sea requerido por las autoridades competentes nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales al arribo al país, por los operadores de transporte en el momento del embarque hacia el país, o por la jurisdicción del domicilio del ingresante, o la de tránsito, cuando controla el cumplimiento de las disposiciones del presente artículo o se exija en virtud de la normativa vigente en ella.

El costo de la totalidad de los tests a los que se ha hecho referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país.

Exigencias para quienes no cuenten con esquema completo de vacunación

Los argentinos y residentes del territorio nacional que hubieran viajado al exterior y no cuenten con un esquema completo de vacunación realizado con una antelación mayor a 14 días al momento de su ingreso al país, deberán realizar el aislamiento obligatorio por 14 días previsto Decreto N° 260/20.

Además deberán cumplir con el test PCR hasta 72 horas previas al embarque, el test de antígeno a su llegada al país y el test PCR al séptimo día contado desde su arribo, para así poder dar por finalizado su aislamiento en caso de resultar las pruebas diagnósticas negativas, de conformidad con la normativa vigente.

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