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Víctima de phishing: vaciaron su cuenta, le sacaron un préstamo por homebanking y ahora el banco deberá frenar los cobros

El hombre denunció que contactó al banco a través de redes sociales y que luego le vaciaron su cuenta y le pidieron un préstamo, lo que le generó una deuda
24/11/2021 - 12:19hs
Víctima de phishing: vaciaron su cuenta, le sacaron un préstamo por homebanking y ahora el banco deberá frenar los cobros

Un hombre demandó al Banco de la Nación Argentina para que se declare la inexistencia o nulidad del crédito bancario otorgado por la institución bancaria y se le restituyan las sumas debitadas.

En tal contexto, solicitó el dictado de una medida cautelar para que el banco no retenga y/o ejecute las cuotas retenidas en concepto de cuotas vencidas de un mutuo que dice no haber solicitado.

Manifestó haber sido víctima de una estafa electrónica llamada "phishing", por la que un tercero sustrajo mediante diversas maniobras sus datos de acceso a su banca electrónica.

Precisó que le pidió ayuda a su hija para que vinculase la tarjeta de débito -perteneciente al Banco Galicia- de su esposa, a su cuenta bancaria en el B.N.A.

Ante su desconocimiento frente al proceder, manifestó que intentó contactarse con la entidad bancaria para solicitar orientación y ayuda. Pero, ante la imposibilidad de comunicarse, recurrió a la página web de la entidad, de donde -en aquel entonces- el sitio indicaba que para una atención más rápida se contactara vía distintas redes sociales.

La estafa

A través de la plataforma "Instagram", se comunicó por chat con el usuario "@bancogaliciaoficial", quien le manifestó que se comunicarían telefónicamente con ella. Que ese mismo día, a las 13:11hs., recibió una llamada de un número privado, dónde un hombre se presentó como ejecutivo de cuentas del B.N.A., y le indicó que ingresara al "homebanking" y, en la parte "pagos", cargara la tarjeta de su madre.

Ante la imposibilidad de llevar a cabo esta acción, el interlocutor le exteriorizó que concurriese a un cajero automático, motivo por el cual se dirigió a uno perteneciente de la "Red Link" del Banco Provincia de Buenos Aires y, una vez allí, le indicó que ingresara la tarjeta de débito y le señaló los pasos a seguir para blanquear la clave de "homebanking" y así generar la clave de seguridad "token".

A raíz de ello, y de regreso a su hogar, notó que se había comunicado para solicitar la vinculación de una tarjeta y, en realidad, el supuesto agente de cuentas la terminó llevando a que generase un nuevo usuario y contraseña.

Ante esta situación y frente a no poder ingresar a su "homebanking" -con la nueva clave y usuario-, se dirigió a otro cajero de la "Red Link" pero esta vez perteneciente al B.N.A. donde la pantalla del cajero automático reveló que la tarjeta de débito se encontraba bloqueada.

Minutos más tarde, la llamaron y le expresaron que había sido víctima de una estafa y que en su cuenta se solicitó y aprobó un préstamo por la suma de $300.000.- y una transferencia a otra cuenta por la suma de $338.000, destacó que los $38.000 restantes ya estaban antes en su cuenta, lo cual implicó que le dejaran la cuenta sin dinero.

Hizo hincapié en que efectuó el reclamo tanto telefónico como en forma personal en la entidad bancaria tendiente al cese del débito del crédito, como así también la denuncia policial.

El juez de primera instancia rechazó la medida cautelar. Consideró que los hechos invocados que aluden a la invalidez de un contrato de mutuo celebrado con la entidad bancaria -por no haber sido solicitado ni consentido por el titular de la cuenta– deberán ser objeto de un mayor debate y prueba.

La sentencia de Cámara

La sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, en autos "Martínez, Gustavo Hernán c. Banco de la Nación Argentina s/nulidad de contrato", revocó el decisorio y admitió la cautelar solicitada. 

"Resulta llamativo que el banco tenga preadjudicado préstamos en una cuenta sueldo que exigiría el pago mensual de cuotas elevadas en relación al haber que el accionante percibe", comenzó el análisis del caso la sentencia.

La discusión gira en torno a la responsabilidad por el deber de cuidado sobre los datos personales y el deber de seguridad a cargo de la entidad bancaria, explica el Tribunal, pero posterga el análisis para otro momento del proceso y admite la medida cautelar con fundamento en el hecho de que afrontar el pago de las cuotas del préstamo constituye un "daño de extrema gravedad", en virtud de la situación financiera del actor.

Lego señalaron que "en el caso es factible percibir los perjuicios que desde el plano económico le podría acarrear al accionante el devengamiento de las cuotas del cuestionado préstamo otorgado sin su consentimiento -vgr. ante una eventual mora por imposibilidad de pago-; de modo que a juicio de este Tribunal el peligro en la demora, en principio, también se encuentra acreditado y justifica la concesión de la medida cautelar solicitada".

"Máxime teniendo en cuenta el carácter de consumidor que detenta el iniciante de la litis frente a la institución demandada, lo cual en principio, impone una interpretación favorable a sus intereses", concluye la sentencia.