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Compre Argentino: qué puntos de la ley quiere modificar el oficialismo

La iniciativa fue representada por un diputado del FdT. Cuáles son sus puntos principales y los cambios que se harían de la norma vigente
10/03/2023 - 07:17hs
Compre Argentino: qué puntos de la ley quiere modificar el oficialismo

Así como se prepara para relanzar el postergado proyecto de ley de agroindustria, en el comienzo del nuevo período ordinario, el oficialismo volvió a presentar la nueva ley de Compre Argentino, con el objetivo de derogar la actual 24.437, sancionada durante el gobierno de Mauricio Macri.

El encargado de reingresar la iniciativa fue el presidente de la Comisión de Industria, el entrerriano Marcelo Casaretto, quien replicó el texto que había alcanzado dictamen de mayoría en mayo del año pasado pero nunca llegó a tratarse en el recinto por los obstáculos en la búsqueda de los votos para su aprobación.

Se trata de un proyecto que había motorizado fuertemente el exministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y que el Poder Ejecutivo giró a la Cámara de Diputados allá por diciembre de 2021. Dispuesto a alcanzar consensos, incluso incorporando modificaciones a la versión original, el Frente de Todos se tomó su tiempo en mayo de 2022 para sacar despacho en las comisiones.

Sin embargo, las negociaciones no lograron un acuerdo y Juntos por el Cambio presentó un dictamen de minoría de rechazo.

Entre los principales argumentos en contra, los diputados de la oposición reprocharon por qué no se hacía una evaluación de cómo estaba funcionando la actual norma -aprobada en 2018-, respecto de la necesidad que existiría para reemplazarla; y que se buscaba ampliar los márgenes de preferencia en las compras "sin razón".

La iniciativa, que esta vez es reimpulsada desde el Poder Legislativo, propone aumentar el margen de preferencia de bienes de producción nacional en hasta un 20% para las MiPyMEs (actualmente es de 15%) y en un 15% para las grandes empresas (fijado hoy en 8%).

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El encargado de reingresar la iniciativa fue el presidente de la Comisión de Industria, el entrerriano Marcelo Casaretto

Compre Argentino: revisión de márgenes de preferencia

Pero además, faculta al jefe de Gabinete a poder "disponer en forma transitoria preferencias adicionales que alcancen hasta un 3% por sobre la preferencia para bienes producidos en provincias específicas con el objetivo de compensar asimetrías regionales".

En tanto, cuando resulte una comparación de precios entre ofertas que no sean de origen nacional, "se otorgará un margen de preferencia de 1,5% cada 5 puntos porcentuales de integración local sobre el valor bruto de producción de los bienes alcanzados, hasta un margen de preferencia máximo de 12%", reza el texto.

En la definición de bien de origen nacional, se determina que es aquel que "ha sido producido o extraído en el territorio de la República Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el 40% de su valor bruto de producción". Mientras que, "se entiende que la provisión de obra pública es de origen nacional cuando al menos el 50% de los materiales utilizados en la obra cumplan con el requisito de bienes de origen nacional y la empresa además cumpla con los requisitos para ser considerada como empresa local de capital interno", establece.

Incentivo para empresas con igualdad de género y conciencia ambiental

Uno de los artículos del proyecto establece una preferencia adicional del 3% para aquellos oferentes cuyo 50% o más de la participación accionaria o del capital social sea propiedad de mujeres u otras identidades no binarias; para aquellos que tengan 50% o más de los puestos de toma de decisión (presidencia, dirección y gerencias) ocupados por mujeres u otras identidades no binarias; y para quienes posean 50% o más de los puestos de trabajo del plantel general ocupados por mujeres u otras identidades no binarias.

Este estímulo del 3% también aplicará para aquellas empresas que desarrollen sus actividades cumpliendo con parámetros que promuevan el desarrollo ambiental sostenible.

Por otra parte, la iniciativa invita a la adhesión de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y determina que "los bienes producidos en las provincias que adhieran al régimen en todos sus términos tendrán, en los primeros 3 años desde su entrada en vigencia, una preferencia adicional del 1%".

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Los bienes producidos en las provincias que adhieran al régimen tendrán una preferencia adicional del 1%

Dentro de la ley estarán contempladas además las cooperativas que se encuentren inscriptas en el Registro del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), las cuales tendrán los mismos beneficios y se les otorgarán las mismas preferencias que las previstas para las MiPyMEs.

Prohibiciones a determinados oferentes

Dentro de los 47 artículos que contiene la iniciativa, se dispone que no se otorgará la preferencia a las ofertas de bienes de origen nacional cuando las mismas sean realizadas por oferentes que tengan condenas por delitos tributarios o por delitos dolosos que tengan conexión con el incumplimiento de obligaciones tributarias.

Tampoco podrán acceder a los beneficios del régimen los oferentes que hayan efectuado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de estos a entidades depositarias del exterior, desde la entrada en vigencia de la ley hasta dos años después.

Asimismo, se les negará a aquellos que hayan transferido al exterior o hayan comprado en el exterior activos financieros; y para el caso de las operaciones referenciadas previamente en el supuesto de socios y accionistas de personas jurídicas que posean por lo menos el 30% del capital social.

El rol del Congreso en el contralor

El texto incorpora a la Comisión Bicameral de Seguimiento de Contratos de Participación Público Privada, "la función de verificar el cumplimiento de las obligaciones y requisitos" de la ley por parte de los sujetos obligados, en particular la efectiva participación de la producción nacional.

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La cámara baja analizará el proyecto presentado por el oficialismo para modificar la ley de compre argentino

Para ello, la bicameral podrá recibir por parte de la autoridad de aplicación toda información y documentación que estime pertinente; convocar al o a la titular de la autoridad de aplicación, con periodicidad semestral; solicitar el asesoramiento técnico que crea conveniente por parte de las asociaciones de empresarios industriales; y poner en conocimiento a la autoridad de aplicación y a sus respectivos cuerpos las observaciones, propuestas y recomendaciones que estime pertinentes.

Creación de un Fondo Fiduciario, un Observatorio y distintos programas

El proyecto contempla la creación del Fondo Fiduciario Público denominado Fondo Fiduciario para el Compre Argentino (FoCAr), uno de los puntos que había sido más criticado por la oposición, el cual estará eximido de todos los impuestos, tasas y contribuciones nacionales existentes y tendrá un plazo de duración hasta el 31 de diciembre de 2040. Para ello, se faculta al Poder Ejecutivo nacional a extender su vigencia por períodos adicionales de 5 años por hasta 2 períodos consecutivos.

El FoCAr contará con un patrimonio constituido por los recursos provenientes del Tesoro Nacional que le asigne el Estado nacional; el recupero del capital e intereses provenientes de los préstamos otorgados; los ingresos obtenidos por la aplicación de multas; el recupero de las garantías honradas; los ingresos generados por el financiamiento de otros instrumentos financieros; el producido de sus operaciones, la renta, frutos e inversión de los bienes fideicomitidos; los ingresos obtenidos por emisión de valores representativos de deuda que emita el fiduciario en los términos establecidos en el contrato y/o prospecto respectivo; y otros ingresos, aportes, contribuciones, subsidios, legados o donaciones específicamente destinados al FoCAr.

Otro de los ejes que propone la iniciativa es la creación del Programa Nacional de Desarrollo de Proveedores en el ámbito de la Secretaría de Industria, "cuyo objetivo principal será desarrollar proveedores nacionales en sectores estratégicos, con el fin de contribuir al impulso de la industria, la diversificación de la matriz productiva nacional y la promoción de la competitividad y la transformación productiva".

En tanto, se propicia la creación  de un "Observatorio de Compre Argentino en el ámbito de la autoridad de aplicación, que tendrá por objeto el monitoreo, relevamiento, sistematización y seguimiento de la participación de la oferta de bienes de origen nacional, y hará hincapié en la participación de la industria nacional y de las MiPyMEs en las compras públicas". Sus integrantes participarán ad honórem.

También se plantea la creación de un "Programa Nacional de Compras Públicas para la Innovación, el cual tendrá por objeto promover la incorporación gradual de desarrollos y soluciones innovadoras en las adquisiciones que realicen los sujetos alcanzados por la ley, con el fin de modernizar y mejorar la calidad de los bienes y servicios prestados por el Estado nacional y responder a las nuevas demandas de la sociedad".

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