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ALERTA

Eliminar el pago con tickets aumentarí­a 20% los costos

Según abogados de empresas, la iniciativa del diputado Héctor Recalde obligarí­a a pagar cargas sociales sobre montos que hoy se abonan como beneficios
11/01/2007 - 14:01hs
Eliminar el pago con tickets aumentarí­a 20% los costos

La iniciativa del diputado Héctor Recalde de eliminar los beneficios sociales e integrar al salario el pago con tickets impactarí­a fuertemente sobre las empresas y producirí­a un aumento de un 20% de los costos laborales porque los montos que hoy se abonan como beneficios empezarí­an a pagar cargas sociales. Así­ lo consideraron diversos especialistas en derecho laboral, quienes también estimaron que el trabajador se verí­a perjudicado.

Recalde explicó en declaraciones a Radio 10 que es necesario salir del sistema de tickets ya que el mismo "desfinancia la seguridad social". "La única manera de salir es de forma gradual", explicó Recalde.

De acuerdo a varios abogados laboralistas consultados, la iniciativa podrí­a producir dos cosas. "O bien la gente pierde los tickets o se obliga a las empresas a convertir lo que paga en beneficios en parte del salario", consideró Javier Adrogué, socio de Adrogué, Marques, Zabala & Asociados.

Esta última alternativa es la que evalúa Recalde. Esto producirí­a un aumento de alrededor del 20% del costo laboral, estimó Adrogué. Esto es así­ porque, actualmente, "los vales de comida no tienen costo en materia de contribuciones patronales". "Al ser un beneficio y no una remuneración, el empleador tiene la posibilidad de ahorrar el costo laboral", estimó Luis Discenza, socio de la misma firma legal.

En tanto, Javier Patrón, socio de Marval, O'Farrell & Mairal consideró que "si se incorporan al salario, esas sumas servirán para medir horas extras, aguinaldos e indemnizaciones". "Así­ pierden por completo la esencia para los que fueron creados estos beneficios", agregó.

"Es engañar, porque los empleadores lo dieron en la inteligencia de que no iba a incidir en las cargas, a mitad de camino se cambian las reglas de juego, algo muy común en la Argentina", concluyó.

En tanto, Carlos Dodds, socio a cargo del área laboral de Baker & McKenzie, recordó que estos beneficios "no son un antojo de los empresarios". "Están plasmados en la ley y en la jurisprudencia se reconoce de que se tratan de beneficios que recibe el trabajador que no son parte de la compensación salarial", agregó.

El abogado estimó que una iniciativa como la de Recalde lo que harí­a serí­a "cambiarle la naturaleza al beneficio". Según Dodds, es imposible que el empleado vea compensada la eliminación de los beneficios sociales con el incremento del aguinaldo, por ejemplo. "El trabajador tendrá una carga pesada. Lo que se retendrá por seguridad social es superior a lo que eventualmente recibirí­an ví­a vacaciones y aguinaldo", agregó el abogado.

De todas formas, es cierto que muchos empleadores distorsionan el beneficio y le otorgan naturaleza compensatoria. "Lamentablemente, hay algunos casos en dónde eso sucede", consideró Dodds. Pero "lo que hay que hacer es controlar y asegurarnos que todos cumplan con la naturaleza jurí­dica del beneficio", agregó. "Pero no matar el beneficio social, que busca mejorar la calidad de vida del emlpeado", agregó.

Para Adrogué, "están todas las nomas dadas para que el sistema sea seguro". "Hay salvaguardas suficientes para que el vale pueda ser utilizado como un beneficio social y no cómo un instrumento para eludir obligaciones o el pago de una remuneración", consideró el abogado.

El especialista recordó que "los vales fueron reconocidos por la jurisprudencia mucho antes de que sean plasmados en regulaciones". En ese sentido, recordó el plenario "Strada" de la cámara laboral, en dónde la cámara reconoció el valor de los vales. "Si una empresa tiene la vocación darle almuerzo a la gente, ¿por qué hay que prohibirlo o por qué hacerlo más gravoso diciendo que eso es parte del salario?", se preguntó Adrogué.

Antecedentes legales y jurisprudenciales
La iniciativa de Recalde no es novedosa. Un proyecto de ley de 2004 de la diputada Marta Maffei contení­a previsiones similares y preveí­a que las empresas deberí­an reemplazar en tres etapas semestrales "cada una del 33,33% del total percibido por esta modalidad", en dinero en efectivo. Esta iniciativa llevaba la firma de diputados como Miguel Bonasso, Luis Zamora, Marí­a América González y Patricia Walsh.

El proyectofue reingresado a la cámara baja en mayo de 2006. La diputada autora del proyecto consideró que el pago con tickets "no hace más que restringir el derecho del trabajador a la libertad de opción en la utilización de las remuneraciones que perciben, estando obligados a concurrir a los establecimientos que determine la autoridad de aplicación, a efectos de adquirir los productos a los que tiene acceso a través de los mismos".

Para la diputada, esto es "un modo más de precarización del empleo".

En tanto, la justicia reaccionó de diversas maneras ante el pago con tickets. Así­, recientemente la Corte Suprema avaló la inconstitucionalidad del pago con tickets de parte del salario dispuesta por una ley de la Provincia de Jujuy. En el caso "Centro de Docentes", el tribunal rechazó intervenir y dejó firme lo decido en la instancia anterior, que habí­a anulado un decreto-acuerdo de 2001 que impuso el régimen de "tickets canasta" como parte del salario de los empleados estatales.

Otros fallos consideraron como remunerativas las cifras de cuando se excedieron de los lí­mites impuestos por las reglamentaciones vigentes.

Pero la cámara laboral ratificó que –cuando se respetan las normas vigentes- el pago con tickets es válido y no debe considerarse a la hora de evaluar la indemnización por despido. Así­ lo dijo en la causa "Valiño, Claudio c/ Auchan Argentina S.A".

En esa oportunidad, los jueces de la sala III sostuvieron que la norma no afecta las garantí­as de retribución justa y de protección contra el despido arbitrario consagradas por la Carta Magna ni el Convenio Nº 95 en cuanto define al salario, pues "de ninguna disposición del citado convenio resulta que el legislador nacional no pueda disponer que se autorice a los empleadores a reconocer ciertos beneficios sociales a los trabajadores destinados a mejorar su calidad de vida personal y familiar y cuyo valor fuera justo y razonable".

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Ramiro ílvarez Ugarte
ralvarez@infoabe.com