Chau pensión por fallecimiento: qué va a pasar ahora
:quality(85):max_bytes(102400)/https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2024/11/587182.jpg)
Malas noticias para los jubilados en Argentina: una parte de este grupo social perderá un beneficio clave, sobre todo para algunas personas en particular: la pensión por viudez. ¿Cuál es la razón por la que este grupo de personas no podrá cobrarla más y quiénes son los damnificados con esta medida?
Luego de que se diera de baja oficialmente la moratoria previsional, a partir del 23 de marzo de 2025, hubo ciertos cambios en la jubilación y sobre todo en los distintos derechos y beneficios que recibiría cada jubilado al momento de llegar su edad jubilatoria, dependiendo la cantidad de años de aportes, entre otras cosas.
Qué era la moratoria previsional y qué pasó con ella
Hasta el año pasado, regía este beneficio llamado "moratoria provisional" que tenía como objetivo regularizar los aportes previsionales para así acceder a la jubilación, que consistía en un Plan de Pago de Deuda Previsional, y que permitía que quienes llegaran a la edad para jubilarse 60 años para mujeres y 65 para hombres sin haber cumplido con los 30 años de aportes, también pudieran jubilarse.
Sin embargo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció que este beneficio sería dado de baja, por lo que quienes cumplan la edad de jubilación y no tengan 30 años de aportes, no tendrán la posibilidad de saldar la deuda y acceder a la jubilación. Quienes no cumplan con las condiciones aún así tendrán acceso a otro plan, llamado PUAM, sin embargo, este tiene menos beneficios que una jubilación normal.
Qué es la PUAM y a quiénes les corresponde
La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) es la nueva modalidad de jubilación para quienes no cumplan con los 30 años de aportes al llegar a la edad jubilatoria, es decir que ya no se podrá regularizar los aportes, sino que si no se tienen los años necesarios para jubilarse directamente se cobra este tipo de asignación llamada PUAM.
Lo que ocurre con esta modalidad es que quienes cobren esta asignación en lugar de la jubilación tradicional, recibirán el 80% de los haberes mínimos jubilatorios, y además se pierden una cierta cantidad de derechos y beneficios en comparación con quienes cobran la jubilación de forma normal. Lamentablemente, quienes no hayan cumplido con los 30 años de aportes no tendrán posibilidad de cobrar la jubilación.
A partir de ahora, ¿qué pasará con la pensión por fallecimiento?
Es por esto que a partir de ahora habrá un grupo de personas que no podrá cobrar la pensión por fallecimiento: quienes cobren la PUAM. Esto se debe a que las condiciones para poder cobrar la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) son los siguientes:
- Disponible para mayores de 65 años sin requisitos de aportes
- No permite cobrar pensión por viudez
- Se pierde en caso de residencia en el exterior
- Requiere demostrar vulnerabilidad económica
Esto quiere decir que quienes cobren la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), no podrán cobrar la pensión por viudez en el caso que correspondiera que solían cobrar. Los únicos que podrán seguir cobrando la pensión por viudez normalmente son quienes cobran la jubilación tradicional tras haber cumplido los 30 años de aportes.
Para acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), es fácil, solo hay que sacar un turno para ser atendido de manera presencial en una de las oficinas de ANSES y solicitar el trámite. Esto es en el caso de quienes no llegar a cumplir los 30 años de aportes jubilatorios, a la hora de alcanzar la edad jubilatoria que es para los hombres, de 65 años y para las mujeres, de 60 años.