Empleados de comercio: ¿qué pasa con el aumento de sueldo si no se homologa una paritaria ya firmada?
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La falta de homologación de un acuerdo salarial puede dejarlo en un limbo legal, con impacto directo en empresas, trabajadores, aguinaldos y estabilidad laboral.
En la Argentina, los convenios colectivos de trabajo son pilares esenciales para ordenar las relaciones laborales. A través de las negociaciones paritarias, empleadores y sindicatos acuerdan condiciones salariales, beneficios, jornadas y otros aspectos que rigen la vida laboral. Pero para que estos acuerdos tengan validez legal plena, deben ser homologados por el Ministerio de Capital Humano.
Sin esa homologación, el acuerdo no entra en vigor de forma obligatoria ni puede exigirse judicial o administrativamente. "Se trata de un paso técnico pero crítico", explicaron desde Grispo Abogados, al señalar que la falta de homologación genera un estado de incertidumbre jurídica que impacta tanto en la previsibilidad empresarial como en la seguridad de los trabajadores.
¿Por qué importa la homologación?
La homologación verifica que el acuerdo cumpla con la legislación laboral vigente, que no vulnere derechos adquiridos ni contenga cláusulas abusivas. Además, le otorga fuerza ejecutoria ante organismos públicos y judiciales. Sin ella, el acuerdo sigue siendo un acto de voluntad entre partes, pero no tiene fuerza de ley.
"Sin homologación, el empleador no está obligado a aplicar los aumentos, pero tampoco tiene un marco de certeza si decide hacerlo. Y para el trabajador, se dificulta reclamar por la vía judicial en caso de incumplimientos", detallaron desde el estudio.
¿La falta de homologación afecta al aguinaldo?
Este año, la discusión cobró relevancia con el medio aguinaldo de junio, cuyo plazo de pago vencía el 30 de ese mes. El caso más reciente fue el acuerdo salarial del 29 de abril de 2025 para el CCT 130/75 de Comercio, que fue presentado ante el Ministerio pero no contaba con homologación formal hasta hace unas semanas.
En estas situaciones, entra en juego el artículo 15 de la Ley 23.546, que establece un plazo de 30 días hábiles para que la autoridad laboral se expida. Vencido ese plazo sin respuesta -es decir, desde este 1 de julio-, el acuerdo se considera tácitamente homologado.
"Este mecanismo evita que el Estado paralice las relaciones laborales por omisión. Pero genera tensiones, especialmente al momento de liquidar conceptos como el aguinaldo o realizar ajustes salariales", remarcaron desde Grispo Abogados.
¿Qué puede pasar en el ámbito legal y empresarial?
La falta de homologación puede:
- Impedir que los aumentos sean invocados ante inspecciones laborales.
- Restarles validez jurídica en reclamos judiciales.
- Generar tensión en futuras paritarias.
- Desincentivar el cumplimiento voluntario por parte de algunas empresas.
Por otro lado, puede ser usada como argumento para postergar pagos o ajustes, complicando la economía de los empleados.
Clave para empresas y contadores
El tema no es menor para los equipos contables y de recursos humanos. En contextos de alta inflación y volatilidad normativa, la falta de definición sobre la vigencia de un acuerdo puede alterar la liquidación de sueldos, aportes y aguinaldos.
Desde Grispo Abogados concluyeron: "La demora en homologar acuerdos paritarios vulnera la previsibilidad del sistema laboral argentino. Es indispensable que el Ministerio actúe con celeridad, garantizando la seguridad jurídica y respetando los tiempos que marca la ley".