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ALERTA

Fondos de cese laboral: cómo funcionarán las cuentas bancarias que pueden suplantar a la indemnización

Podrán ser abiertas por el empleador o por el trabajador, según lo establezca el convenio correspondiente. Los aspectos destacados
Por S.A.
06/08/2025 - 11:11hs
reforma laboral

Mediante la Comunicación "A" 8288/2025, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) reglamentó la apertura de cuentas bancarias específicas para administrar los aportes al fondo de cese.

De esta manera, se habilita la creación de cuentas bancarias específicas que pueden reemplazar a la indemnización tradicional, según lo disponga cada convenio colectivo de trabajo. Tendrán acceso digital, protección frente a embargos y estarán disponibles tanto para empleadores como para trabajadores.

Las cuentas podrán ser abiertas por el empleador o por el trabajador, según lo establezca el convenio correspondiente. Deberán registrarse con datos identificatorios como CUIT, razón social y número de convenio colectivo.

Qué es el fondo de cese laboral y cómo funciona

El fondo de cese laboral es un mecanismo que permite acumular aportes mensuales para cubrir el costo de una eventual desvinculación laboral. A diferencia del sistema indemnizatorio tradicional previsto en la Ley de Contrato de Trabajo, este modelo busca anticipar el pago mediante depósitos regulares en una cuenta bancaria específica.

La posibilidad de implementar este esquema quedó habilitada a partir de la Ley 27.742 y el Decreto 847/2024, que establecen un régimen de adhesión voluntaria, aplicable cuando así lo acuerden empleadores, trabajadores y sindicatos en el marco de la negociación colectiva.

Modalidades del fondo: individual o colectivo

Existen dos formas posibles de implementación:

  • Cuentas individuales a nombre del trabajador, donde se acumulan los aportes durante la relación laboral.

  • Fondos colectivos, administrados por terceros a través de fideicomisos, seguros o fondos comunes de inversión.

El tipo de esquema dependerá de lo que establezca cada convenio colectivo. En ambos casos, el objetivo es garantizar una reserva económica que pueda utilizarse al finalizar el vínculo laboral.

Quién realiza los aportes y qué porcentaje se aplica

En general, el aporte estará a cargo del empleador. Sin embargo, la normativa también permite que el trabajador contribuya, siempre que esto se acuerde expresamente en el convenio colectivo. Esta posibilidad generó debate, ya que algunos sectores advierten que no debe trasladarse al empleado el costo de su eventual desvinculación.

No existe un porcentaje único. Por ejemplo, en el sector de la construcción -donde ya rige un sistema similar- se aporta un 12% del salario durante el primer año de contrato, y luego el porcentaje se reduce al 8%.

Beneficios y condiciones de las nuevas cuentas

Las cuentas bancarias para el fondo de cese laboral ofrecerán:

  • Resúmenes mensuales electrónicos

  • Consulta de saldos en pesos y en UVA

  • Acceso mediante home banking y aplicaciones móviles

  • Protección ante embargos o ejecuciones

  • Tratamiento fiscal equivalente al de una indemnización, con exención del impuesto a las ganancias

Los fondos serán de libre disponibilidad una vez finalizada la relación laboral. En ese momento, el empleador deberá transferir el saldo acumulado a una cuenta informada por el trabajador. Si no se designa una nueva cuenta, el retiro podrá hacerse en la sucursal bancaria.

Las cuentas podrán permanecer activas hasta 180 días después del último movimiento, para facilitar su continuidad en caso de que el trabajador sea recontratado bajo el mismo convenio.

Supervisión y control del sistema

Dependiendo del instrumento elegido, diferentes organismos serán responsables de la supervisión:

  • El BCRA regulará las cuentas bancarias individuales.

  • La CNV (Comisión Nacional de Valores) controlará los fondos administrados colectivamente mediante fideicomisos o inversiones.

  • La Superintendencia de Seguros de la Nación se encargará de los fondos implementados a través de seguros.

Además, los depósitos podrán ajustarse por Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) si así lo prevé el convenio colectivo. No se exigirá una periodicidad fija ni un monto único para los aportes: ambos aspectos quedarán definidos por cada acuerdo sectorial.

Un nuevo esquema de desvinculación laboral

Con esta reglamentación, el Banco Central establece los lineamientos operativos para implementar un sistema alternativo a la indemnización tradicional, con foco en la previsibilidad, digitalización y transparencia.

Este nuevo esquema solo será aplicable cuando exista un acuerdo explícito entre las partes, por lo que no reemplaza de forma automática el sistema vigente, sino que representa una opción adicional dentro del marco legal laboral argentino.

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