• 13/11/2025

Día del Empleado de Comercio: cómo te lo tienen que pagar si lo trabajás

Este año se celebrará el lunes 29 de septiembre, en lugar del viernes 26, según lo establecido en el acuerdo firmado entre el sindicato y las cámaras
Por S.A.
23/09/2025 - 10:03hs
comercio

El Día del Empleado de Comercio 2025 se celebrará este año el lunes 29 de septiembre, en lugar del viernes 26, según lo establecido en el acuerdo firmado el 27 de agosto bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

Este día tiene carácter de feriado nacional para los trabajadores del sector, por lo que la liquidación salarial debe realizarse aplicando las disposiciones previstas en el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

Cómo se paga el Día del Empleado de Comercio 2025

Las reglas de liquidación son las mismas que para cualquier feriado en Argentina:

  • Si no se trabaja: el empleado cobra su salario habitual, sin descuentos.

  • Si se trabaja: corresponde abonar el salario normal más otro igual, es decir, el doble.

  • No existe descanso compensatorio adicional si el trabajador presta servicio en esa fecha.

Requisitos para cobrar el feriado de Comercio

Para tener derecho al pago, el empleado debe cumplir al menos una de las siguientes condiciones:

  • Haber trabajado 48 horas o seis jornadas en los diez días hábiles anteriores.

  • Haber prestado tareas la víspera hábil del feriado y al menos un día en los cinco hábiles posteriores.

Cómo calcular el pago según la modalidad laboral

La liquidación varía de acuerdo con el tipo de contratación del trabajador:

  • Mensualizados: corresponde el salario del día más otro igual, calculado como sueldo/25.

  • Jornaleros o por hora: se paga el valor habitual del día trabajado más otro igual, tomando como base la jornada anterior.

  • Por comisión o variables: se liquida con el promedio de lo percibido en los últimos 30 días trabajados.

  • Destajistas: se aplica el promedio de lo ganado en los últimos seis días laborados.

El traslado del Día del Empleado de Comercio 2025 al lunes 29 de septiembre implica ajustes en la planificación laboral, la organización de turnos y la liquidación de sueldos. Conocer el cálculo correcto de este feriado es fundamental para evitar errores en la nómina y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, indican desde Arizmendi.

Cómo se celebra según cada rama de actividad

Aunque la ley fija la fecha del 26 de septiembre, no todas las ramas la cumplen en ese día. Existen acuerdos y convenios colectivos que pueden modificar el calendario.

Rama General (CCT 130/75)

En la mayoría de los casos, la conmemoración se traslada al lunes más cercano. En 2025, al caer viernes, queda pendiente definir si se moverá al lunes 22 o al lunes 29 de septiembre. La FAECyS (Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios) y los acuerdos locales serán los que confirmen la decisión final.

Rama Turismo (CCT 547/08)

En este sector, la celebración coincide con el Día Mundial del Turismo, que es el 27 de septiembre. En 2025, esta fecha caerá sábado, por lo que podría trasladarse a un día hábil. El cambio deberá ser consensuado entre FAECyS y las cámaras empresarias del rubro.

Rama Centros de Contacto (Call Centers, CCT 781/20)

Según este convenio, si el 26 de septiembre cae de lunes a jueves, la fecha se pasa automáticamente al viernes siguiente. Como en 2025 el 26 es viernes, la celebración se mantendría ese mismo día.

¿Qué implica el Día del Empleado de Comercio?

Durante el Día del Empleado de Comercio, los trabajadores mercantiles no están obligados a prestar tareas. En caso de que lo hagan, deben recibir el pago correspondiente como día feriado, es decir, con adicional del 100% sobre la jornada normal.

Para el sector, se trata de una de las fechas más importantes del calendario laboral, y cada año genera un impacto tanto en comercios como en actividades relacionadas.

Día del Empleado de Comercio: variaciones regionales y acuerdos locales

Además de las particularidades por rama de actividad, existen variaciones regionales que pueden modificar la fecha de celebración del Día del Empleado de Comercio. Estos cambios suelen acordarse entre las delegaciones regionales de los gremios y las cámaras empresariales locales.

Por ejemplo, en la provincia de Santa Fe, se ha establecido que la celebración se traslade al último miércoles de septiembre. Esta decisión responde a acuerdos locales que buscan adaptar mejor la celebración a las dinámicas productivas y comerciales de la región. Es recomendable que los trabajadores verifiquen con sus respectivas delegaciones gremiales la fecha exacta de la celebración en su zona.

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