Cuota alimentaria: qué gastos están incluidos y cuáles no
En Argentina, la cuota alimentaria es uno de los temas más sensibles y conflictivos dentro del derecho de familia. No sólo implica obligaciones económicas, sino que también expone desigualdades, discusiones por la crianza y tensiones que muchas veces terminan en un juicio. Aunque pareciera un trámite simple, la realidad es que detrás de cada caso hay un entramado de responsabilidades legales, sociales y afectivas que la ley busca ordenar con precisión.
A partir de la normativa vigente, los progenitores, cónyuges, convivientes y hasta parientes tienen obligaciones que pueden llevarlos a sostener económicamente a otra persona. Entender qué cubre la cuota, quién debe pagarla y en qué circunstancias deja de existir resulta clave para evitar conflictos y garantizar derechos.
¿Qué cubre realmente la cuota alimentaria y qué gastos incluye por ley?
La ley argentina establece que ambos progenitores tienen la obligación de criar, alimentar y educar a sus hijos, sin importar con quién vivan. La cuota alimentaria, entonces, no es un favor ni una ayuda, es un deber legal que se extiende hasta los 21 años, y en algunos casos, hasta los 25 si el hijo estudia o se capacita y no puede mantenerse por sus propios medios.
Dentro de la cuota alimentaria se incluyen:
- Manutención;
- Educación y gastos escolares;
- Esparcimiento;
- Vestimenta;
- Vivienda;
- Salud;
- Gastos necesarios para ejercer una profesión u oficio.
Es decir, la cuota no es solo para comida, ya que cubre la totalidad de las necesidades básicas y formativas del hijo. Además, la ley reconoce que las tareas del hogar y de crianza tienen valor económico. El tiempo dedicado por el progenitor conviviente se considera un aporte equivalente al dinero que paga el otro.
Cuota alimentaria: ¿por qué se fija incluso cuando existe cuidado 50/50?
Un error común es creer que si los hijos pasan el mismo tiempo con ambos progenitores no corresponde fijar una cuota. La realidad es distinta.
Si uno de los progenitores tiene un nivel de vida más alto, debe aportar económicamente para que los hijos mantengan las mismas condiciones en ambos hogares. La cuota busca evitar desigualdades que puedan afectar su bienestar.
¿Qué pasa con la cuota alimentaria cuando aparece un progenitor afín?
El progenitor afín es la persona que convive —casada o no— con el progenitor a cargo del niño. La ley contempla que esta figura también puede tener obligaciones alimentarias, aunque en segundo lugar, detrás de los progenitores biológicos.
Debe aportar sólo cuando:
- La pareja convive y la persona es parte activa del cuidado del menor;
- Los progenitores no pueden cumplir con lo que corresponde;
- El menor quedaría en situación de perjuicio grave si el progenitor afín dejara de cubrir gastos.
La obligación del progenitor afín finaliza al terminar la convivencia, pero puede continuar temporalmente si su ausencia causa daño al menor. La duración la decide un juez.
Cuota alimentaria entre cónyuges: ¿en qué casos se paga y cuándo se corta?
Durante el matrimonio —y también si están separados de hecho— los cónyuges pueden deberse alimentos mutuamente. Sin embargo, tras el divorcio, esta obligación desaparece salvo dos excepciones:
- Cuando uno de los cónyuges tiene una enfermedad grave previa al divorcio que le impide mantenerse;
- Cuando uno carece de recursos propios y no puede generarlos, en cuyo caso la obligación no puede durar más que el tiempo que duró el matrimonio.
Si la persona beneficiaria se vuelve a casar o inicia convivencia con otra persona, pierde el derecho automáticamente. Además, dentro del juicio de divorcio, las partes pueden acordar alimentos mediante convenio.
Cuota alimentaria: ¿qué pasa con las parejas que convivieron sin casarse?
Las parejas convivientes también pueden deberse alimentos mientras dura la convivencia. Al terminar la relación, no existe una cuota alimentaria clásica, pero sí aparece una figura importante, la compensación económica.
Esta compensación se otorga cuando uno de los convivientes queda en desventaja económica tras la ruptura. Puede abonarse:
- En un pago único:
- En cuotas por un tiempo determinado (no puede superar la duración de la convivencia).
¿Qué parientes pueden reclamar cuota alimentaria y en qué casos es posible?
La ley argentina prevé que los alimentos no sólo circulan entre padres e hijos. También pueden reclamarse entre:
- Ascendientes y descendientes (abuelos, nietos, etc.);
- Hermanos;
- Parientes por afinidad (suegros, nueras, yernos).
Siempre bajo una misma condición, que la persona que los pide no pueda mantenerse por sí misma.
Juicio por cuota alimentaria: ¿cómo se inicia y quién puede reclamar?
El proceso puede empezar:
- Con una mediación previa, obligatoria en casi todos los casos;
- Con un juicio, si no hay acuerdo.
Algo fundamental, es que un menor sí puede iniciar un juicio por alimentos contra sus progenitores, siempre que tenga la madurez suficiente y cuente con un abogado. Además, si los progenitores no cumplen, se puede reclamar a los abuelos dentro del mismo juicio, demostrando que es difícil obtener los alimentos de los padres.