La reforma laboral: requisitos de procedencia para que sea exitosa
El Gobierno Nacional afronta un desafío estratégico fundacional con la reforma laboral que deberá aprobar el Parlamento Nacional por ley, en el contexto del Pacto de Mayo II en las sesiones extraordinarias del Congreso Nacional del verano 2026.
Desde el regreso de la democracia el 10 de diciembre de 1983 hasta la fecha se concretaron veintisiete reformas laborales relevantes, y la mayoría fue parte del "corsi e ricorsi storici", con idas y vueltas, con iniciativas y contraofensivas, que sumieron a nuestro sistema legal en una crisis endémica hasta ahora irreversible.
La Ley de Contrato de Trabajo (1975) que fue un hito histórico, reagrupó los derechos fundamentales, hoy no solo es anacrónica, sino que se basa en un modelo que ya fue arrasado por las nuevas tecnologías, no creó ni promovió el empleo, fracasó frente al trabajo no registrado y estuvo y está totalmente desacoplad de la necesidad de favorecer la creación de fuentes de trabajo y empleo de calidad.
Hoy sabemos que la reforma laboral no es un marco regulatorio único, sino que conforma un proceso, que, sin dudas, parte de las normas innovadoras que se acoplan a la revolución tecnológica, que pone a prueba en cada iniciativa su eficacia, y obliga al legislador y a los poderes del Estado a parametrizar los resultados, recalcular, a reconducir las herramientas, formulando rectificaciones, cambios de rumbo, centrados en los objetivos predeterminados.
Las normas legales se miden por sus efectos en la realidad, y por el modelo que resulta de su implementación.
La Ley de Bases 27.742 señaló el 8 de julio de 2024 un nuevo camino con reformas estructurales movilizadoras, que deben continuar con nuevos cursos de acción.
La reforma laboral: requisitos de procedencia para que sea exitosa
¿Cuáles son las prioridades de una reforma laboral que modernice nuestro modelo de relaciones laborales?
1. Puentes para promover el empleo registrado: con canales eficientes y de bajo costo para facilitar el traspaso de la economía total o parcialmente clandestina, a la economía registrada;
2. Informatización de la registración, seguimiento e historia laboral: bajo sistemas simples, de fácil acceso y procesamiento, y autosuficientes (que no requieran asesoramiento técnico y gastos complementarios),
3. Libertad de contratación al celebrar el contrato y al pactar las condiciones de trabajo: en donde los acuerdos desciendan a nivel de los sujetos contratantes, sin la intermediación que produce desvíos y que a menudo está en conflicto de intereses con las partes, como ocurre con las entidades colectivas que representan supuestamente a las partes;
4. Institutos hiper elásticos de la relación laboral: cambios, jornada, banco de horas, descansos articulados, variabilidad de las condiciones de trabajo: que integren la libertad de contratación entre las partes;
5. El salario dinámico: en una economía que tiende a la inflación 0 (cero) el ajuste de la remuneración por inflación dejará de formar parte de la negociación colectiva, por ende, habrá que abandonar la cultura de la inflación y pasar a la cultura de la productividad con salarios relacionados con el desempeño, la dedicación, los resultados, la contracción al trabajo, el respeto de las medidas de seguridad y de medio ambiente, la prevención de accidentes o enfermedades y muchos otros, en función de los eventos, las circunstancias, y las condiciones de tiempo y lugar;
6. La remuneración dinámica en el contrato individual: la libre contratación incluye el salario dinámico pactado en forma individual, en cada arte oficio profesión o actividad sea de servicios o de producción, por lapsos predeterminados y con objetivos medibles;
7. Liberación de trabajas y obstáculos: en el nuevo modelo de relaciones laborales, las nuevas tecnologías imponen cambios sistemáticos, renovaciones, innovaciones y técnicas de superación constantes, que no admiten las reglas y procesos originarios de la Ley de Contrato de Trabajo (1975) vigente en momentos en donde la actual revolución tecnológica no había comenzado;
8. Estabilidad amparada por el Fondo de Cese: a fin de asegurar el cobro de las indemnizaciones por extinción del vínculo, que en las pymes son de difícil percepción,
9. Transformación de las interpretaciones jurisprudenciales: también el Poder Judicial deberá adaptarse al mundo de las tecnologías exponenciales, y contemplar los conflictos en un ámbito inexistente para la legislación todavía vigente, lo que ha generado un verdadero desacople entre muchas sentencias, y los objetivos y ejes fundamentales del derecho del trabajo, sobre todo, teniendo en cuenta que para que el trabajador pueda ejercer sus derechos, las empresas deben ser viables y proyectarse en el tiempo;
10. Autonomía colectiva acotada en el tiempo y en los efectos: sin dudas la negociación colectiva tendrá que transformarse con herramientas y mecanismos que sean viables respecto de los tiempos y nuevos paradigmas en los que estamos navegando, en especial, con una dinámica realista, pactada por sector, actividad, arte, oficio, profesión, y por empresa o grupo de empresas;
11. Límites al derecho de huelga en los servicios esenciales: la huelga es un derecho constitucional que legitima un daño, el de no producir, por ende, debe ser el último recurso, y no puede paralizar servicios esenciales que hacen a la protección de la vida humana, la salud, la seguridad, y a servicios fundamentales como la justicia o la educación;
12. Promoción de todas las formas de contratación que generen trabajo humano: la Constitución Nacional establece en el art. 14 bis que "el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes", y diversas hace referencia a variadas diferentes y múltiples formas, según el Diccionario de la Real Academia. Por lo tanto, la reforma laboral y su modernización deberán incluir todas las formas posibles de trabajo humano, en particular, cuando los mismos responden a nuevos estándares, prácticas, y demandas del mercado y de los clientes, como ocurre con las aplicaciones de traslado de personas y de acarreo de mercaderías o cosas.
La reforma laboral va mucho más allá de la ponderación del trabajo humano, y escala en el mundo de las tecnologías exponenciales para reservar, fortalecer y preservar el roll que siempre habrá de tener la inteligencia y el desarrollo de la misión, visión y valores que preservan la humanización universal.