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Bienes gananciales: el proceso de repartición propiedades y ahorros en un divorcio

A la hora de iniciar los trámites del divorcio, surgen dudas sobre qué sucede con los bienes y ahorros que se obtuvieron durante el matrimonio
Por IM
28/11/2025 - 09:36hs
divorcio

Cuando una pareja toma la decisión final de avanzar con el divorcio, una de las principales inquietudes que surgen es con respecto a los bienes gananciales: qué activos entran dentro de esta categoría, cómo se valoran y de qué forma se reparten.

En Argentina hay reglas específicas para dividir tanto las propiedades como los ahorros obtenidos durante la vida en común.

Cómo se reparten los bienes en el divorcio

En nuestro país, el régimen legal supletorio, es decir, el que se aplica si no se pacta otra cosa, es el de Comunidad de Ganancias. Esto significa que todo lo que se adquiera a título oneroso durante el matrimonio es de ambas partes por igual, sin importar quién lo pagó o a nombre de qué persona está.

La alternativa a esto es el régimen de Separación de Bienes, el cual puede pactarse antes de casarse (convención matrimonial) o durante el matrimonio. En dicho caso, cada cónyuge es dueño de lo que compra.

De aplicarse el régimen de Comunidad de Ganancias, el más habitual, se tiene en cuenta lo siguiente:

  • Bienes Propios: se trata de los activos que cada cónyuge tenía antes de casarse, y los que recibe durante el matrimonio por herencia, legado o donación. Estos bienes no se dividen
  • Bienes Gananciales: son todos los bienes adquiridos durante el matrimonio que no son propios. Incluye sueldos, ganancias de negocios, inmuebles, vehículos, etc. Estos se dividen 50% y 50% al momento del divorcio

Asimismo, las deudas que se hayan contraído durante el matrimonio para el sostenimiento del hogar o la adquisición de activos también son gananciales y tienen que abonarse por ambos o tenerse en cuenta en la división. Esto incluye saldos de tarjetas de crédito, préstamos personales o hipotecas.

Otra de las cuestiones a tener presente son las "recompensas". Se trata de créditos que surgen entre un cónyuge y la sociedad conyugal. Un ejemplo claro es si se utilizó dinero que le corresponde a un cónyuge para comprar un bien ganancial. En este caso, la comunidad le "debe" esa plata a ese cónyuge.

En el caso de empresas familiares o PyMEs, si la misma fue creada o creció considerablemente durante el matrimonio, su valor es ganancial. La división de una empresa es uno de los temas más complejos, por lo que requiere de una estrategia legal y contable muy precisa.

En el caso de los ahorros e inmuebles, siempre que sean gananciales, se toman en cuenta junto con la totalidad de bienes. No obstante, el juez suele dividir la atribución del hogar conyugal. Es decir, se trata de la decisión sobre quién seguirá usando la vivienda familiar luego del divorcio, independientemente de si es un bien propio o ganancial.

Por lo general, el juez suele otorgarla al cónyuge que tiene a su cargo el cuidado de hijos menores o si es la parte más vulnerable económicamente. Cabe resaltar que esta atribución es temporal y no implica la propiedad del inmueble.

Cómo se reparten los bienes

Por lo general, los abogados de cada una de las partes suele acordar el valor que se tomará en cuenta por cada bien y, según los intereses de sus representados, la forma de repartirlos. Si el divorcio se dio en "buenos términos", lo más común es que haya un diálogo entre ambas partes para acordar la mejor forma de repartirlos.

Sin embargo, si se da en malos términos, hay bienes ocultos, entre otros problemas, se trata de un divorcio "contencioso", el cual suele ser menos conveniente porque es más caro. En pocas palabras, el camino "colaborativo" tiene costos predecibles y significativamente menores, el proceso se resuelve en meses, minimiza los conflictos, la expareja decide los términos de su futuro y, en el caso de hijos, se mantiene un vínculo de respecto.

En cambio, si el camino es conflictivo, los costos son impredecibles y suelen ser exponencialmente más elevados, producto de peritos, apelaciones, entre otras cuestiones. Además, el litigio puede durar años. El control de las decisiones pasa por un juez, además de que, en caso de hijos, la relación cordial queda irremediablemente dañada, perjudicándolos.

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