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Conflicto de intereses: ¿puede un consorcista construir sobre lugares comunes del edificio?

Un reciente fallo resolvió la imposibilidad de avanzar sobre espacios comunes en un consorcio. En qué se basó la Justicia para esta determinación
28/11/2025 - 16:33hs
Conflicto de intereses: ¿puede un consorcista construir sobre lugares comunes del edificio?

Al comprar un inmueble bajo el régimen de propiedad horizontal, el nuevo propietario acepta someterse a todo el conjunto de reglamentos internos y normas que rigen la vida en el edificio. No obstante, los conflictos de intereses entre los consorcistas y el propio consorcio suelen derivar en situaciones complejas.

Eso fue lo que ocurrió en el expediente Consorcio Torre Jardín Eduardo Costa 1876 P 10 Depto. D Martínez c/ C.A.M.P. s/ acción de despojo.

El consorcio demandó a una propietaria sosteniendo que había construido un techo sobre el patio-balcón de su unidad funcional, afectando partes comunes del edificio y alterando tanto su estructura como su estética. Según la demanda, los tirantes de esa construcción irregular estaban apoyados o encastrados en los muros maestros, que forman parte de los bienes comunes. La modificación unilateral de la fachada no solo cambiaba la apariencia del edificio, sino que además podía comprometer su estabilidad.

La consorcista, por su parte, negó las acusaciones y argumentó que se vio obligada a colocar el techo porque varias unidades habían hecho ampliaciones o cambios —sin tratamiento en asamblea ni aprobación del consejo— que provocaban filtraciones y terminaban inundando su balcón.

Reglamento de copropiedad: el fallo final del juez

Más allá de las posturas de cada parte, en el expediente quedó acreditado que la obra no respetaba el reglamento de copropiedad y, en particular, que no contaba con la aprobación del resto de los copropietarios.

El juez concluyó que la propietaria debió solicitar la autorización correspondiente antes de construir, cosa que no hizo, y que de todos modos no era viable modificar la fachada del edificio sin el visto bueno de la comunidad. En consecuencia, resolvió que la demandada debía demoler lo construido.

El fallo deja en claro un punto crucial: el hecho de que otros consorcistas incumplan las normas no habilita a actuar del mismo modo. Respetar el reglamento de copropiedad es esencial para evitar conflictos que solo generan costos, tensiones y un desgaste completamente innecesario para todas las partes involucradas.

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