Fallo ejemplar contra una agencia de viajes y su ex empleado por estafa
La planificación de unas vacaciones familiares, que debería ser un momento de ilusión y descanso, se transformó en una verdadera pesadilla para una mujer que buscaba viajar a Cancún. Tras más de una década de litigio judicial, el Juzgado Nacional en lo Comercial Nº14 de la Ciudad de Buenos Aires dictó una sentencia que sienta un precedente clave para el sector turístico y la defensa del consumidor en Argentina.
El fallo responsabiliza de manera solidaria tanto a una conocida agencia de viajes como a un ex empleado de la firma, quienes deberán resarcir económicamente a la damnificada. La resolución judicial pone el foco en la "responsabilidad objetiva" de las empresas sobre los actos de sus dependientes, incluso cuando estos cometen delitos aprovechando la estructura y la confianza que les brinda la compañía.
Estafa en la agencia de viajes: pasajes fantasmas y un sueño frustrado
El caso se remonta a noviembre de 2014, cuando la víctima decidió contratar un paquete turístico para siete personas con destino al Caribe mexicano. La operación parecía legítima: fue atendida por un asesor de ventas de la firma, quien le ofreció una propuesta comercial atractiva. La mujer desembolsó una suma importante para la época, en total $84.000, abonando parte en efectivo y el resto mediante tarjeta de crédito, recibiendo incluso confirmaciones de reserva con números de vuelo y nombres de los pasajeros.
Sin embargo, la tranquilidad duró poco. Semanas después, la propia agencia de viajes se contactó con la clienta para informarle que había sido víctima de una maniobra fraudulenta perpetrada por el empleado en cuestión. La empresa comunicó que el vendedor había sido despedido y denunciado penalmente, pero no brindó una solución inmediata a la pasajera, quien se encontró sin los tickets y con el dinero perdido a pocos días de la fecha de partida.
Ante la falta de respuestas satisfactorias, la mujer inició una demanda por daños y perjuicios. En su defensa, la agencia intentó desvincularse del hecho alegando que no realizaba ventas directas de esa manera y que el empleado había actuado por fuera de sus funciones. No obstante, las pruebas presentadas fueron contundentes: el estafador utilizó membretes oficiales, recibos y las propias instalaciones de la empresa para ganarse la confianza de la víctima y concretar el engaño.
La condena: una indemnización de más de 10 millones de pesos
El juez Pablo Daniel Frick, a cargo de la causa, fue tajante en su sentencia de más de 50 páginas. El magistrado consideró que la relación laboral fue un factor determinante para que el fraude pudiera llevarse a cabo. La "apariencia de legitimidad" que otorgaba la agencia fue lo que permitió que la clienta entregara su dinero sin sospechar que los pasajes nunca existieron.
En consecuencia, el fallo ordenó a la empresa y al ex empleado pagar solidariamente la suma de $10.500.000 a la demandante. Este monto se desglosa en $10.000.000 por daño material (el valor actualizado de lo abonado) y $500.000 en concepto de daño moral, dada la angustia y la frustración sufrida por la familia al ver truncado su viaje.
Este veredicto reafirma que las agencias de turismo no pueden lavarse las manos ante las estafas cometidas por su personal. Al ser profesionales en el rubro, tienen el deber de supervisar a sus dependientes y garantizar la seguridad de las transacciones. El fallo sirve como una señal de alerta para el sector y un respaldo fundamental para los usuarios que, confiando en marcas establecidas, terminan siendo víctimas de delincuentes corporativos.