Cayó en un local comercial y quedó inmovilizada 50 días pero la Justicia rechazó su reclamo de indemnización
Una mujer promovió una demanda civil tras denunciar que sufrió una caída en una galería comercial, pero la Justicia rechazó el reclamo al concluir que no logró probar el hecho ni la responsabilidad de los demandados. La decisión fue adoptada por el Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 11 de Lomas de Zamora, que consideró insuficiente la prueba para otorgar una indemnización por daños y perjuicios.
El hecho denunciado
Según la presentación, el episodio habría ocurrido el 23 de mayo de 2008, alrededor de las 14, cuando la mujer caminaba por un pasillo de una galería en Lanús. En ese contexto, afirmó que, tras saludar a una conocida, tropezó con un macetero ubicado en el centro del paso y cayó, lo que le habría provocado una fractura en el codo izquierdo.
En su relato, indicó que fue asistida por una comerciante y por el encargado del edificio, y que luego recibió atención médica en un hospital local. Posteriormente, fue derivada a una clínica en la Ciudad de Buenos Aires, donde fue intervenida quirúrgicamente y se le colocaron tornillos y clavos. También sostuvo que permaneció inmovilizada durante más de 50 días y que sufrió limitaciones funcionales posteriores.
El reclamo judicial
La demanda incluyó un reclamo por 280.000 pesos en concepto de daños materiales, psicológicos y morales. La actora señaló que el hecho le impidió trabajar durante tres meses —se desempeñaba en una librería— y que las secuelas afectaron su actividad laboral y su vida cotidiana.
Además, sostuvo que los pasillos de la galería presentaban obstáculos, ya que había maceteros similares distribuidos cada cierta distancia, lo que, según su planteo, dificultaba su visibilidad. En ese marco, atribuyó responsabilidad a los propietarios del inmueble y a la municipalidad por la habilitación del lugar.
La respuesta de los demandados
Por su parte, la administración de la galería negó los hechos y afirmó no haber tenido conocimiento del supuesto accidente. También destacó que la primera comunicación formal se realizó varios meses después y cuestionó la coherencia del relato.
La aseguradora citada en garantía reconoció la existencia de la póliza, pero rechazó la denuncia del siniestro y la relación entre el hecho y las lesiones.
Durante el proceso intervino la municipalidad, aunque luego fue apartada del expediente. La causa avanzó hasta el dictado de sentencia tras constatarse que no quedaban pruebas pendientes de producción.
El análisis de la jueza
Al analizar el caso, la jueza aplicó el Código Civil vigente al momento del hecho, previo a la reforma de 2015. En ese marco, recordó que la carga de la prueba recae sobre quien reclama la reparación y que, en situaciones vinculadas a objetos inertes, corresponde acreditar que presentaban una condición o ubicación anormal.
En la sentencia, la magistrada señaló que no se incorporaron elementos suficientes para demostrar que la caída se produjo en las condiciones descriptas. Indicó que la existencia de lesiones o de atención médica no resulta suficiente, por sí sola, para establecer el vínculo con el hecho denunciado.
También se consideró que la denuncia penal había sido desestimada y que la actora no aportó prueba testimonial ni otros medios que permitieran corroborar su versión. En ese contexto, el tribunal entendió que no se acreditó el nexo causal entre el macetero y las lesiones alegadas.
El fallo
Finalmente, la jueza resolvió rechazar la demanda en su totalidad y dispuso que la demandante afronte las costas del proceso, al resultar vencida. Asimismo, fijó pautas para la regulación de honorarios conforme a las normas aplicables en cada etapa del trámite.