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Por qué el dueño de Manaos casi no tiene chances de zafar del pago de $800 millones a un exempleado

Tras la confirmación de una deuda de $807 millones, la empresa aseguró que "pagará", aunque sus abogados aún evalúan una última vía judicial.
22/04/2026 - 19:12hs
Por qué el dueño de Manaos casi no tiene chances de zafar del pago de $800 millones a un exempleado

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el último recurso de Refres Now y dejó firme una condena por $807.676.293,72, que la empresa deberá abonar en apenas cinco días hábiles.

El fallo deja a Manaos en una situación límite: con las instancias prácticamente agotadas, las opciones para frenar la ejecución son muy reducidas y dependen de una vía extraordinaria con escasas probabilidades de éxito.

"Se pagará": aceptación pública, tensión interna

Frente a la inminencia de la ejecución de la sentencia y el incesante correr del reloj, Orlando Canido, fundador y dueño de Manaos, ofreció una respuesta tajante ante la prensa y confirmó que acatarán la orden: "Se pagará". Esta escueta pero definitiva declaración del empresario parece cerrar la puerta a nuevas maniobras dilatorias, al menos desde la retórica pública e institucional de la firma. Sin embargo, la aceptación del fallo no estuvo exenta de un profundo malestar y de agudas críticas al sistema judicial.

Canido ha calificado públicamente la resolución como "insólita" y "absolutamente fuera de contexto", evidenciando su incomprensión ante los métodos utilizados por los magistrados para arribar a semejante cifra indemnizatoria. El empresario argumentó desconocer qué tipo de cuenta matemática justificaba esos montos para un vendedor y sugirió que el litigio surgió únicamente como una represalia, luego de que la empresa redujera la zona de distribución del exempleado de tres provincias a sólo una. En una severa queja sobre la legislación y la alta litigiosidad argentina, Canido sentenció: "Hoy un empleado ve la posibilidad de ganar plata sin trabajar y no lo duda un segundo".

A pesar de las quejas del titular de la embotelladora, la composición de los más de 800 millones de pesos tiene una explicación técnica detallada en el expediente judicial: la abultada suma final se desglosa en aproximadamente 223 millones de pesos correspondientes al capital adeudado, mientras que los restantes 584 millones de pesos obedecen puramente a los intereses y costas procesales acumuladas.

Originalmente, el escenario era aún más ruinoso para Refres Now, ya que la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael había fijado la condena en cerca de $1.500 millones (con más de $1.200 millones solo en intereses), producto de la estricta aplicación de la ley provincial 9041 vigente en ese momento. Fue recién en instancias de apelación que la Suprema Corte provincial admitió recalcular los montos utilizando la tasa de préstamos personales del Banco Nación como referencia, logrando así reducir la deuda final a los actuales $807 millones.

Vínculos ocultos, fechas adulteradas y comisiones "en negro"

Para comprender por qué los abogados de Manaos tienen tan poco margen de maniobra en la actualidad, resulta imperativo analizar los graves incumplimientos detectados por la justicia en el origen de la demanda por despido indirecto. El trabajador prestó servicios ininterrumpidos para la empresa distribuyendo sus productos en Mendoza, San Juan y La Pampa desde octubre de 2013 hasta el año 2022, pero su empleador recién formalizó su registración laboral de manera tardía dos años después, en 2015. Durante el juicio oral, la fecha real de ingreso y la existencia innegable del vínculo fueron probadas de forma irrefutable mediante declaraciones testimoniales y correos electrónicos corporativos autenticados.

Uno de los agravantes más serios que dinamitó la estrategia defensiva de Refres Now fue la comprobación de un fraude laboral sistemático destinado a evadir obligaciones: la Cámara del Trabajo dictaminó que un acuerdo de rescisión laboral firmado por las partes ante el SECLO en el año 2018 fue completamente ficticio, y la abrumadora mayoría de los testigos aseguró que nada cambió en ese período y que la relación comercial continuó sin la más mínima alteración hasta 2022.

A esta maniobra se sumó una insólita y extrema desprolijidad administrativa por parte de la compañía:

  • Manaos denunció ante la AFIP (actual ARCA) que el vínculo había terminado el 12 de diciembre de 2018, pero el supuesto acuerdo firmado estipulaba otra fecha (28 de diciembre de 2021)
  • Registraron oficialmente el reingreso del trabajador en abril de 2019, mientras que un contrato privado rubricado por las propias partes fijaba esa fecha de retorno en agosto del mismo año
  • La Justicia determinó que las funciones del empleado debían estar encuadradas obligatoriamente bajo la categoría de "Viajante de Comercio" (Convenio Colectivo 308/75), desestimando el intento de la empresa de recategorizarlo como "Personal de Promoción" a partir de 2019
  • A través de exhaustivos peritajes contables e informáticos, se descubrió el pago recurrente de elevadísimas comisiones por ventas que no estaban registradas, lo que elevó drásticamente su remuneración real a $4.763.597,77 a noviembre de 2022

La Cámara luego redujo esa cifra a $3.191.610,52 por la aplicación del límite constitucional fijado en el famoso fallo "Vizzoti" de la Corte Suprema Nacional.

Errores técnicos de la defensa y el contraste patrimonial de la compañía

Gran parte del acorralamiento jurídico actual es consecuencia de deficiencias garrafales en el accionar de los propios abogados de Manaos al momento de apelar. Según precisó el Dr. Mario Adaro, uno de los jueces de la Suprema Corte provincial, la defensa de la empresa evidenció una "deficiencia técnica" al no impugnar de manera correcta los extremos de la sentencia de primera instancia, lo que causó que el elevadísimo valor del capital histórico de la condena quedara absolutamente firme e incuestionable. Los recursos extraordinarios tienen exigencias de fundamentación sumamente precisas, y los errores de los defensores no pueden ser subsanados por los jueces.

En un intento desesperado por mitigar el impacto, los abogados de Refres Now introdujeron planteos para pagar en cuotas y morigerar los intereses, pero lo hicieron de forma extemporánea, recién en la etapa del Recurso Extraordinario Provincial. Aunque la mayoría del tribunal accedió a aplicar una tasa más benigna para los intereses, el Dr. Adaro destacó en su voto disidente que la multimillonaria empresa ni siquiera invocó ni mucho menos probó mediante pericias encontrarse en una situación económica comprometida ("falta de prueba económica") que justificara un criterio de vulnerabilidad judicial típicamente reservado para pymes al borde de la quiebra o para trabajadores empobrecidos.

Apelar a una supuesta incapacidad de pago resultaría contradictorio con la robusta realidad financiera y de mercado que exhibe Manaos. La compañía opera desde una gigantesca planta industrial de 14.000 metros cuadrados en Virrey del Pino, partido de La Matanza, posicionándose como una de las empresas de bebidas más relevantes de toda América Latina.

Lejos de encontrarse en una crisis terminal, su sostenido éxito comercial vendiendo marcas accesibles (como La Bichy Ahora, Pindapoy y aguas Placer) le permitió a la familia Canido adquirir en julio del año pasado a su histórica competidora Cunnington por un valor aproximado de u$s70 millones, con el objetivo explícito de disputar el segmento premium frente a gigantes de la talla de Coca-Cola y Pepsi.

La última carta: una queja con pocas chances

A pesar de que Orlando Canido garantizó públicamente que pagarán, los abogados de la firma están forzados a analizar si existen herramientas para neutralizar la ejecución inminente. La realidad es que el panorama es desolador. El pasado 13 de abril de 2026, la Suprema Corte de Mendoza dictó el rechazo absoluto del Recurso Extraordinario Federal (REF) interpuesto por la compañía, decisión que quedó publicitada y notificada a las partes el 21 y 22 de abril respectivamente. Los magistrados (Palermo, Llatser y Adaro) desestimaron la vía federal argumentando que el debate se centra exclusivamente en una cuestión de hecho y prueba regida por el derecho común, concluyendo que no existe ninguna "cuestión federal" que habilite a trasladar el caso hacia la Corte Suprema de la Nación.

Con esta puerta principal bloqueada, la única y última alternativa puramente técnica que le resta a Manaos para intentar evitar o suspender el pago de los 807 millones es interponer un "Recurso de Queja" directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), contando con un plazo máximo de apenas cinco días hábiles para redactar este complejo instrumento y presentarlo en Buenos Aires.

Sin embargo, en la práctica jurídica, las probabilidades de que esta queja prospere son ínfimas. La jurisdicción de la CSJN es extremadamente limitada y excepcional, requiriendo que la empresa demuestre una violación fragrante a la Constitución o una situación de "arbitrariedad de sentencia" evidente, algo que no sucede en este caso, donde los montos y las irregularidades patronales fueron acreditados sólidamente a través de libros contables, peritajes técnicos y testimonios.

En ese contexto, la frase "se pagará" deja de ser solo una declaración pública para convertirse en la única salida realista. Con la vía judicial prácticamente agotada y frente a un expediente cargado de irregularidades probadas, Manaos enfrenta algo más que una condena millonaria: el costo de haber llegado al límite del sistema.

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