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Mejoró el internet de su hermano usando sus accesos de trabajo y la Justicia avaló su despido sin indemnización

El fallo de la Justicia destacó la importancia del deber de lealtad y la confianza en la relación laboral en casos de acceso indebido a servicios
12/05/2026 - 09:58hs
Mejoró el internet de su hermano usando sus accesos de trabajo y la Justicia avaló su despido sin indemnización

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el despido con causa de un operador técnico de Telecentro que aumentó la velocidad del servicio de internet de su hermano sin autorización. El tribunal consideró que la maniobra implicó una grave pérdida de confianza, suficiente para justificar la ruptura del vínculo laboral sin derecho a indemnización.

El caso se resolvió en el expediente "D. V. D. R. c/ Telenet S.A. y otro s/ despido", tramitado ante la Sala II de la Cámara del Trabajo. Los jueces Andrea E. García Vior y José Alejandro Sudera concluyeron que el empleado actuó al margen de los protocolos internos de la compañía.

El dependiente utilizó sus accesos técnicos para beneficiar a un familiar directo sin autorización empresarial, una conducta que la Justicia consideró incompatible con las obligaciones de fidelidad y buena fe que impone la Ley de Contrato de Trabajo.

Qué hizo exactamente el trabajador y cómo lo detectó la empresa

El empleado trabajaba desde abril de 2010 como operador de banda ancha en Telecentro. Según quedó probado, el 12 de marzo de 2015 realizó una modificación en la cuenta de su hermano desde el sistema técnico Intraway.

La maniobra consistió en aumentar la velocidad del servicio de 10 a 20 megabytes. El cambio quedó registrado en el sistema técnico pero no tenía respaldo en las bases comerciales.

La compañía detectó varias irregularidades. No existía pedido del cliente ni figuraba dentro de ningún programa de pruebas autorizado. Tampoco había reclamos técnicos que justificaran la modificación.

El 15 de junio de 2015, la empresa comunicó el despido con causa. En el telegrama sostuvo que el trabajador había incurrido en una "absoluta pérdida de confianza", agravada por las funciones que desempeñaba.

La empleadora remarcó además un detalle clave: aun si hubiera existido una prueba técnica legítima, el servicio debía haber vuelto a su estado original una vez finalizado el testeo. Eso nunca ocurrió.

Cómo se defendió el empleado ante la acusación de la empresa

Durante el juicio, el trabajador sostuvo que había realizado la modificación como parte de una prueba técnica vinculada a sus tareas habituales. En sus descargos internos explicó que simplemente "olvidó" devolver el servicio al plan original.

También argumentó que fue presionado para firmar esos descargos bajo amenaza de despido. Sin embargo, la Cámara indicó que no existió ninguna prueba que acreditara esa supuesta coacción.

La sentencia destacó que el propio trabajador reconoció haber efectuado el cambio de velocidad. Además, la pericia informática confirmó la maniobra y sus características.

Los testimonios de otros empleados de la compañía también pesaron. Señalaron que el actor había incumplido los protocolos internos establecidos para este tipo de operaciones técnicas.

Por qué la Justicia avaló el despido sin indemnización

Los jueces entendieron que el trabajador se apartó del protocolo administrativo e informático que debía respetar en su función. La conducta no respondió al legítimo desempeño de sus tareas ni a instrucciones de superiores.

Según la resolución judicial, el empleado cometió varias irregularidades graves:

  • Mejoró la velocidad del servicio de su hermano sin autorización
  • No registró la modificación en las bases de datos comerciales correspondientes
  • No informó la maniobra a los sectores internos de control
  • Actuó fuera de cualquier procedimiento de testeo aprobado por la empresa

La Cámara sostuvo que la conducta resultó incompatible con las obligaciones de fidelidad y buena fe que impone la Ley de Contrato de Trabajo, especialmente considerando el nivel de acceso técnico que tenía el trabajador en su puesto.

El tribunal también valoró que el empleado tenía acceso a datos sensibles y herramientas críticas. Esa posición de confianza dentro de la estructura técnica de la empresa hizo más grave la infracción.

Qué es la pérdida de confianza y por qué alcanzó para despedirlo

Uno de los puntos centrales de la sentencia fue el concepto de "pérdida de confianza" como causal de despido. El tribunal explicó que no es necesario acreditar un perjuicio económico concreto para justificar la ruptura del vínculo.

En este caso, no se probó que la empresa hubiera perdido dinero por la maniobra. Tampoco existían antecedentes disciplinarios graves del trabajador en sus cinco años de antigüedad.

Sin embargo, eso no impidió que la Cámara considerara legítimo el despido. Para los jueces, el comportamiento del dependiente generó la razonable expectativa de que ya no resultaba confiable en el ejercicio de sus funciones.

La sentencia concluyó que existió una injuria laboral de suficiente gravedad para impedir la continuidad de la relación laboral, en los términos del artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo, que permite el despido con causa cuando la conducta del trabajador imposibilita la prosecución del vínculo.

Qué indemnizaciones reclamaba y cuáles le reconocieron

El trabajador había iniciado una demanda reclamando las indemnizaciones por despido sin causa previstas en los artículos 232, 233 y 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. Esos conceptos cubren la antigüedad, el preaviso y la integración del mes de despido.

La Cámara rechazó esos planteos al entender que el despido estuvo debidamente justificado. Por lo tanto, no correspondía ninguna indemnización por desvinculación.

De todos modos, el fallo confirmó que la empresa debía pagar algunos conceptos pendientes que no habían sido correctamente cancelados:

  • Los salarios correspondientes a los días trabajados del mes del despido
  • El aguinaldo proporcional
  • Las vacaciones no gozadas proporcionales

El tribunal aclaró que esos créditos laborales son independientes de la causa del despido. Se generan por el trabajo efectivamente prestado hasta el momento de la desvinculación.

Por qué también rechazaron el reclamo por accidente laboral

Otro de los puntos discutidos en la causa fue un supuesto accidente "in itinere" que el trabajador dijo haber sufrido el 16 de junio de 2015. Según su relato, el incidente ocurrió cuando se dirigía a trabajar.

Sin embargo, la Cámara señaló un detalle cronológico clave: el vínculo laboral ya se encontraba extinguido desde el día anterior, cuando quedó perfeccionado el despido comunicado el 15 de junio.

Por esa razón, descartó que el empleado pudiera reclamar salarios por incapacidad temporaria con fundamento en el artículo 213 de la Ley de Contrato de Trabajo. Ese artículo protege a trabajadores que sufren accidentes durante la vigencia de la relación laboral.

El tribunal entendió que no había relación de causalidad entre el supuesto accidente y las obligaciones del empleador, dado que el contrato ya estaba disuelto al momento del hecho.

Qué criterio quedó establecido sobre el uso de accesos técnicos

El fallo vuelve a poner el foco en el uso indebido de herramientas tecnológicas y accesos internos dentro de las empresas. La sentencia reafirma un criterio frecuente en la jurisprudencia laboral.

No siempre es necesario demostrar un daño económico concreto para justificar un despido con causa. Alcanza con probar que la conducta afecta la confianza que debe existir entre empleador y empleado, especialmente en puestos técnicos.

La Cámara laboral entendió que el trabajador utilizó facultades técnicas reservadas a su función para beneficiar a un familiar. Lo hizo sin autorización ni controles formales, una conducta incompatible con la confianza requerida para el puesto.

El caso fue resuelto por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. La sentencia establece un precedente sobre los límites del uso de accesos privilegiados en empresas de servicios tecnológicos.

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