Fumigaciones con glifosato: el fallo que puso límites históricos y generó críticas en empresarios del agro
Las fumigaciones con agroquímicos en Entre Ríos enfrentan restricciones sin precedentes. La Sala II de la Cámara Segunda de Apelaciones de Paraná resolvió hacer lugar a dos amparos ambientales que cambian las reglas del juego para la aplicación de fitosanitarios cerca de viviendas rurales.
El fallo, conocido el pasado 22 de mayo, surgió de casos presentados en Colonia Ensayo y Aldea Brasilera, en el departamento Diamante. Tal como cuenta el periodista Sebastián Premici en el sitio EconomiaSustentable.com, los señalados por contaminación fueron la empresa Roskpf SRL y productores de apellido Hasenauer (Sergio Rubén, Florencio Rosendo y Lautaro), junto a Carmen Liliana Gareis.
La jueza María Fernanda Miotti fue contundente. Determinó que hasta tanto la provincia no realice estudios de impacto ambiental y un monitoreo continuo sobre fumigaciones, deberán respetarse nuevas distancias de resguardo: 1.095 metros para aplicaciones terrestres y 3.000 metros para fumigaciones aéreas.
Pero el tribunal fue más allá. Declaró inconstitucionales varios artículos de la ley 11.178, que regula el uso y aplicación de productos fitosanitarios. Esa normativa había sido sancionada en diciembre de 2024 y promulgada el 3 de enero de 2025.
¿El problema? La magistrada entendió que la aprobación de esa ley generó un retroceso en la progresividad de los derechos humanos vinculados a la salud. En otras palabras: resultaba más permisiva que normas anteriores.
El caso resulta emblemático. Pone en tensión la contaminación asociada al monocultivo versus modelos de chacra mixta o producción agroecológica, inforrma EconomiaSustentable.com. También representa un nuevo antecedente en la histórica disputa por estas prácticas en una provincia atravesada por denuncias de vecinos, docentes rurales y organizaciones ambientales.
La historia detrás del fallo: una nena fumigada camino a la escuela
Dos amparistas impulsaron esta batalla judicial. Por un lado, Ximena Rosso, que vive en las adyacencias de las localidades afectadas. Por el otro, Gerardo Ariel Gareis, que ya había ganado un amparo anterior.
Gareis narró en su testimonio que durante largo tiempo se realizaban fumigaciones aéreas y terrestres sin notificación previa. "Nuestra casa se encuentra rodeada de campos donde se aplican sustancias agrotóxicas. Las fumigaciones provienen de múltiples direcciones", sostuvo.
Pero hubo un hecho que cambió todo. Su hija menor, mientras realizaba su recorrido diario hacia la escuela en bicicleta, fue fumigada directamente. Una máquina mosquito pasó rociando sobre su cuerpo.
La familia logró realizar un análisis genético de la menor en el Laboratorio de Genética de Río Cuarto, Córdoba. De acuerdo con el sitio EconomiaSustentable.com, el estudio estuvo a cargo de la doctora Delia Aiassa junto a las doctoras María Celeste Salinero y María Florencia Bonatto.
Los resultados fueron contundentes. "Se encuentran acreditados la existencia de un aumento de daño genotóxico en la menor, de carácter adquirido; también la presencia de glifosato en población no expuesta laboralmente; y contaminación ambiental en el Arroyo Salto", se destacó en la sentencia.
Qué significa el daño genotóxico y por qué preocupa
Las doctoras Aiassa, Salinero y Bonatto explicaron en el expediente qué implica ese diagnóstico. Un agente genotóxico es una sustancia que interactúa con el material genético (ADN) de los organismos, causándole modificaciones, alteraciones, daños o roturas. Tales modificaciones se conocen como mutaciones.
Si el organismo no logra reparar esas alteraciones y se hacen permanentes, los efectos derivados de esas mutaciones en células somáticas se asocian con enfermedades graves. Alzheimer, Parkinson, cardiopatías, diabetes mellitus y cáncer están en esa lista.
"No existen diferencias entre los grupos de niños en estudio en cuanto a distancias de pulverización hasta un máximo de 1.095 metros. Este dato debe tomarse en cuenta al momento de establecer resguardos ambientales en localidades rodeadas de cultivos donde se pulveriza", argumentó Aiassa.
Rafael Lajmanovich, doctor en Ciencias Naturales y profesor de ecotoxicología en la Universidad Nacional del Litoral, aportó más evidencia. "En nuestro aporte a la causa, además de la contaminación directa de las personas, se encontraron 26 tipos de plaguicidas en el arroyo Salto situado en el mismo campo afectado", explicó en diálogo con EconomíaSustentable.com.
Y agregó: "Nadie pretende que se deje de producir pero es claro que la gente se ve afectada cuando vive cerca de un campo fumigado. Creo que un tema clave es que no se legisla en función de los fallos judiciales que van poniendo algo de luz sobre este aspecto".
Cuándo un agroquímico se convierte en agrotóxico
La resolución judicial no se presentó como un alegato contra el uso de agroquímicos para la producción agropecuaria. Lo que hizo el fallo fue fijar un umbral de protección de las personas que viven cerca de los campos.
La jueza Miotti fue clara. "Existe necesidad de preservar el bien jurídico salud de los amparistas y prevenir daños futuros; esto obliga resolver el caso concreto de las distancias de resguardo legisladas, pero sin considerar por esa razón, que estas distancias son en sí mismas, siempre y en toda ocasión, inconstitucionales".
Un agroquímico puede convertirse en un agrotóxico si una menor que vuelve de la escuela es rociada con él. Esto no es simplemente un accidente. El Estado debe regular para que no suceda.
El otro punto central fue el reclamo a la provincia. Le exigió realizar estudios sobre la deriva de aplicaciones fitosanitarias dentro del territorio provincial. Para eso puede valerse de las universidades públicas. "Que la agroecología sea verdaderamente puesta en agenda como alternativa progresiva", reclamó la magistrada.
La reacción del campo: "Inseguridad jurídica" y temor a la desinversión
La decisión fue cuestionada duramente por representantes de las patronales agropecuarias. Matías Martiarena, director de Federación Agraria en Entre Ríos, salió al cruce.
"¿Quién va a venir a invertir en la provincia? Si después dictan medidas carentes de argumento. Entendimos que con la ley estábamos tranquilos, que el productor iba a poder producir, pero la realidad nos indica que no es tan así", argumentó Martiarena según la publicación de APFDigital.
Desde la Bolsa de Cereales de Entre Ríos explicaron que sus productores se rigen por "las buenas prácticas y los consensos en torno a la sustentabilidad de los sistemas productivos". Alegaron que la ley 11.178, cuestionada en su constitucionalidad por la magistrada, había sido aprobada con amplio consenso.
El argumento de la "seguridad jurídica" se repite. Pero enfrenta un problema: las nuevas distancias impuestas por el tribunal devienen de estudios ambientales y genéticos realizados en el marco del expediente.
La exigencia de distancias comprobada científicamente para evitar daño directo a la salud no fue considerada. Ni por los legisladores, ni por las patronales agropecuarias, ni por la gobernación al sancionar la Ley 11.178.
Un espejo de lo que pasa en toda la Pampa sojera
Lajmanovich lo resumió con claridad. "Si seguís los diferentes casos de la Argentina, lo que ocurrió en Entre Ríos se replica en Santa Fe, Córdoba, Buenos Aires, Chaco. Esto es un espejo de lo que sucede en la Pampa sojera".
El caso entrerriano no está aislado. Es parte de una tensión que atraviesa las principales provincias productoras del país. La pregunta de fondo sigue sin respuesta clara: ¿cómo se produce sin dañar a quienes viven cerca de los campos?
La jueza Miotti puso sobre la mesa una exigencia concreta. La provincia debe realizar estudios de impacto ambiental y monitoreo continuo. No alcanza con un estudio académico puntual. Se necesita seguimiento en el tiempo.
Mientras tanto, las nuevas distancias de fumigación marcan un piso. 1.095 metros para aplicaciones terrestres. 3.000 metros para fumigaciones aéreas, que actualmente se realizan con drones no tripulados.
El fallo deja en claro que preservar el "bien jurídico salud" no es negociable. Y que cuando la ciencia demuestra daño, el modelo productivo debe adaptarse, no al revés.