Mala praxis odontológica: condenan a una profesional por un tratamiento de implantes dentales
La Justicia condenó a una odontóloga por mala praxis al considerar que un tratamiento de implantes dentales fue realizado de manera deficiente y que la paciente no recibió la información necesaria sobre el procedimiento ni se llevó una historia clínica adecuada.
La sentencia fue dictada por el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 5 de La Matanza en la causa "G., S. V. c/ L., A. S. s/ daños y perjuicios", donde se hizo lugar a la demanda presentada por una mujer que debió someterse a nuevas cirugías para corregir las complicaciones derivadas del tratamiento inicial.
Cómo comenzó el conflicto que terminó en los tribunales
De acuerdo con la demanda, la paciente concurrió en octubre de 2020 al consultorio de la odontóloga para colocarse dos implantes dentales en los premolares superiores.
Luego de la intervención comenzó a sentir molestias y dolor en la zona tratada. Meses después regresó al consultorio para un control y para continuar el tratamiento con la colocación de los emergentes.
Según relató en el expediente, durante esa consulta la profesional realizó nuevas incisiones y aplicó anestesia en varias oportunidades sin explicarle qué estaba ocurriendo. La paciente sostuvo que el procedimiento se prolongó durante aproximadamente cuatro horas y que recién al finalizar le informaron que había dificultades para localizar los implantes.
También afirmó que, tras la colocación de los emergentes, continuó con dolor y lesiones en la boca.
Ante la persistencia de las molestias, decidió consultar a otros especialistas.
Los estudios que detectaron problemas graves en los implantes
La paciente se realizó una radiografía panorámica y posteriormente una tomografía computada.
Según consta en el expediente, los profesionales que analizaron esos estudios concluyeron que los implantes presentaban una angulación incorrecta y atravesaban parte del reborde óseo, por lo que recomendaron retirarlos para evitar nuevas complicaciones.
En marzo de 2021 fue sometida a una cirugía para extraer ambos implantes y posteriormente recibió un tratamiento reconstructivo que incluyó injertos óseos y nuevas intervenciones.
La profesional negó haber incurrido en mala praxis y sostuvo que el tratamiento fue realizado conforme a las prácticas habituales de la especialidad.
En su presentación judicial explicó que las incisiones efectuadas durante el control eran necesarias para acceder a los implantes luego del período de osteointegración y que la paciente no permitió completar algunas maniobras necesarias para continuar el tratamiento.
También afirmó que los implantes podían modificar levemente su posición durante el proceso de integración al hueso y atribuyó parte de las complicaciones a la falta de cuidados posteriores por parte de la paciente.
Durante el juicio intervino una perito odontóloga designada por el tribunal.
La especialista analizó la documentación médica, las radiografías y la tomografía computada incorporadas al expediente y concluyó que los implantes presentaban una posición atípica y una angulación incorrecta.
El juez tomó esa pericia como una de las principales pruebas para resolver el caso, al considerar que se trataba de cuestiones técnicas que requerían la opinión de un especialista.
Por qué la historia clínica fue clave en la condena
Otro de los puntos analizados por el tribunal fue la documentación presentada por la odontóloga para acreditar el tratamiento realizado.
La sentencia señala que el documento aportado no reunía las características de una historia clínica, ya que contenía códigos de prestaciones, referencias a piezas dentarias y registros de pagos, pero no describía la evolución del tratamiento ni las decisiones médicas adoptadas durante la atención.
El fallo agrega que un documento confeccionado con posterioridad no puede reemplazar una historia clínica elaborada durante la atención del paciente.
Además de analizar el tratamiento odontológico, el juez evaluó si la paciente había recibido la información necesaria antes y durante las distintas etapas del procedimiento.
La sentencia concluye que no quedó acreditado que la profesional hubiera explicado adecuadamente el diagnóstico, las alternativas de tratamiento, las dificultades surgidas durante la colocación de los implantes ni los riesgos asociados a la intervención, y recuerda que el consentimiento informado forma parte de los deberes del profesional de la salud y que debe mantenerse durante toda la relación con el paciente, no solo antes de una intervención.
En los fundamentos de la sentencia, el juzgado señala que las reglas sobre responsabilidad médica también son aplicables a los odontólogos cuando se analiza la actuación profesional.
Asimismo, indica que para que exista responsabilidad civil deben acreditarse:
- El daño
- La relación entre ese daño y la conducta del profesional
- La existencia de una actuación contraria a las reglas de la práctica médica
En este caso, el tribunal entendió que la prueba producida durante el proceso permitió acreditar esos requisitos.
Además de resolver el conflicto entre las partes, la sentencia pone de relieve dos aspectos que suelen ser analizados en los juicios por mala praxis.
Por un lado, destaca la importancia de llevar una historia clínica completa, cronológica y actualizada, ya que constituye uno de los principales registros de la atención médica.
Por otro, recuerda que los profesionales de la salud tienen el deber de brindar información suficiente para que el paciente pueda conocer las características del tratamiento y tomar decisiones sobre su atención.
Con esos elementos, el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 5 de La Matanza hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios presentada por la paciente al considerar acreditada la responsabilidad profesional derivada del tratamiento odontológico.