• 10/8/2026
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El Gobierno dio de baja cuatro nuevas prepagas y ya son 15 las excluidas del registro en 2026

Ante la decisión de excluir a nuevas compañías del sector salud, crecen las dudas en cuanto a la seguridad y continuidad de las coberturas vigentes
10/08/2026 - 12:30hs
El Gobierno dio de baja cuatro nuevas prepagas y ya son 15 las excluidas del registro en 2026

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) rechazó la inscripción definitiva de cuatro entidades de medicina prepaga y dispuso la baja de sus matrículas provisorias del Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP).

Las medidas se formalizaron mediante las Resoluciones 1400/2026, 1401/2026, 1402/2026 y 1403/2026, publicadas en el Boletín Oficial.

Según consta en las actuaciones administrativas, las entidades no acreditaron el desarrollo efectivo de actividades comprendidas en el régimen de medicina prepaga. Tampoco demostraron contar con una población usuaria activa.

El incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente llevó al organismo a rechazar las solicitudes de incorporación definitiva al registro oficial.

Las entidades alcanzadas son EMPY S.R.L., Huinca Salud S.A., la Mutual de Ayuda entre Profesionales del Arte de Curar del Sanatorio Garay y la Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos y de Créditos Cuenca del Salado Ltda.

Las cuatro contaban con inscripciones provisorias mientras se analizaban sus solicitudes de incorporación definitiva al RNEMP.

Luego de los procedimientos de fiscalización, la Superintendencia rechazó esas solicitudes. También dejó sin efecto las inscripciones provisorias.

Qué falló en el proceso de fiscalización de estas prepagas

De acuerdo con las resoluciones, la SSS notificó e intimó a las entidades antes de adoptar las medidas.

El objetivo fue que acreditaran el cumplimiento de requisitos técnicos, legales, contables y económico-financieros establecidos para las empresas de medicina prepaga.

El organismo señaló que, una vez vencidos los plazos otorgados, las entidades no presentaron la documentación requerida.

Tampoco aportaron elementos suficientes para subsanar las observaciones realizadas.

Los relevamientos realizados por las áreas de Control Prestacional y de Control Económico Financiero determinaron, según cada expediente, la falta de elementos clave.

No había afiliados registrados. No existía actividad comercial relacionada con planes de salud. Tampoco se detectaron prestaciones comprendidas dentro de la Ley 26.682, que regula la medicina prepaga.

A partir de esas conclusiones, la Superintendencia resolvió rechazar las solicitudes de inscripción definitiva y disponer la baja de los registros provisorios correspondientes.

El caso de EMPY S.R.L. y por qué perdió su matrícula

En el caso de EMPY S.R.L., la SSS rechazó la inscripción definitiva. También dispuso la baja del registro provisorio N° 1-1353-3.

La entidad había obtenido una inscripción provisoria mientras se encontraba en trámite su solicitud de incorporación definitiva al Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga.

Durante el procedimiento de fiscalización, la Superintendencia le comunicó que evaluaba rechazar su inscripción.

Le otorgó un plazo para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa.

Sin embargo, según la resolución, vencido ese plazo la empresa no presentó documentación destinada a responder las observaciones formuladas.

Además, la Gerencia de Control Prestacional informó que no se habían encontrado elementos suficientes para acreditar que EMPY S.R.L. desarrollara efectivamente actividades comprendidas dentro del régimen establecido por la Ley 26.682.

Por esos motivos, la autoridad regulatoria rechazó la inscripción definitiva y dejó sin efecto la inscripción provisoria.

Huinca Salud S.A.: sin usuarios ni actividad comercial

Otra de las entidades alcanzadas es Huinca Salud S.A. Tenía asignado el registro provisorio RNEMP 1-1645-7.

En este expediente, los informes elaborados por las distintas áreas de la Superintendencia señalaron la ausencia de población usuaria y de actividad comercial vinculada con planes de salud.

También detectaron la falta de otros elementos que permitieran acreditar el desarrollo de actividades comprendidas en la Ley 26.682.

La entidad también había sido notificada de las observaciones detectadas. Recibió un plazo para presentar la documentación correspondiente.

De acuerdo con la resolución, la documentación requerida no fue aportada dentro del período establecido.

En consecuencia, la SSS rechazó el pedido de inscripción definitiva y dispuso la baja del registro provisorio.

Qué pasó con la Mutual del Sanatorio Garay

La Resolución 1402/2026 alcanzó a la Mutual de Ayuda entre Profesionales del Arte de Curar del Sanatorio Garay.

Contaba con una inscripción provisoria bajo el número 3-1673-4.

La entidad fue sometida a un procedimiento de fiscalización destinado a determinar si desarrollaba actividades alcanzadas por el régimen de medicina prepaga.

También se evaluó si cumplía con las condiciones previstas por la normativa.

La Superintendencia le notificó las observaciones y le otorgó un plazo para acreditar el cumplimiento de los requisitos.

Sin embargo, según surge del expediente, no efectuó una presentación ni aportó documentación para responder a los requerimientos.

La Gerencia de Control Prestacional concluyó que no existían elementos suficientes para acreditar el desarrollo efectivo de actividades comprendidas en la Ley 26.682.

La SSS rechazó entonces la inscripción definitiva y dispuso la baja de la inscripción provisoria.

Cooperativa Cuenca del Salado: tampoco presentó documentación

La cuarta entidad alcanzada por las nuevas resoluciones es la Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos y de Créditos Cuenca del Salado Ltda.

Su inscripción provisoria correspondía al número 2-1627-0.

Durante el procedimiento administrativo, la Superintendencia notificó a la cooperativa que evaluaba rechazar su solicitud de inscripción definitiva.

Le otorgó un plazo para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

De acuerdo con la Resolución 1401/2026, la entidad no presentó la documentación requerida dentro del plazo otorgado.

A su vez, la Gerencia de Control Prestacional informó que no se habían encontrado elementos que acreditaran el desarrollo efectivo de actividades comprendidas en la Ley 26.682.

Por este motivo, la SSS rechazó la inscripción definitiva y dispuso dejar sin efecto el registro provisorio de la cooperativa.

Qué recursos pueden presentar las entidades rechazadas

Las resoluciones establecen los mecanismos administrativos previstos para impugnar las decisiones.

Las entidades alcanzadas pueden presentar un recurso de reconsideración dentro de los 20 días.

También tienen la opción de presentar un recurso de alzada dentro de los 30 días, de acuerdo con las condiciones establecidas en el procedimiento administrativo.

Los plazos comienzan a computarse a partir de la notificación correspondiente, según surge de las resoluciones.

Ya son 15 las prepagas dadas de baja durante 2026

Las cuatro nuevas bajas se suman a otras 11 entidades cuya salida del RNEMP había sido formalizada previamente durante 2026.

Entre el 5 y el 6 de agosto, la SSS había dado de baja a siete entidades mediante las Resoluciones 1367/2026, 1368/2026, 1369/2026, 1370/2026 y otras disposiciones correspondientes a ese proceso.

Las siete entidades alcanzadas fueron:

  • IE Emergencias Médicas Bolívar S.A.
  • Plural Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda. (Pluralcoop)
  • Asociación Mutual del Personal del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación
  • MAPFRE Salud S.A.
  • Grupo Gerenciador G4 S.A.
  • Emergencias Médicas Punilla S.A.
  • Emergencias Río Cuarto S.R.L.

A ellas se sumaron cuatro entidades que habían sido dadas de baja previamente durante 2026:

  • Austral Organización Médica Integral S.A.
  • Carra Salud S.A.
  • Codime S.A.
  • Pangea S.A.

También fueron alcanzadas:

  • Rescate Centro S.A.
  • Asociación Gremial de Empleados de Comercio de Córdoba
  • Asociación Mutual Integral de Consumos y Servicios
  • Asociación Mutual Bs. As. Staff de Medicina y Servicios

Con las cuatro nuevas resoluciones, el proceso acumula 15 bajas de entidades del Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga durante 2026.

Además, según la información incluida en los procedimientos administrativos, otras entidades permanecen en distintas etapas de evaluación y baja dentro del registro.

El proceso también alcanza a obras sociales del sistema

En paralelo a las actuaciones sobre las empresas y entidades de medicina prepaga, durante 2026 la Superintendencia inició procedimientos relacionados con distintas obras sociales.

Entre ellas se encuentran la Obra Social del Personal de la Industria Botonera, la Obra Social del Personal de la Industria del Fósforo, Encendido y Afines (OSPIF) y la Obra Social de la Federación de Cámaras y Centros Zonales de la República Argentina (Fedecámaras).

En esos casos se inició el procedimiento de baja. También se dispuso la reasignación de los afiliados mediante sorteos públicos.

Según la información difundida por el organismo, los beneficiarios fueron distribuidos entre distintas obras sociales.

Entre ellas, la Obra Social de Empresarios, Profesionales y Monotributistas, la Obra Social Mutualidad Industrial Textil Argentina y la Obra Social de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires.

La Superintendencia también informó durante el año sobre entidades que fueron declaradas en situación de crisis.

Esto ocurrió en el marco de las auditorías y controles realizados sobre los agentes que integran el sistema de salud.

Las nuevas resoluciones sobre las prepagas se inscriben en ese conjunto de procedimientos administrativos.

Mediante ellos, la SSS verifica el cumplimiento de las condiciones previstas por la Ley 26.682 y las normas complementarias para integrar el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga.