Defendió a su pareja de una agresión, pero la Justicia lo condenó a pagar más de 3 millones de pesos
La Justicia de Río Negro condenó a un hombre a pagar una indemnización de más de $3,1 millones por las lesiones que sufrió la expareja de su actual compañera durante una pelea ocurrida en 2017. Aunque el tribunal entendió que intervino para defender a una mujer que atravesaba una situación de violencia de género, concluyó que se excedió en la respuesta y por eso le atribuyó una responsabilidad parcial por los daños ocasionados.
El caso llegó a la Justicia a través de una demanda por daños y perjuicios iniciada por el hombre que resultó lesionado durante el enfrentamiento. En la causa reclamó una compensación económica por incapacidad física, daño moral, gastos médicos y tratamiento psicológico.
Al analizar el expediente, el Juzgado Civil, Comercial y de Minería N.º 9 de General Roca examinó no sólo lo ocurrido durante la pelea, sino también los antecedentes de la relación entre las partes. La sentencia concluyó que existía un contexto previo de violencia de género y hostigamiento denunciado por la mujer, circunstancia que resultó determinante para evaluar la actuación de quien salió en su defensa.
En ese marco, el tribunal rechazó la demanda contra la expareja del actor por falta de pruebas sobre su participación en la agresión, pero responsabilizó parcialmente a su actual pareja por considerar que la defensa fue más allá de lo necesario para neutralizar el ataque.
La pelea que terminó en una demanda por daños y perjuicios
La causa tuvo origen en un episodio ocurrido el 26 de diciembre de 2017.
Según relató el demandante, esa noche ingresó al ascensor de su edificio y se encontró con su expareja y la nueva pareja de ella. Afirmó que fue golpeado dentro del ascensor, sufrió lesiones en distintas partes del cuerpo y posteriormente logró escapar por las escaleras para pedir ayuda. También denunció el supuesto robo de su teléfono celular y de varias llaves personales.
Como consecuencia de ese hecho inició una demanda civil reclamando una indemnización superior a los $2,3 millones por daño moral, incapacidad física y psíquica, tratamiento psicológico, daño a la vida de relación y gastos médicos.
Los demandados rechazaron esa versión. La mujer sostuvo que mantenía un conflicto previo con su expareja, al que vinculó con situaciones de hostigamiento y violencia. Según su relato, durante el encuentro fue ella quien sufrió una agresión inicial y su actual pareja intervino para protegerla.
Qué antecedentes de violencia de género analizó la Justicia
Uno de los aspectos más importantes del expediente fue el análisis de los antecedentes existentes entre el actor y su expareja.
Durante el proceso se incorporaron denuncias policiales, expedientes judiciales, medidas de prohibición de acercamiento, actuaciones por violencia familiar y otras constancias que reflejaban un conflicto que se había extendido durante varios años.
Luego de examinar esa documentación, la jueza concluyó que existía un contexto acreditado de violencia de género y hostigamiento que continuó incluso después de finalizada la relación sentimental. Además, señaló que esa situación también se proyectó sobre la nueva pareja de la mujer.
La magistrada destacó que ese contexto no era un elemento secundario del caso sino una circunstancia relevante para interpretar lo ocurrido durante la pelea y evaluar la conducta de las partes.
Por esa razón, el expediente fue analizado con perspectiva de género, criterio que el fallo consideró obligatorio a la luz de la legislación nacional y de los compromisos internacionales asumidos por la Argentina.
Por qué la demanda fue rechazada contra la expareja
El actor sostuvo que su expareja había participado activamente de la agresión. Sin embargo, la Justicia concluyó que esa acusación no pudo ser probada.
La sentencia señaló que no existían testimonios presenciales ni otros elementos que permitieran acreditar que la mujer hubiera golpeado al demandante. Por el contrario, la reconstrucción de los hechos realizada durante el proceso ubicó a la demandada como la persona cuya integridad intentó proteger el otro involucrado.
En consecuencia, el tribunal rechazó completamente la acción promovida contra ella y dispuso que las costas derivadas de ese tramo del juicio fueran soportadas por el actor.
Legítima defensa de terceros: qué decidió el tribunal
La situación fue diferente respecto de la nueva pareja de la mujer.
La Justicia tuvo por acreditado que participó físicamente en el enfrentamiento y que de esa pelea surgieron las lesiones sufridas por el demandante. Sin embargo, también analizó si esa conducta podía quedar amparada por la figura de la legítima defensa de terceros.
Tras valorar la prueba reunida en el expediente, la jueza consideró verosímil que el actor hubiera iniciado la agresión contra su expareja y que el demandado interviniera para impedirla.
El fallo remarcó que, cuando existe un contexto acreditado de violencia de género, la evaluación de una agresión actual o inminente no debe limitarse únicamente al episodio puntual, sino que también debe contemplar el escenario previo de violencia y riesgo en el que se encuentran las personas involucradas.
Con ese criterio, el tribunal concluyó que la intervención inicial del demandado estuvo justificada como legítima defensa de terceros. Sin embargo, también advirtió que las lesiones sufridas por el actor demostraban que la respuesta había superado parcialmente lo necesario para neutralizar la agresión.
En otras palabras, la Justicia entendió que existió un exceso en la legítima defensa.
Por ese motivo, resolvió atribuir al demandado una responsabilidad civil del 30% por los daños producidos, mientras que el 70% restante quedó cubierto por la causal de justificación derivada de la defensa de su pareja.
Cuál fue la indemnización fijada por la Justicia
Una vez determinada la responsabilidad, el tribunal analizó los distintos rubros indemnizatorios reclamados en la demanda.
En primer lugar, reconoció una indemnización por incapacidad psicofísica. Para ello tomó en cuenta las secuelas físicas acreditadas mediante las pericias médicas y calculó el monto aplicando el porcentaje de responsabilidad asignado al demandado. El resultado fue una condena de $2.622.316,77 por este concepto.
También admitió un resarcimiento por daño moral. Al cuantificarlo, la jueza valoró las lesiones sufridas por el actor, las conclusiones de los informes médicos y psicológicos y las circunstancias generales del hecho. Finalmente fijó una indemnización de $450.000.
Además, la sentencia reconoció montos adicionales para cubrir tratamientos y gastos:
- $36.000 para cubrir el costo de tratamiento psicoterapéutico
- $18.000 en concepto de gastos médicos
En cambio, rechazó el reclamo por daño a la vida de relación, al considerar que no constituía un rubro autónomo indemnizable en los términos planteados en la demanda.
La sentencia
Finalmente, el Juzgado Civil, Comercial y de Minería N.º 9 de General Roca rechazó la demanda contra la expareja del actor y condenó parcialmente a la nueva pareja de la mujer a pagar $3.126.316,77 más intereses por los daños ocasionados durante el enfrentamiento.
La resolución analiza el alcance de la legítima defensa de terceros en un contexto de violencia de género y concluye que, aun cuando la intervención defensiva resulte justificada, puede existir responsabilidad civil si la respuesta excede lo necesario para repeler la agresión.