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ALERTA

Era secretario judicial y mandó a escuchar a su esposa porque creía que le era infiel

Fue hallado culpable de utilizar recursos estatales para intervenir líneas telefónicas y será sancionado por maniobras ilegales en la Justicia
01/09/2026 - 16:35hs
Persona adulta apoyando un martillo de color marrón con dorado sobre una mesa de madera

Puntos importantes

Checkbox Checked Justicia ordenó la detención de Pablo Molina, exsecretario judicial, por una condena de 4 años por escuchas ilegales a su esposa.
Checkbox Checked La Corte Suprema confirmó la pena contra Molina, quien en 2014 usó su cargo en Corrientes para intervenir el teléfono de su pareja.
Checkbox Checked Molina ya había sido condenado en 2023 a 5 años de prisión e inhabilitación por favorecer a narcotraficantes en el mismo juzgado.

La Justicia ordenó hoy la detención de un exsecretario de un juzgado federal que se aprovechó de su cargo para disponer escuchas ilegales sobre el teléfono de su esposa ante la sospecha de que le era infiel.

La medida se dispuso luego de que el jueves último, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejara firme la condena a cuatro años de prisión contra Pablo Carlos Molina, quien cumplía funciones en el Juzgado Federal de Corrientes.

El entonces secretario incluyó a su pareja en una lista de narcotraficantes durante un mes para saber de qué hablaba con un excompañero del colegio y tras un juicio oral fue hallado responsable de los delitos de abuso de autoridad y falsedad ideológica.

También fue inhabilitado de forma absoluta por el doble de tiempo (ocho años) para ejercer cargos públicos y es la segunda condena que se dicta en su contra porque ya fue hallado responsable de beneficiar a narcotraficantes.

Al quedar firme el fallo, en la mañana de este lunes el TOF de Corrientes ordenó su inmediata detención a la Gendarmería, que fue a buscarlo a su último domicilio, en Resistencia (Chaco). Luego, estaba previsto su traslado a una unidad penitenciaria, según informaron a iProfesional fuentes judiciales.

Los antecedentes del caso

Según se determinó en el proceso oral, en 2014 Molina sospechaba de una infidelidad de su mujer, cuya identidad se mantiene en reserva. El funcionario judicial creía que ella mantenía una relación con un prestamista y cambista que había sido su novio durante la adolescencia.

En vez de recurrir, en todo caso, a una investigación privada, se aprovechó de la estructura del juzgado y de su cargo para librar un oficio que ordenaba escuchas en su teléfono y en el de su presunto amante. De acuerdo a la imputación, la decisión tuvo el aval del entonces juez Carlos Soto Dávila y se hizo en el marco de una investigación por narcotráfico.

Molina confeccionó un oficio con membrete del juzgado, colocó los sellos correspondientes y lo remitió a Gendarmería Nacional para que se intervinieran las dos líneas telefónicas.

Las escuchas debían realizarse durante las 24 horas y a lo largo de un mes. La orden incluía tanto las llamadas como los mensajes y establecía una condición particular: los audios no debían ser desgrabados ni transcriptos, como sucede regularmente, sino remitidos cerrados a la secretaría penal que estaba a cargo del propio Molina.

Pero, la maniobra se descubrió casi cinco años después, en marzo de 2019, cuando personal judicial que realizaba un relevamiento de efectos encontró 28 discos compactos con el producido de estas comunicaciones, interceptadas de manera ilegal entre el 18 de septiembre y el 1° de octubre de 2014.

En gran parte de ellas, aparece el propio acusado hablando con su pareja, profiriéndole insultos e incluso amenazas. Respecto de esa cuestión, el tribunal correntino se declaró incompetente y las remitió a la justicia local de Chaco, donde vivía el matrimonio.

Tras diferentes cotejos, se estableció que ni la esposa de Molina ni su excompañero tenían relación alguna con la causa de narcotráfico que instruía el juzgado.

Cuando el caso salió a la luz, el funcionario judicial ya había sido apartado de la Secretaría Penal N°2 del Juzgado de Corrientes por decisión de la Cámara Federal de Apelaciones, ya que era investigado en la causa en la que fue condenado junto a Soto Dávila por favorecer a narcotraficantes, en el marco de una asociación ilícita.

El camino hasta la Corte

Tras su condena en 2025, Molina apeló el fallo pero, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la decisión. La defensa buscó luego llegar a la Corte Suprema planteando que se había afectado su defensa en juicio y el debido proceso así como el principio de in dubio pro reo.

Pero, la presentación fue desestimada el jueves último por inadmisible mediante el artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial. La resolución lleva la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

Ante el pronunciamiento del máximo tribunal de la Nación, los jueces Rubén Quiñones, Fabián Cardozo y Jorge Gallino resolvieron esta mañana que correspondía detener a Molina a fin de cumplir la pena impuesta, ya que actualmente se encontraba libre.

"La libertad individual es la garantía esencial de todo nuestro régimen jurídico, y en el orden penal deben extremarse todas las precauciones para que no resulte vulnerada por exceso en los remedios de defensa social. Ahora bien, esta libertad puede ser conculcada en razón del cumplimiento de una pena impuesta, que ha quedado firme", afirmaron en su resolución.

Agregaron que "la sentencia de condena de prisión efectiva implica su posterior cumplimiento", por lo que deberá ser alojado en una cárcel que establezca el Servicio Penitenciario Federal, lo cual ocurrirá en las próximas horas.

Un juzgado desde el que se cometían todo tipo de delitos

Además de este caso, en 2023 Molina fue condenado a cinco años de prisión por recibir coimas para dejar en libertad a narcotraficantes, al igual que el juez Soto Dávila.

Los delitos que les endilgaron fueron cohecho pasivo y prevaricato; además se los inhabilitó de por vida para ejercer cargos públicos.

Los fiscales lograron probar que en distintas causas que tramitaban ante el Juzgado Federal N° 1 se habían concretado diversas negociaciones y presentaciones por escrito para que, a cambio de la entrega de dinero o del ofrecimiento de beneficios, se dictaran resoluciones, se omitieran o bien se demoraran fallos que debían dictarse, con la finalidad de beneficiar a personas investigadas por narcotráfico. Esto ocurría mediante el dictado de órdenes de libertad, resoluciones de falta de mérito o exenciones de prisión, según se dio por acreditado en el debate oral.

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