La Corte se pronunciará en contra de los jueces interinos
El regimen de los jueces subrogantes con el cual el Consejo de la Magistratura de la Nación logró cubrir más de 200 vacantes de magistrados será declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia.
De este modo, los ministros buscarán darle una solución a este sistema de magistrados interinos, el cual generó muchísimas especulaciones, a raíz de que se escuchaban voces a favor y en contra del mismo.
Asimismo y con el fin de evitar una crisis judicial, muy cercana al caos, el máximo tribunal decidiría que las decisiones y actos ya realizados por esos sean válidos y, además, que sigan en sus cargos durante un año.
Con ese tipo de medida, la Corte intentará entre otras cosas que los juzgados y cámaras no se llenen de pedidos de nulidades, de las partes que pudieran haber sido perjudicadas por los fallos de estos jueces.
El pronunciamiento del tribunal llevaría las firmas de los ministros Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte; Juan Carlos Maqueda, Carlos Fayt y Elena Highton y en disidencia, en favor de mantener ese régimen, votarían Carmen Argibay y Raúl Zaffaroni.
En líneas, generales el fallo de la Corte recordará que la Constitución establece que los jueces deben ser nombrados con intervención del Consejo, el Poder Ejecutivo y el Senado, situación que no se cumple en el sistema cuestionado.
Para el procurador es válido.
Con este fallo, que sería firmado en breve, los ministros no seguirán lo dictaminado por el procurador, Esteban Righi, quien se pronunció a favor de la validez de ese sistema en un caso en el que la Corte Suprema le pidió opinión para pronunciarse en el expediente "Rozas", la elevación a juicio oral de un imputado por parte de un juez interino.
"No aparece como un argumento suficiente para sostener la inconstitucionalidad del sistema el hecho de que carezcan de nombramiento por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado", sostuvo Righi en su dictamen.
El artículo 99 inciso cuarto de la Constitución Argentina establece que el presidente de la Nación nombra a los jueces "en base a una propuesta vinculante del Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado, en sesión pública".
"Si bien es cierto que no se llevan a cabo (esos procedimientos) para la designación de los subrogantes, tampoco se celebran para la designación de jueces en comisión", replicó el procurador,quien advirtió que "en caso de que una persona se sienta afectada porque entienda que un magistrado (subrogante) en particular carece de independencia e imparcialidad tiene la facultad de recusarlo con causa".
De esta manera, el procurador deslizó que considerar inconstitucional a los jueces subrogantes podría derivar en un colapso del servicio de Justicia en la Argentina y "la paralización de la administración de justicia con consecuencias gravísimas para la salud de la República".
Además, Righi consideró que la propia Corte Suprema, en 2005, brindó "un respaldo implícito pero categórico a la línea interpretativa que se pronuncia por la validez constitucional del sistema de jueces subrogantes".
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