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Condenan a un matrimonio por acoso sexual y laboral a una empleada doméstica en Córdoba

Una empleada de casas particulares denunció acoso sexual y laboral. La Justicia condenó al matrimonio y ordenó pagar más de $14 millones

08/10/2026
Actualizado 07:53hs

Un juzgado laboral de Córdoba condenó a una empleadora y a su esposo por el acoso sexual y laboral denunciado por una trabajadora de casas particulares durante su relación laboral. La Justicia fijó una indemnización de $1,5 millones por el daño provocado por esas conductas, calculada a septiembre de 2024, cuando terminó el vínculo. Con los intereses acumulados hasta la fecha de la sentencia, el monto llegó a $3.322.084,53.

La condena alcanza a M.G.C., empleadora de la trabajadora, y a R.E.S., su esposo, a quien se atribuyeron las situaciones de acoso. Ambos fueron condenados solidariamente por este concepto, lo que significa que V., la trabajadora, puede reclamar la totalidad de esa suma a cualquiera de los dos.

Además, M.G.C. deberá pagar otros $11.183.750 por el despido sin causa. Esa suma incluye la indemnización correspondiente por los años trabajados, los salarios de julio y agosto de 2024 que habían quedado pendientes y otros conceptos derivados de la relación laboral.

La sentencia fue dictada el 9 de septiembre por el juez Ezequiel Rueda. Uno de los puntos centrales fue justamente la forma en que terminó el vínculo. M.G.C. había despedido a V. el 6 de septiembre de 2024 bajo la acusación de "abandono de trabajo".

Pero había un dato que resultó determinante: la trabajadora se encontraba recuperándose de una cirugía de columna y tenía licencia médica. El tribunal descartó, por ese motivo, la causal utilizada para justificar la desvinculación.

El regreso al trabajo que terminó en una denuncia

V. había trabajado para el matrimonio entre 2013 y 2018. Según contó durante el proceso, aquella primera etapa transcurrió sin situaciones que luego fueran motivo de conflicto. La relación laboral terminó y, dos años después, volvió a la vivienda.

Regresó en 2020. Y, según su relato, ahí comenzó otra historia.

La mujer explicó que aceptó volver porque estaba sin empleo. Después de una operación de columna, además, las posibilidades de conseguir trabajo se habían reducido. Necesitaba ingresos y esa necesidad terminó pesando a la hora de aceptar nuevamente el puesto.

Uno de los primeros episodios que recordó ocurrió cuando R.E.S. le pidió que le pasara una crema en la espalda mientras no había nadie más en la casa. Según declaró, durante ese momento él intentó llevarle la mano hacia una zona íntima.

V. dejó la crema sobre la mesa de luz y salió de la habitación.

Fue, según explicó, el comienzo de una serie de situaciones que durante los años siguientes fueron aumentando su incomodidad. Relató conversaciones de contenido sexual, la exhibición de videos pornográficos desde el teléfono celular y distintos acercamientos que, según sostuvo, nunca había consentido.

También contó que R.E.S. se sentaba a observarla mientras terminaba sus tareas. La situación, dijo, la hacía sentirse vigilada dentro de un lugar donde debía trabajar todos los días.

En una oportunidad, cuando la familia había dejado la cocina, él se acercó para saludarla. V. relató que le dio un beso en la mejilla y que R.E.S. le pidió "un beso más lindo". Ella respondió colocándole una mano en el pecho para frenarlo.

Hubo otro episodio que quedó incorporado a su relato. Según V., R.E.S. le comentó que las mujeres que viven solas podían recibir ayuda para pagar el alquiler a cambio de mantener relaciones sexuales. Él sabía que ella alquilaba y vivía sola.

"Yo prefiero trabajar", respondió, de acuerdo con su declaración.

Más adelante, relató que una tarde quedaron solos y R.E.S. le pidió que se quedara con él. V. contó que tomó sus cosas y se fue del lugar alterada. Estaba tan nerviosa que olvidó sacar una bolsa de basura que formaba parte de sus tareas.

Una amiga la encontró llorando y desesperada.

Tres años de silencio por miedo a perder el empleo

V. sostuvo que durante alrededor de tres años no contó lo que estaba ocurriendo. El motivo, según explicó, fue el temor a quedarse sin trabajo.

"Si yo hablaba me iban a despedir, porque la culpable iba a ser yo", declaró.

La situación, con el paso del tiempo, comenzó a afectar su vida cotidiana. Habló de ataques de pánico, ansiedad, dificultades para levantarse y rechazo a concurrir a la vivienda donde trabajaba.

La verdad es que, en su relato, el miedo no terminaba al salir de la casa. También estaba presente cuando pensaba en lo que podía ocurrir si hablaba.

Finalmente, con el apoyo de una de sus hijas y de dos amigas, decidió denunciar. Para ella, dar ese paso significó una mezcla de alivio y temor. Había dejado de guardar silencio, pero ahora debía afrontar las consecuencias de haber expuesto lo sucedido.

Durante la denuncia sufrió un ataque de pánico y tuvo que recibir medicación en el lugar.

La causa incorporó además documentación médica vinculada con el estado de la trabajadora. Según su abogado, Pablo Ferreira, las historias clínicas agregadas al expediente registraron episodios de gravedad relacionados con lo que había atravesado.

La Justicia dispuso medidas de restricción durante tres meses. V. posteriormente realizó una segunda denuncia porque, según contó, R.E.S. había pasado frente a su vivienda.

Las consecuencias psicológicas y la dificultad para volver a trabajar

La situación también tuvo consecuencias sobre la vida laboral de V. El despido llegó mientras se encontraba recuperándose de una operación de columna y después de haber realizado la denuncia.

La mujer tuvo que mudarse temporalmente a la casa de sus padres. Según explicó, desde entonces buscó trabajo sin conseguirlo.

Actualmente vende alfajores para generar ingresos y cuenta con ayuda económica de sus padres. También continúa con tratamiento psiquiátrico, que lleva más de dos años, de acuerdo con su testimonio.

En el expediente se incorporaron las evaluaciones realizadas por una psiquiatra y una psicóloga oficiales. Ambas analizaron las consecuencias que los hechos denunciados tuvieron sobre la trabajadora y establecieron porcentajes de incapacidad diferentes.

Una de las pericias estimó una incapacidad del 25,4%, mientras que la otra determinó un 39,6%. La psicóloga describió un cuadro postraumático severo.

Ninguna de las dos pericias fue impugnada.

Estos informes tuvieron un peso relevante en la decisión judicial porque permitieron analizar no solamente lo que V. había relatado, sino también las consecuencias psicológicas que presentaba al momento de la evaluación.

En otras palabras, el expediente no se apoyó únicamente en el testimonio de la trabajadora. Las evaluaciones profesionales permitieron incorporar otra dimensión del caso: el impacto que los hechos denunciados habían tenido sobre su salud y su vida cotidiana.

Cómo se probó el acoso sexual y laboral sin testigos directos

Uno de los principales desafíos del expediente estuvo relacionado con la prueba de las situaciones denunciadas. Los episodios, según el relato de V., ocurrieron dentro de la vivienda donde trabajaba y, en varios casos, cuando no había otras personas presentes.

Los acusados no concurrieron a la audiencia, no contestaron la demanda ni presentaron pruebas. En ese contexto, el juez tuvo por ciertos los hechos expuestos por la trabajadora en aquellos aspectos que no habían sido desvirtuados durante el proceso.

El expediente incorporó además testimonios de personas que no presenciaron directamente las situaciones denunciadas. Esos testigos describieron el estado en que encontraban a V. y relataron las conversaciones que habían mantenido con ella durante el período en cuestión.

También fueron incorporadas las denuncias realizadas por la trabajadora y las medidas de protección dispuestas posteriormente. Esos elementos permitieron al tribunal reconstruir parte de la secuencia posterior a los episodios que V. había denunciado.

A esa documentación se sumaron las historias clínicas y las pericias oficiales realizadas durante el proceso. Estos elementos fueron valorados por el juez en conjunto para determinar la existencia del daño que la trabajadora atribuía a las situaciones ocurridas durante la relación laboral.

Qué determinaron las pericias psicológicas

Las evaluaciones psicológica y psiquiátrica estuvieron orientadas a establecer las consecuencias que los hechos denunciados habían tenido sobre V. Una de las pericias determinó una incapacidad del 25,4%, mientras que la otra estableció un 39,6%.

La evaluación psicológica describió un cuadro postraumático severo. Ninguna de las dos pericias fue impugnada durante el proceso.

Estos informes no constituyeron una descripción directa de los episodios denunciados, sino una evaluación profesional sobre el estado psicológico de V. al momento de la intervención de los especialistas.

En paralelo, R.E.S. fue sometido a una evaluación psicológica. La profesional que intervino describió dificultades para controlar los impulsos y para considerar las necesidades de otras personas. También señaló que, ante situaciones en las que debía resignar sus propias necesidades, podía presentar dificultades para hacerlo.

A partir de esas características, la perito consideró posible que pudiera ejercer diferentes formas de violencia, entre ellas conductas vinculadas con el acoso y el abuso.

El informe, sin embargo, también consignó otros aspectos de su personalidad. La profesional no observó una personalidad caracterizada por una necesidad de poder o dominio. Describió, en cambio, inseguridad, sentimientos de inferioridad, temor frente a las relaciones personales y rasgos depresivos leves.

La pericia planteó que determinadas características podían facilitar la exteriorización de impulsos intensos frente a situaciones de vulnerabilidad de otra persona. Esa conclusión correspondió a la interpretación profesional de la especialista y no implicó, por sí misma, una constatación de que los hechos denunciados hubieran ocurrido.

El juez valoró esa evaluación junto con el resto de los elementos incorporados al expediente. La atribución de responsabilidad a R.E.S. se sustentó en el conjunto de las pruebas consideradas durante el proceso y no exclusivamente en su perfil psicológico.

Cuánto deberá pagar el matrimonio

La sentencia estableció dos condenas económicas diferenciadas.

Por el acoso sexual y laboral, M.G.C. y R.E.S. fueron condenados solidariamente a pagar $1,5 millones, calculados a valores de septiembre de 2024. Con los intereses hasta la fecha de la sentencia, el monto llegó a $3.322.084,53.

Por otra parte, M.G.C. deberá pagar $11.183.750 por el despido sin causa y los diferentes conceptos derivados de la finalización del vínculo laboral.

Para calcular esos rubros, el tribunal tomó como referencia un salario mensual de V. de $344.920. La indemnización contempla los años trabajados, los salarios de julio y agosto de 2024 que no habían sido abonados y otros conceptos laborales.

El reclamo por el daño derivado del acoso había sido mayor. La trabajadora había solicitado $5 millones, mientras que el juez estableció $1,5 millones a valores de septiembre de 2024.

Ferreira cuestionó esa parte de la resolución y anunció que recurriría ante la Cámara del Trabajo.

El abogado consideró que el monto no guarda relación con el daño que, según sostuvo, quedó acreditado mediante las pericias. También planteó que la reparación debería contemplar una dimensión preventiva y no limitarse a una suma de dinero.

El pedido de un curso de género que fue rechazado

La demanda incluía además otros dos pedidos: que los condenados realizaran un curso de género y que la sentencia fuera publicada.

El juez rechazó ambas medidas. Según explicó en la resolución, excedían las cuestiones que correspondía resolver dentro del juicio laboral.

Ferreira apeló también este punto. Su argumento es que, frente a una situación de acoso en el ámbito laboral, una reparación puede incluir medidas destinadas a prevenir que conductas similares vuelvan a repetirse.

El planteo será revisado por la Cámara del Trabajo junto con los demás puntos apelados.

Mientras tanto, V. continúa con tratamiento psiquiátrico y enfrenta dificultades para conseguir un nuevo empleo. En su relato, el proceso judicial aparece después de varios años de silencio, una denuncia, medidas de restricción, un despido y distintas evaluaciones médicas.

La trabajadora también cuestionó el monto fijado por la Justicia. Consideró que la suma no representa el impacto que tuvo lo ocurrido en su vida y manifestó que esperaba una reparación económica mayor.

El fallo, de este modo, reconoce la existencia del acoso sexual y laboral y establece una indemnización específica por ese daño, además de condenar a la empleadora por el despido sin causa. La discusión sobre el monto y sobre las medidas adicionales continuará ahora ante la Cámara del Trabajo.