Usaba auriculares en el trabajo, no respondió a su jefe y recibió una sanción
El máximo tribunal provincial analizó la falta como una infracción laboral y determinó que incidió negativamente en la prestación de tareas
Una empleada del Poder Judicial de Río Negro recibió un apercibimiento con anotación en su legajo por utilizar auriculares durante la jornada laboral y no responder a los llamados de su superior, pese a las advertencias previas. El Superior Tribunal de Justicia (STJ) consideró que la conducta afectó el cumplimiento de sus tareas, que incluían la atención al público y la recepción de personas.
La decisión se basó en las consecuencias del comportamiento sobre el funcionamiento del servicio. Aunque el reglamento no prohíbe expresamente el uso de auriculares durante el trabajo, el tribunal entendió que la empleada no había atendido los requerimientos de la dependencia y que ya había recibido indicaciones sobre esa conducta.
El episodio que derivó en la sanción disciplinaria
El episodio comenzó cuando el funcionario a cargo de la dependencia llamó varias veces a la trabajadora para encomendarle tareas, pero no obtuvo respuesta. Al acercarse a su escritorio, advirtió que tenía auriculares colocados en ambos oídos. Una compañera también debió hacerle señas para alertarla sobre la presencia de su superior.
El funcionario le tocó el hombro para captar su atención y le recordó que no debía utilizar auriculares durante el horario laboral. La empleada respondió: "Esto no está prohibido".
Momentos después, la trabajadora ingresó al despacho del funcionario y cuestionó el llamado de atención en un tono de voz elevado. Según las actuaciones, explicó que necesitaba utilizar auriculares para concentrarse y sostuvo que, si alguien quería hablarle, debía colocarse frente a su escritorio para que pudiera verlo. También atribuyó la situación a cuestiones personales.
El intercambio ocurrió mientras había usuarios en el sector de atención al público. Las declaraciones de otros empleados permitieron reconstruir lo sucedido y confirmaron que la trabajadora ya había recibido advertencias anteriores por el uso de auriculares.
A raíz del episodio, se inició un sumario administrativo. Durante el procedimiento, la empleada ejerció su derecho de defensa, cuestionó la valoración de las pruebas y presentó sus argumentos.
Qué establece el régimen disciplinario de Río Negro
El Reglamento Judicial de Río Negro, en su texto ordenado por la Acordada 3/2026 del 3 de abril de 2026, establece las reglas disciplinarias aplicables al personal del Poder Judicial provincial. El artículo 28 atribuye al Superior Tribunal de Justicia el control y la potestad disciplinaria sobre sus integrantes, además de la facultad de disponer la apertura de procedimientos sumariales y aplicar las sanciones correspondientes.
El artículo 30 contempla como faltas disciplinarias el incumplimiento de las obligaciones y deberes del cargo, las omisiones cometidas durante el desempeño de las funciones y las conductas que afecten el orden y el respeto de las actividades judiciales.
Por su parte, el artículo 31 establece las sanciones aplicables a empleados y funcionarios de ley. Entre ellas figuran:
- La prevención
- El apercibimiento
- Las multas de medio a 20 Jus
- La suspensión sin goce de sueldo de hasta 60 días
- La cesantía
- La exoneración
La normativa distingue entre sanciones correctivas -prevención, apercibimiento, multa y suspensión- y expulsivas -cesantía y exoneración-. La medida que se aplica depende de las características y consecuencias del hecho investigado.
Cómo se determina la sanción en el Poder Judicial rionegrino
El artículo 32 del Reglamento Judicial dispone que, para establecer el tipo y la graduación de la sanción, deben evaluarse distintos factores: la gravedad de la falta, el grado de participación de la persona sumariada, la afectación del funcionamiento del servicio de justicia, el impacto sobre la imagen pública del Poder Judicial y los antecedentes disciplinarios.
En el caso de la empleada, el STJ consideró que el uso de auriculares había generado un aislamiento respecto de su entorno laboral. Esa situación le impidió escuchar los llamados de su superior y responder a los requerimientos de la dependencia, pese a las indicaciones que había recibido anteriormente.
La resolución también destacó que quienes trabajan en el Poder Judicial deben mantener la atención y disponibilidad necesarias durante la jornada laboral, cumplir las instrucciones de sus superiores y observar una conducta compatible con el funcionamiento del organismo.
El tribunal entendió que el incumplimiento tuvo consecuencias sobre la prestación del servicio, aunque una audiencia prevista para esa jornada finalmente hubiera comenzado en horario.
Las disculpas y la ausencia de antecedentes jugaron a favor
Además de evaluar la falta de respuesta a los requerimientos laborales, el STJ cuestionó el tono y la forma en que la trabajadora se dirigió a su superior después del primer llamado de atención.
Sin embargo, también valoró dos circunstancias favorables: que la empleada ofreciera disculpas posteriormente y que no registrara antecedentes disciplinarios.
Tras analizar las pruebas reunidas durante el sumario y los argumentos presentados por la trabajadora, el tribunal resolvió aplicarle un apercibimiento con anotación en su legajo. La decisión no se fundó en una prohibición general de utilizar auriculares, sino en las consecuencias concretas de su uso sobre las tareas asignadas, la falta de respuesta a las indicaciones del superior y las advertencias previas.
El caso se encuadró así en las obligaciones laborales y los criterios de graduación previstos por el régimen disciplinario del Poder Judicial de Río Negro.