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Para la Justicia, el trabajo en los subtes no es insalubre

La medida la tomó la Sala II de la cámara laboral, cuando consideró que no se habí­an respetado procedimientos ni hubo rigor cientí­fico para fundarla
19/07/2007 - 14:01hs
Para la Justicia, el trabajo en los subtes no es insalubre

Una resolución del Ministerio de Trabajo que habí­a determinado que la condiciones laborales de los empleados del subte eran insalubres fue anulada por una decisión judicial sobre la base de que no se habí­an respetado los procedimientos ni hubo "rigor cientí­fico" para llegar a esa conclusión.


La medida que fue tomada por la Sala II de la Cámara Laboral, igualmente reconoce que los trabajadores de Metroví­as pueden estar expuestos a condiciones de insalubridad, pero sólo podrán reclamar que se tomen medidas, cuando se vuelvan a realizar estudios de la manera adecuada.

El tribunal al firmar el fallo hizo lugar a un recurso de apelación que la empresa habí­a presentado en contra de la resolución que daba cuenta de las supuestas malas condiciones en las que se desempeñan los que se desempeñan en el subte.

En ese sentido, los jueces detallaron que "la Subgerencia de Asuntos Legales de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (S.R.T.) dictaminó que existí­an suficientes elementos técnicos, médicos y cientí­ficos para que la autoridad de aplicación se expidiera resolviendo la cuestión... se remitió sin más aclaraciones al dictamen legal, y el Consejo Federal del Trabajo desestimó la impugnación de Metroví­as S.A. y su resolución fue confirmada por la autoridad administrativa nacional".

Los camaristas destacaron que "los exámenes médicos que sustenten una declaración de insalubridad deben poseer 'rigor cientí­fico', y desde este punto de vista, resulta claro que las alternativas narradas en torno a la eficacia probatoria de los elementos aportados restan decididamente eficacia a lo resuelto".

Asimismo, el fallo aclaró que la anulación de la declaración de insalubridad fue adoptada "sin que ello implique avalar la posición de la empresa en lo que respecta a la salubridad de las tareas y lugares donde se llevan a cabo, ni expedirse sobre el fondo del asunto".

En ese contexto, los magistrados explicaron que no se cumplieron las exigencias del "debido proceso", y entonces decidieron devolver el expedientes "a efectos de que se lleven a cabo los informes periciales" correspondientes.