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La Corte discute í­ndice para actualizar jubilaciones

Los jueces consideran que el Congreso incumplió con la orden de fijar por ley un mecanismo de ajuste en los haberes. Hay expectativas por una definición
21/08/2007 - 14:01hs
La Corte discute í­ndice para actualizar jubilaciones

Luego del anuncio realizado esta semana en la Casa de Gobierno, por el que se dio a conocer que los jubilados y pensionados percibirán a partir de septiembre un aumento del 12,5% en sus jubilaciones, para la Corte Suprema aún sigue pendiente de resolución el dictado de una ley que fije el mecanismo de actualización de los haberes.

En el plenario de hoy los jueces debatirán distintas soluciones que van desde fijar un nuevo ultimátum al Congreso o bien establecer directamente un í­ndice de actualización de los haberes jubilatorios.


Los jueces consideran que el plazo conferido por el máximo tribunal al congreso para fijar la movilidad jubilatoria ya venció.  En la causa "Badaro" los magistrados intimaron al Congreso a adoptar "en un tiempo razonable"  la fijación por ley del í­ndice correspondiente de actualización de los haberes jubilatorios.

Según trascendidos, la Corte dictarí­a una resolución después del 28 de octubre y antes de fin de año para evitar interferir con las elecciones presidenciales.

Ya ha transcurrido más de un año desde dicha advertencia sin que el Congreso avanzara en el tratamiento de distintos proyectos que solucionaran este problema.

Para los magistrados tampoco los aumentos acordados por el Poder Ejecutivo satisfacen el mecanismo de actualización solicitado porque simplemente consisten en incrementos anuales fijados en la ley de presupuesto.

Durante todo el tiempo transcurrido desde la causa "Badaro" en el Congreso sólo se ocuparon de proponer proyectos los partidos de la oposición.

En diputados una comisión especializada avanzó enana propuesta de claudio Lozano (CTA) Y Marí­a América Gonzalez (ARI), que impulsa un esquema para ajustar los haberes provisionales en un 50% por la evolución salarial y en otro 50% por la recaudación, de acuerdo a lo informad por Página 12.

La iniciativa logró el respaldo de todos los bloques menos el oficial y quedó descartada cuando el Gobierno anunció el año pasado un aumento jubilatorio del 13%, al que la semana pasada se le sumó otro del 12,5%, según precisó ese mismo matutino.

Mientras tanto, estos mismos diputados no claudican en su esfuerzo: siguen en la búsqueda de firmas para que la ley de la movilidad se instale por la ví­a de una iniciativa popular, a la par que no cesan en sus reuniones con los miembros de la Corte por ese mismo tema, tal como hicieron el miércoles pasado con Eugenio Zaffaroni y como harán el que viene con Elena Highton de Nolasco y Carlos Fayt, según informó Clarí­n.


Indefinición legislativa
En lo que va del año es la octava vez que la Comisión de Trabajo y Previsión del Senado no pudo debatir, por falta de quórum, el tratamiento de distintos proyectos de ley que tienen por finalidad establecer el mecanismo de actualización jubilatorio requerido por los jueces del máximo tribunal. (ver nota el Senado congela tratamiento de ley sobre movilidad jubilatoria)

La comisión, presidida por el senador radical Gerardo Morales, no pudo reunirse en la sesión convocada el pasado 15 de julio por no contar con la cantidad de miembros necesarios para debatir las iniciativas. Por este motivo, y debido al fracaso de esta convocatoria, está prevista una próxima para el 22 de este mes.

Estas fallidas convocatorias son demostrativas de la falta de voluntad polí­tica del parlamento para avanzar en serio en la discusión de un proyecto de ley que establezca las pautas para lograr la actualización en los haberes jubilatorios.

La Causa "Badaro"
En agosto del año pasado la Corte Suprema estableció en la causa "Badaro" que el artí­culo 14 bis de la Constitución Nacional garantiza la movilidad de las jubilaciones "dejando librada a la prudencia legislativa la determinación del método"

La Corte resaltó las facultades del Congreso para establecer los incrementos en las prestaciones mediante la ley de presupuesto anual y estableció que la movilidad jubilatoria "debí­a resguardarse legislando sobre el punto".

Sin embargo los jueces decidieron diferir la creación del mecanismo especí­fico de movilidad y esperar a que el Congreso o el Ejecutivo lo hagan, ya que existen cuestiones presupuestarias que son resorte exclusivo de esos dos poderes.

Por último la Corte exhortó al Poder Ejecutivo y al Congreso a adoptar, en un plazo razonable, las medidas necesarias para garantizar la movilidad jubilatoria.

Esta nueva imposibilidad en el tratamiento del proyecto añade otro capí­tulo a la conflictiva relación que sobre el tema existe entre los dos poderes.

En marzo de este año los senadores Ernesto Sanz y Gerardo Morales presentaron ante la Corte un pedido en el que solicitaron al tribunal que decida por sí­ mismo la cuestión de la movilidad de los haberes jubilatorios, luego de que sus intentos por impulsar la cuestión fracasaran en el Congreso.

Infobaeprofesional.com