A través de un proyecto de ley buscan actualizar los honorarios de los abogados
En los próximos días el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal entregará al ministro de Justicia, Aníbal Fernández, el proyecto que acaba de aprobar su Comisión de Aranceles y que tiene por finalidad actualizar la actual y criticada ley de honorarios de los letrados.
Como consecuencia de que sus aranceles han quedado congelados desde 1994, los abogados vienen reclamando con insistencia una reforma a la ley arancelaria vigente que contemple que los honorarios sean valorizados a través de una unidad de medida intangible que se mantenga vigente a través del tiempo e inmune a rebrotes inflacionarios. (ver proyecto completo).
"En el armado de esta iniciativa se trabajó bajo la premisa de crear una unidad de medida, lo más intangible posible, para tratar que la ley sobreviva a los flagelos inflacionarios, tan habituales en nuestro país", explicó Jorge Rizzo, presidente del Colegio Público de Abogados de Capital Federal.
La letra del proyecto
La iniciativa establece que toda renuncia de honorarios que tienda a reducir las proporciones establecidas en la ley será nulo y quedará sin efecto.
También especifica que el abogado que hubiera renunciado anticipadamente a sus honorarios o convenido un monto inferior al previsto en la ley será considerado incurso en falta de ética y pasible de suspensión en la matrícula por un lapso que puede ir entre los seis meses al año.
Una de las cuestiones más novedosas del proyecto es el establecimiento de una "unidad de medida arancelaria" (UMA) que permita determinar los honorarios mínimos.
La UMA "representará el uno y medio por ciento de la remuneración total asignada al cargo de juez nacional de primera instancia. Así, los honorarios mínimos en asuntos judiciales no susceptibles de apreciación pecuniaria tendrán la cantidad de UMA detalladas en el proyecto.
Por ejemplo, para los trámites realizados ante la Inspección General de Justicia (IGJ) corresponderán al abogado 5 UMA; trámites ante la autoridad de aplicación, 3 UMA; divorcios contradictorios, 30 UMA; procesos de tutela y curatela, 20 UMA.

"El proyecto de ley de honorarios profesionales que se elaboró desde nuestro Colegio Público se basó principalmente en la búsqueda de un texto de consenso que pudiera ser presentado a las autoridades para enmendar la impresentable ley hoy vigente", destacó Rizzo.
El presidente del Colegio Público de Abogados agregó que "próximamente llevaremos el anteproyecto al ministro de Justicia, Aníbal Fernández, y remitiremos copias a diferentes legisladores nacionales. "Esperamos que sea aprobada en el Congreso", enfatizó.
Los porcentajes
La iniciativa establece que en aquellos procesos susceptibles de apreciación pecuniaria, el honorario del abogado será fijado entre el once y el veinticinco por ciento del monto de la demanda o el de la liquidación que resulte de la sentencia.
Para los casos en los que la demanda fuera desestimada por el tribunal, el proyecto dice que se computará como valor del pleito el importe reclamado actualizado al momento de la sentencia, pero disminuido en un 50 por ciento.
Otros juicios
El proyecto establece que en los juicios ejecutivos y las ejecuciones especiales, el honorario del abogado se calculará entre el 11 y el 25% de los montos involucrados en esos procesos.
Los mismos porcentuales se aplicarán en los juicios por desalojo y los procesos por alimentos: en éstos se computarán sobre el importe correspondiente a dos años de la cuota que se fije judicialmente, mientras que en los juicios por desalojo se calcularán sobre el total de los alquileres del contrato.
Además, especifica que en el caso de las sucesiones el "honorario se regulará sobre el valor del patrimonio que se transmite, inclusive los gananciales".
"El enfoque general de la iniciativa sólo vislumbra una actividad del abogado, la tribunalicia. En este sentido, es un proyecto limitado que sólo tiene en cuenta una forma particular del ejercicio de la profesión, que ya no es representativa de la evolución que ha tenido el ejercicio de la abogacía en las últimas décadas, lo que ya de por sí trasunta las falencias del proyecto", manifestó Héctor Huici, socio de M & M Bomchil.
El abogado agregó que particularmente grave es el retorno al mal llamado "orden público", que impediría celebrar acuerdos que desconozcan los mínimos importes fijados por ley: "es impracticable. Nadie seriamente puede pensar que una compañía pagará $1.000.000 a un abogado que redactó un contrato por $100.000.000", dijo.
Huici también manifestó que la no admisión del trabajo "pro bono" es un nuevo retroceso que incluso va en contra, además, de reglas de ética de la profesión y de la -hoy de moda- responsabilidad social empresaria o profesional.
Por eso acotó que "por la trascendencia que tienen estas cuestiones, no sólo deberían ser ampliamente debatidas con participación de colegios y asociaciones profesionales, sino también con la de los destinatarios de sus actividades, analizando la incidencia que tienen estas leyes en el acceso al servicio de justicia".
Matías Debarbieri
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