iProfesionaliProfesional

Expertos explican para qué sirven los textos legales que figuran al pie de un e-mail

Reenviar un e-mail recibido por error puede transformarse en un problema para las empresas. Por ello, como advertencia y prevención, recurren a disclaimers
15/12/2009 - 20:46hs
Expertos explican para qué sirven los textos legales que figuran al pie de un e-mail

¿Alguna vez recibió por error un e-mail con información confidencial?. En ese momento quizás lo eliminó. Pero si difundió su contenido… ¿sabí­a usted que podrí­a llegar a ser condenado penalmente por ello?.

En este escenario, en el que enviar o recibir un correo electrónico es una práctica habitual, se torna cada vez más frecuente encontrarse con cierta información al pie de dichos mensajes conocida como "disclaimers". Estos son avisos de confidencialidad o privacidad solicitando que si alguien recibe un e-mail por error, lo elimine e informe de lo acontecido.

El objetivo de su utilización es mantener la comunicación en un ámbito privado. En consecuencia, si alguien llegara a divulgar intencionalmente datos recibidos por error, mediante la aplicación de este mecanismo se busca que el responsable de este acto responda por los perjuicios que su difusión ocasione.

En la Argentina, existe un marco normativo que conlleva sanciones para estos casos, que incluso pueden exceder el ámbito civil y derivar en causas penales o multas de hasta $100.000. Los expertos consultados por iProfesional.com dieron cuenta de ello y advirtieron sobre la importancia de tomar recaudos.Responsabilidad y sanciones La finalidad de este tipo de advertencias "es extender el ámbito de privacidad de las comunicaciones y el secreto profesional al tercero, alertando a quien recibe el correo que, en caso que no ser el destinatario, ya sea por error, equivocación u otra razón, debe eliminarlo", dijo Daniel Monastersky, CEO de Identidad Robada.

Sin embargo, este tipo de mensajes que tratan de que ciertos datos sensibles permanezcan en un ámbito reservado, y sean sólo conocidos por el interesado, es bastante nuevo.

Así­, en caso de divulgarlos, advirtieron los especialistas consultados, se está violando la privacidad de la persona que lo enví­a y también del destinario, y aquél que lo haga deberá responder no sólo penalmente sino también de manera civil, por los daños y perjuicios ocasionados.

"Hasta hace unos años era muy común ver una leyenda que decí­a que `si el correo no está dirigido a Ud. por favor devuélvalo al remitente´ junto con las disculpas del caso", explicó Facundo Malaureille Peltzer, socio de Salvochea Abogados. También se hací­a alusión a ello aún ante un mensaje electrónico con información confidencial o amparada por el secreto profesional.

El marco legal se hizo eco de esta problemática. En este sentido, hace poco más de un año, la Ley de Delitos Informáticos (Ley 26.388) modificó el Código Penal e incorporó algunas figuras que cobran relevancia. Luego de la citada reforma, el artí­culo 153 castiga "con prisión de 15 dí­as a seis meses al que: a) abriere o accediere indebidamente a una comunicación electrónica, ….. que no le esté dirigida; o b) se apoderare indebidamente de una comunicación electrónica….. aunque no esté cerrada; o c) indebidamente suprimiere o desviare de su destino una correspondencia o una comunicación electrónica que no le esté dirigida".

Por este motivo, "las empresas y organizaciones deben tomarse su tiempo y hacer docencia con sus empleados para que ninguno de ellos cometa estos delitos. Además, es una buena oportunidad que la ley le otorga a los empleadores para reglar el uso que hacen sus dependientes de las herramientas informáticas que les provee la compañí­a", recomendó Malaureille Peltzer.

En materia de sanciones, el artí­culo 155, señala que será reprimido con una multa de $1.500 a $100.000, quien hallándose en posesión de una comunicación electrónica no destinada a publicidad "la hiciere publicar indebidamente", en tanto "el hecho causare o pudiere causar perjuicios a terceros". En consecuencia, los expertos consultados remarcaron que las empresas deben poner especial atención para evitarse costos no previstos, en el futuro.

Es decir, si una persona recibe un e-mail por error "debe eliminarlo inmediatamente y bajo ninguna circunstancia deberí­a copiar ni divulgar su contenido a un tercero", indicó el CEO de Identidad Robada, quien luego destacó que "es importante dejar en claro que todas estas figuras son dolosas".

"En muchos casos, si alguien enví­a un correo electrónico por equivocación, deberí­a intentar subsanar este acto mediante el enví­o de un mail rectificatorio", finalizó Monastersky.

Por su parte, Gustavo Daniel Tanús, especialista en la protección de datos personales, consideró que "ese disclaimer no es más que una manifestación unilateral que advierte al destinatario acerca de la confidencialidad de la información". Además, advirtió que "aunque no se incluya el disclaimer, la Ley de Delitos Informáticos equipara al correo electrónico con la correspondencia epistolar por lo que colocando o no ese aviso, en la medida que se pueda demostrar que una persona que no era destinataria de la informacion accedió a ella y la difundió, el delito se comete de la misma manera".

En sí­ntesis, para el experto, la advertencia sirve a los fines de prevenir perjuicios.Correos no deseados y bases de datosEn cuanto al enví­o y recepción de e-mails, no sólo hay que prestarle atención al Código Penal sino también a otras leyes como la de protección de datos personales y de defensa del consumidor. Estas normas influyen de manera muy fuerte en las distintas relaciones comerciales.

En la actualidad, es muy común ver al pie de los mensajes electrónicos frases tales como "usted recibió este correo porque sus datos están en una base de datos" o "si no quisiera recibir más correos como el presente puede enviar la solicitud de remover al siguiente email…", y allí­ se pide la remoción o supresión del correo de la base mencionada".

En estos casos, donde existe una relación de consumo, las empresas incorporaron frases referidas a los lugares donde los usuarios pueden hacer valer sus derechos, agregándole, además, el teléfono de contacto gratuito de la autoridad de defensa del consumidor correspondiente.

"Un e-mail no es todo, ya que las empresas y organizaciones tienen otras formas de contacto con sus clientes o consumidores", dijo Malaureille Peltzer, quien consideró que "de nada sirve corregir un correo electrónico y borrar a una persona o compañí­a de la `supuesta base de datos´, si unos meses más tarde la contactan por teléfono".¿Qué pasa con los mensajes comerciales que llegan a los celulares?. También son ilegales porque no sólo los clientes no lo solicitaron ni le dieron el consentimiento a sus empresas de telefoní­a celular, para que cedan los números telefónicos a terceras empresas, sino que muchas compañí­as suelen cobrar la remoción. En ese aspecto, "la ley de protección de datos personales es muy clara ya que el ejercicio del derecho de acceso y de remoción o supresión son gratuitos, pero se ve que las mismas no adaptaron sus conductas a la ley", señaló el experto de Salvacochea Abogados.

En la Justicia

Hace algunos años, se dictó un fallo antispam (anti correo basura) que hizo que los asesores legales instruyeran a sus clientes para que agregaran una mención al pie de los e-mails referida a que "éste no es un correo no solicitado".

En esta lí­nea, "se sugiere a las empresas y a distintos organismos hacer una revisión integral de sus comunicaciones institucionales para evaluar si las mismas están dentro de la normativa, y en su caso, sugerir alternativas y adaptarlas para no caer en sanciones administrativas o procesos judiciales", agregó Malaureille Peltzer.

Por otra parte, el letrado del estudio Salvochea hizo referencia a una ley que modificó el Código Penal y que incorporó distintas figuras que deben ser revisadas y contempladas por todos los usuarios, y por ende, por todas las empresas.

En la Ciudad de Buenos Aires aún no se dictaron fallos por este tema. Sin embargo, ya hay sentencias por spam enviados por Internet donde un juez señaló que los mismos son ilegales.

En aquella oportunidad, el magistrado condenó a dos personas que enviaban este tipo de mensajes "por invasión a la esfera de la intimidad y comercialización de datos sobre terceros y les ordenó pagar las costas del juicio y retirar el nombre de los denunciantes de sus bases".

En la demanda, los solicitantes incluyeron copias de los mensajes recibidos que incluí­an direcciones en las que, supuestamente, se podí­a solicitar ser retirados del listado de destinatarios de los enví­os de publicidad.

Sin embargo, los pedidos no fueron respondidos y los avisos con ofertas de soluciones informáticas continuaron llegando por lo que la controversia se resolvió en los tribunales.

Hay muchas cosas que los remitentes de correos electrónicos deben hacer y no sólo incluir un disclaimer al pie de página. Sin duda, éste es un avance, pero sólo no alcanza ya que hay muchas cuestiones a tener en cuenta en torno a las comunicaciones institucionales y el modo en que las empresas se relacionan con sus clientes.