¿Qué jubilados tienen derecho a cobrar por hijos?

Los padres de hijos con discapacidad pueden solicitar una pensión para ellos, aunque cobren la jubilación. Cuáles son los requisitos
26/11/2023 - 06:28hs
¿Qué jubilados tienen derecho a cobrar por hijos?

En la Argentina algunas de las personas que perciben una jubilación tienen también un derecho a cobrar un extra por tener a sus hijos como dependientes.

Quiénes son las personas que pueden recibir este beneficio con la jubilación, qué requisitos deben cumplir y cómo se solicita ese complemento por sus hijos.

¿Qué jubilados tienen derecho a cobrar por los hijos?

En Argentina hay muchos jubilados y jubiladas cuyos hijos con discapacidad además reciben una pensión. Para acceder al beneficio, el jubilado con hijo discapacitado a cargo debe obtener para la persona que está a su cuidado el Certificado Único de Discapacidad o CUD, que se consigue con el diagnóstico médico.

Con este documento, el padre, madre o jubilado con hijo discapacitado a cargo puede realizar el trámite correspondiente en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para percibir el ingreso que corresponde a su hijo o hija.

En esto no tiene que ver si se trata de un jubilado con hijo discapacitado a cargo o simplemente un padre o madre de un hijo con discapacidad. No hace falta tener una jubilación para tener acceso a este beneficio.

Por otra parte, los hijos e hijas con discapacidad aunque sean mayores de 18 años pueden cobrar las pensiones por el fallecimiento de ambos progenitores sin necesidad de optar entre beneficios. El cobro de la pensión por fallecimiento de los progenitores es compatible con cualquier otro beneficio que pueda cobrar la persona con discapacidad, siempre que no exista ninguna incompatibilidad.

Hay jubilados que perciben una pensión por sus hijos con discapacidad a cargo
Hay jubilados que perciben una pensión por sus hijos con discapacidad a cargo

Deben ser mayores de edad solteros, viudos o divorciados tienen derecho a la pensión derivada del fallecimiento de sus progenitores siempre que:

  • a la fecha de su fallecimiento estuvieran incapacitados para el trabajo; y
  • en ese momento estuvieran a cargo de sus progenitores.

Algunas pautas para determinar si la persona con incapacidad para el trabajo estaba a cargo de sus padres es que vivían en su casa, estaban bajo cuidado exclusivo de ellos y no desempeñan tareas laborales con aportes al sistema de seguridad social.  

¿Quién puede solicitar el complemento por hijos en la jubilación?

El complemento por hijos en la jubilación no tiene que ver con cobrar una pensión por los hijos discapacitados a cargo. 

Este complemento tiene que ver con el reconocimiento por los años dedicados a cuidado de hijos en el cálculo de la jubilación que perciben las mujeres

Jubilación: cómo acceder al complemento por hijo que reconoce años de aportes
Jubilación: cómo acceder al complemento por hijo que reconoce años de aportes

Muchas mujeres en la Argentina que dejan de trabajar en relación de dependencia o de manera registrada para dedicarse al cuidado de sus hijos cuando nacen, luego no llegan a cumplimentar los 30 años de aportes obligatorios al sistema social para obtener la jubilación, al menos no antes de cumplir la edad jubilatoria mínima que para ellas es de 60 años de edad. 

Por eso, durante la gestión de Fernanda Raverta al frente de la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) se determinó una medida como reconocimiento a la labor que realizan las mujeres dentro de ese tiempo que se dedican a cuidar a los hijos, reconociéndoles por esa tarea hasta un año de aportes. Es una manera de entender que se trata también de un trabajo no remunerado y de altísimo valor para el progreso y desarrollo de las sociedades. 

"El Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos", indica la web oficial del gobierno nacional al respecto.

Se trata entonces de un beneficio al que pueden acceder las mujeres que fueron madres a la hora de calcular su jubilación. Para ello, los requisitos son para mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.

En el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado se computa a la hora de calcular la jubilación de la siguiente manera:

  • 1 año de aportes por hija/o.
  • 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.
  • De forma adicional: 1 año por hija o hijo con discapacidad y 2 años en caso de que hayas sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija e Hijo por al menos 12 meses.
Jubilación: cuántos años de aportes se reconocen por hijo o hija
Jubilación: cuántos años de aportes se reconocen por hijo o hija

Además de este beneficio para la jubilación, se reconocen los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijas o hijos.

Jubilación: ¿cómo pedir el complemento por nacimiento de hijo o hija?

La solicitud de este complemento para la jubilación por el tiempo dedicado a la crianza de hijos o hijas se tramita en la Anses de manera gratuita.

Para ello, se requerirán los siguientes documentos:

  • DNI de la madre.
  • Partidas de nacimiento de tus hijas y/o hijos.
  • En caso de hijas y/o hijos con discapacidad: Certificado de Discapacidad (CUD).
  • En caso de hijos o hijas adoptados: Sentencia de adopción.

Una vez obtenidos estos documentos, se debe tener registrada la relación filial en la platafoma de la entidad, Mi Anses, a la cual se ingresa con CUIL y Clave de Seguridad Social. En caso de no contar con esta última, se puede obtener en el momento en la misma web oficial.

Una vez habiendo ingresado a la cuenta personal de Mi Anses, se puede verificar que estén ingresados los datos de hijos e hijas en el área de "Información Personal" y "Datos personales y familiares".

Con eso ya verificado y la documentación requerida, se puede pedir gratuitamente un turno en una oficina de Anses -así sea mediante Mi Anses, teléfono o presencialmente en una dependencia del organismo- para "Asesoramiento por tareas de cuidado". En ese encuentro, se podrá tramitar el complemento por hijos e hijas en la jubilación. 

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