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ALERTA

Tras los aumentos, cuánto cobrará un empleado de comercio en junio 2026

Los sueldos de mayo de empleados de comercio llegan a los bolsillos en junio con el nuevo bono y el pago del medio aguinaldo 2026
Por PK
28/05/2026 - 09:14hs
Empleados de comercio

Los sueldos de mayo de empleados de comercio llegarán a los bolsillos en junio con el último aumento de sueldo negociado en paritarias, el nuevo bono de 20.000 pesos y el pago del medio aguinaldo 2026. 

Para proteger el poder adquisitivo frente a la evolución de los precios de la economía, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) selló un nuevo entendimiento salarial con la Cámara Argentina de Comercio, la Confederación de la Mediana Empresa y la Unión de Entidades Comerciales.

Este último acuerdo paritario, que las entidades empresariales y gremiales firmaron el 26 de marzo de 2026, rige de manera obligatoria para todo el personal encuadrado bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. La actualización salarial determina los montos exactos que los empleados percibirán durante el cierre del primer semestre del año e incorpora diversas herramientas financieras para mejorar el ingreso de bolsillo de los trabajadores de manera directa y escalonada.

Aumentos porcentuales y estructura de sumas no remunerativas

La mesa de negociación patronal y sindical

 determinó un incremento salarial total del 5% aplicable sobre las escalas de las remuneraciones básicas. Para aplicar este porcentaje de forma correcta, los empleadores tomarán como base de cálculo los valores vigentes al mes de marzo de 2026, a los cuales sumarán obligatoriamente las cifras no remunerativas que existieron en esa misma fecha, equivalentes a 100.000 pesos.

El cronograma oficial de liquidación dividió esta suba remunerativa del 5% en tres tramos consecutivos:

  •  2% en abril
  • 1,5% en mayo
  • 1,5% en junio.

Junto con el aumento porcentual, el sindicato y las cámaras patronales acordaron un esquema integral de recomposición mediante sumas fijas no remunerativas. Por un lado, el entendimiento prorrogó el pago de dos montos previos de 40.000 y 60.000 pesos hasta el mes de junio de 2026 inclusive. Por otro lado, la paritaria incorporó el pago de una nueva suma fija adicional de 20.000 pesos mensuales exclusivos para los meses de abril, mayo y junio.

De esta manera, los trabajadores acumularán un total de 120.000 pesos en carácter no remunerativo durante el trimestre mencionado. El texto oficial establece que la totalidad de este monto extra se incorporará al salario básico de convenio recién en el mes de julio de 2026, bajo su valor nominal y definitivo.

Resulta sumamente importante destacar que, aunque estas sumas no generan aportes ni contribuciones al sistema de seguridad social, sí se computarán para cálculos clave del recibo de sueldo. Las empresas las incluirán para liquidar el presentismo, el adicional por antigüedad, el Sueldo Anual Complementario, las indemnizaciones por despido sin causa, el pago de horas extras y la liquidación de las correspondientes vacaciones anuales.

Aportes solidarios, compensaciones y cláusulas de revisión

El documento paritario también fijó nuevas obligaciones patronales extraordinarias para sostener la estructura de salud del gremio. Las partes convinieron una contribución adicional y solidaria a cargo de las empresas con destino exclusivo a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles. Este aporte patronal extraordinario pasó de 8.500 pesos a 28.000 pesos mensuales por cada trabajador comprendido en el convenio colectivo. Las empresas abonarán este monto adicional mientras el contrato laboral de cada empleado se mantenga vigente.

Para aquellos empleados que cumplen tareas bajo un esquema de jornada reducida, tiempo parcial, o que registran ausencias injustificadas durante el mes, la liquidación de las sumas fijas no remunerativas y los porcentajes de aumento salarial se realizará de forma estrictamente proporcional a la jornada laboral efectiva.

Finalmente, el sindicato y las cámaras empresarias pautaron una reunión de revisión obligatoria para el mes de junio de 2026. En este encuentro formal, las autoridades analizarán las escalas salariales vigentes y las sumas fijas frente a las variaciones inflacionarias de la economía nacional, con el firme compromiso de que cualquier aumento futuro mantendrá el carácter de no remunerativo y no acumulativo.

Escala salarial oficial para el mes de junio de 2026

La aplicación técnica de los diferentes tramos de aumento configuró una nueva grilla de ingresos mínimos para las distintas áreas de la actividad comercial en todo el país. A continuación, detallamos los salarios básicos iniciales aproximados que rigen para el mes de mayo de 2026 (a cobrar en junio) tras aplicar el ajuste salarial del 1,5% más las sumas no remunerativas correspondientes a ese período:

Categoría Maestranza

  • Categoría A: 1.216.248 pesos.
  • Categoría B: 1.219.412 pesos.
  • Categoría C: 1.230.495 pesos.

Categoría Administrativo

  • Categoría A: 1.228.122 pesos.
  • Categoría B: 1.232.876 pesos.
  • Categoría C: 1.237.623 pesos.
  • Categoría D: 1.251.875 pesos.
  • Categoría E: 1.263.749 pesos.
  • Categoría F: 1.281.167 pesos. 

Categoría Cajeros

  • Categoría A: 1.232.079 pesos.
  • Categoría B: 1.237.623 pesos.
  • Categoría C: 1.244.749 pesos. 

Categoría Auxiliar

  • Categoría A: 1.232.079 pesos.
  • Categoría B: 1.239.996 pesos.
  • Categoría C: 1.266.125 pesos. 

Categoría Auxiliar Especializado

  • Categoría A: 1.241.583 pesos.
  • Categoría B: 1.255.832 pesos. 

Categoría Vendedor

  • Categoría A: 1.232.079 pesos.
  • Categoría B: 1.255.835 pesos.
  • Categoría C: 1.263.749 pesos.
  • Categoría D: 1.281.167 pesos

Estos son los salarios básicos para empleados de comercio debidamente registrados en mayo, que se cobran en junio. Quienes se desempeñan en la informalidad no tienen garantizados estos valores. A los mismos se suman ese mes los adicionales por presentismo, antigüedad y manejo de caja que correspondan, y en este caso el medio aguinaldo de junio, que corresponderá a la mejor remuneración devengada en el primer semestre de 2026.