Sube el sueldo de las empleadas domésticas y estas son las obligaciones del empleador en septiembre
Las empleadas domésticas tendrán en septiembre un aumento del 1,8% en su sueldo, según el esquema salarial acordado para el sector. La actualización forma parte de la nueva pauta para el empleo y trabajo en casas particulares e incluye también la incorporación progresiva de una suma no remunerativa abonada en agosto.
El acuerdo contempla además nuevas actualizaciones para los meses siguientes: 1,7% en octubre, 1,6% en noviembre y 1,6% en diciembre. La suma extraordinaria otorgada en agosto continuará incorporándose al salario básico durante este período.
Cuánto cobra una empleada doméstica en septiembre 2026
Con la actualización de septiembre, los salarios mínimos quedan determinados según la categoría de la trabajadora y la modalidad de contratación, con valores diferentes para quienes trabajan con retiro y sin retiro.
Los valores de septiembre quedan de la siguiente manera:
- Supervisores: $4.603 por hora con retiro y $5.007,81 sin retiro. Los valores mensuales son $574.213,77 y $635.342,02, respectivamente.
- Tareas específicas: $4.379,51 por hora con retiro y $4.767,28 sin retiro. Los salarios mensuales son $536.135,67 y $592.568,94.
- Caseros: $4.144,32 por hora y $523.998,96 mensuales.
- Asistencia y cuidado de personas: $4.144,32 por hora con retiro y $4.599,99 sin retiro. Los valores mensuales son $523.998,96 y $579.654,92.
- Tareas generales: $3.871,87 por hora con retiro y $4.144,32 sin retiro. Los salarios mensuales son $475.001,19 y $523.998,96.
La suma no remunerativa de agosto se incorpora de manera progresiva al salario básico: el 25% en septiembre, el 50% en octubre y el 25% restante en noviembre.
Qué empleadores deben registrar a una empleada doméstica
La obligación de registrar a la trabajadora alcanza a todos los empleadores, independientemente de la cantidad de horas trabajadas o de la modalidad de contratación. Es decir, también deben registrarse las relaciones laborales en las que la persona trabaja pocas horas o solamente algunos días por semana.
El alta se realiza a través del Registro Especial del Personal de Casas Particulares de ARCA. Para hacerlo, el empleador debe contar con clave fiscal y cargar los datos correspondientes a la trabajadora y a la relación laboral.
Además, si la relación termina, el empleador debe realizar la correspondiente baja en el registro.
Qué debe pagar el empleador todos los meses
Una vez registrada la relación, el empleador debe cumplir con las obligaciones vinculadas al salario y la seguridad social.
Entre ellas se encuentran:
- Pagar la remuneración de acuerdo con la categoría y la escala vigente.
- Ingresar los aportes y contribuciones correspondientes.
- Abonar la ART, cuya cobertura debe estar vigente durante la relación laboral.
- Emitir el recibo electrónico de sueldo a través del sistema de ARCA.
- Pagar horas extras, cuando correspondan.
- Cumplir con el pago del aguinaldo y las vacaciones según las condiciones establecidas por la normativa.
El sistema oficial establece que la ART se paga por adelantado, mientras que los aportes y contribuciones se abonan de acuerdo con el período correspondiente.
Aguinaldo, vacaciones y otros derechos
La trabajadora registrada también tiene derecho al Sueldo Anual Complementario (SAC), que se paga en dos cuotas: una en junio y otra en diciembre. El cálculo toma como referencia el 50% del mejor sueldo de cada semestre.
También corresponden vacaciones pagas, cuya duración depende de la antigüedad de la trabajadora. El período habitual para otorgarlas se extiende entre el 1° de noviembre y el 30 de marzo.
En caso de realizar horas extras, deben aplicarse los recargos correspondientes: 50% en días comunes y 100% los sábados después de las 13, domingos y feriados.
Adicional por antigüedad y zona desfavorable
Al salario también pueden sumarse adicionales cuando corresponda.
El adicional por antigüedad equivale al 1% por cada año trabajado con el mismo empleador. Además, desde abril de 2026 el adicional por zona desfavorable quedó establecido en el 31% para las zonas alcanzadas por este beneficio.
Por eso, el monto que finalmente recibe una trabajadora puede ser superior al salario mínimo de la escala, dependiendo de su antigüedad, zona y otros conceptos que correspondan.
Qué pasa si el empleador no registra a la trabajadora
La registración no es optativa. La normativa establece que todas las trabajadoras deben estar inscriptas, sin importar cuántas horas trabajen. El registro permite que la trabajadora acceda a derechos vinculados con jubilación, obra social y cobertura frente a accidentes laborales, entre otros beneficios.
Además, el empleador debe conservar la documentación que respalda el pago de salarios y las obligaciones de la relación laboral.
Qué debe revisar el empleador en septiembre
Con el nuevo aumento, quienes tienen personal de casas particulares deberían verificar especialmente:
La categoría en la que está registrada la trabajadora.
- La modalidad con retiro o sin retiro.
- El nuevo valor mínimo correspondiente a septiembre.
- La incorporación del 25% de la suma no remunerativa de agosto.
- Los adicionales por antigüedad o zona desfavorable, si corresponden.
- Los aportes, contribuciones y ART.
- La correcta emisión del recibo electrónico de sueldo.
De esta manera, el empleador puede actualizar la remuneración de septiembre y mantener regularizada la relación laboral de acuerdo con las nuevas pautas salariales.