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Fallo judicial: ordenan desmantelar un country por provocar una inundación

La Justicia consideró que la construcción de terraplenes provocó un "impacto negativo" y le dio 180 días para recomponer el ambiente. También los multó
17/10/2019 - 09:19hs
Fallo judicial: ordenan desmantelar un country por provocar una inundación

La Justicia ordenó la "demolición y desmantelamiento del barrio náutico "Amarras" de la localidad de Pueblo Belgrano en la provincia de Entre Ríos, por su "impacto negativo sobre el medio ambiente".

Consuderó que las obras de elevación de la tierra que se hicieron para construirlo provocaron "la crecida del río e inundaciones".

En el fallo fue firmado por los vocales Claudia Mizawak, Juan Ramón Smaldone y Martín Carbonell, del Superior Tribunal de Justicia entrerriano (Stjer), se ordenó además "dejar la zona en su estado anterior".

En junio último la Municipalidad de Gualeguaychú había pedido la "paralización y demolición" del barrio, ya que "las obras de elevación de la tierra habían provocado la crecida del río y la evacuación de más de 150 personas".

"La crecida repentina también generó que lugares emblemáticos, como el Parque Unzué, la costanera, caminos turísticos, clubes, playas, campos y barrios de la zona de la costanera y el puerto, quedarán bajo agua", afirmaron.

Ya en 2014 los vecinos que cuestionan la obra advertían que "los medios están casi silenciados por este proyecto multimillonario que crece devastando todo a su paso, con la complicidad del poder político".

La comuna agregó en esa ocasión que "Amarras era el único lugar no inundado de toda la zona, y que el agua que desplazaba ingresaba profundamente en el casco urbano, afectando zonas densamente pobladas".

En julio de este año, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó sin efecto la sentencia del Stjer, que había rechazado la acción de amparo de cese de obras, y le ordenó hacer lugar a lo peticionado.

Los jueces entrerrianos señalaron que quedó "efectivamente patentizada la existencia de una alteración negativa del medio ambiente", y por eso se solicitó la "recomposición del ambiente, volviendo las cosas a su estado anterior".

La decisión se basa en "la prevención del daño futuro y la recomposición de la polución ambiental ya causada", y ordena además un "resarcimiento pecuniario por los daños irreversibles".

La justicia le dio 180 días a la empresa Altos de Unzué, encargada de la construcción del barrio, para "desmantelar" la zona, e instruyó a la Secretaría Ambiental de Gualeguaychú para "controlar el cumplimiento de la sentencia".