Proyecto oficial contra la ludopatía: qué restricciones se imponen a las apuestas online
El mercado de apuestas online en Argentina ha experimentado un crecimiento explosivo en los últimos años, convirtiéndose en un fenómeno masivo que mueve cifras millonarias, aunque con una complejidad significativa debido a la falta de una regulación unificada a nivel nacional.
âEl sector ha superado la barrera de los u$s1.500 millones anuales en ingresos totales, una cifra que refleja tanto la adopción tecnológica como la proliferación de plataformas.
Se estima que el segmento legal crece a un ritmo de entre el 14% y el 18% mensual en provincias clave como Buenos Aires, aunque según diversas consultoras, cerca del 67% de las apuestas se realiza en sitios no autorizados o "grises", donde la trazabilidad es mínima y los controles son prácticamente inexistentes.
La Provincia de Buenos Aires es el principal motor del mercado.
Solo en el segmento legal, las empresas registradas generan unos $20.000 millones y si se incluye el mercado informal, se estima que el volumen total en la provincia alcanza los u$s1.300 millones anuales.
En este sentido, el "casino portátil" —el smartphone— ha facilitado que el acceso al juego pase de ser algo esporádico a un hábito diario, lo cual es particularmente preocupante en el segmento joven.
El Gobierno busca limitar las apuestas online y cerrar brechas
Estudios recientes en colegios revelan que un 12% de los adolescentes reconoce haberse endeudado por el juego online, con una alta prevalencia de cuadros de ansiedad asociados.
âEl mercado estaba en la mira del Gobierno no solo por el volumen fiscal y financiero, sino por la urgencia de salud pública, ante la falta de un registro nacional único, lo que facilita que el dinero fluya hacia operadores sin licencia, complicando la recaudación tributaria y la protección del usuario.
Es por eso que, el Poder Ejecutivo acaba de anunciar el envío de un proyecto de ley que busca, precisamente, cerrar estas brechas mediante un marco de control digital más estricto sobre las formas de pago y la publicidad y, en especial, sobre la participación de menores de edad.
Se trata de una nueva ley de ludopatía, con el objetivo de combatir una problemática social que ha escalado al tope de las preocupaciones sanitarias y gubernamentales en los últimos meses.
âEl anuncio, confirmado por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, a través de sus redes sociales, marca el inicio de una nueva etapa de reformas que la Casa Rosada busca acelerar en ambas cámaras.
âFuentes oficiales adelantaron que el proyecto de ley de ludopatía pone el foco principal en el crecimiento exponencial de las plataformas digitales de apuestas online.
âLa iniciativa responde a una inquietud creciente: el acceso cada vez más sencillo de menores de edad a sitios de juego y apuestas a través de billeteras virtuales y dispositivos móviles.
Proyecto oficial contra la ludopatía: regulación severa
Uno de los ejes sobre los cuales se basará la discusión parlamentaria será la implementación de controles más rigurosos para la validación de identidad, con el objetivo de blindar las plataformas ante el ingreso de menores de 18 años.
Se prevé además una regulación severa sobre la promoción de plataformas de apuestas, tanto en redes sociales como en medios de comunicación y eventos deportivos, buscando mitigar el impacto de las agresivas estrategias de marketing actuales.
Del mismo modo, el Poder Ejecutivo buscará establecer un marco nacional que permita ordenar el actual esquema, caracterizado por la proliferación de licencias y normativas disímiles entre jurisdicciones.
La futura norma tiene como origen la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación y propicia un marco normativo destinado a la prevención, abordaje y tratamiento de los consumos vinculados a los juegos de azar y apuestas, tanto en línea como presenciales, así como al combate de la explotación y difusión de plataformas de juego no autorizadas.
La iniciativa reconoce la creciente expansión de los entornos digitales y las nuevas modalidades de interacción tecnológica, fenómeno que ha incrementado exponencialmente el acceso entre niños, niñas y adolescentes, generando nuevos desafíos en materia de salud pública, prevención de consumos problemáticos y protección de grupos vulnerables.
Para este organismo es necesario destacar que el uso de tecnologías digitales y las conductas compulsivas "constituyen fenómenos complejos, cuyo abordaje requiere herramientas interdisciplinarias, estrategias preventivas basadas en evidencia y mecanismos de coordinación institucional entre los distintos niveles del Estado".
En ese sentido, el proyecto reconoce que los consumos "problemáticos" digitales y el juego patológico no se limitan únicamente a supuestos clínicos extremos o diagnósticos psiquiátricos, sino que comprenden también situaciones de riesgo y patrones de comportamiento que pueden generar consecuencias negativas de carácter económico, social, familiar, educativo y sanitario, aun sin configurarse cuadros patológicos severos.
"Se ha verificado durante los últimos años un incremento sostenido de la participación de menores de edad en plataformas de apuestas en línea, facilitado por la masificación de dispositivos digitales, la utilización intensiva de redes sociales y la proliferación de sitios de juego no autorizados que operan al margen de los marcos regulatorios jurisdiccionales vigentes", destaca el documento del organismo público.
Mecanismos de cooperación
En este sentido, la iniciativa propicia campañas educativas y de sensibilización, la producción de información epidemiológica, la elaboración de estadísticas y el fortalecimiento de acciones coordinadas con las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.
También contempla medidas para combatir la explotación de juegos de azar en línea no autorizados, estableciendo mecanismos de cooperación entre organismos nacionales y autoridades jurisdiccionales competentes en materia de regulación del juego.
El documento aclara que, si bien el poder de policía sobre los juegos de azar corresponde a las provincias y a la Ciudad, la proliferación de plataformas ilegales "ha evidenciado la necesidad de fortalecer herramientas de articulación institucional que permitan prevenir eficazmente la captación irregular de apuestas y proteger especialmente a menores de edad".
En ese marco, se incorporan disposiciones orientadas a restringir la publicidad, promoción y difusión de plataformas no autorizadas, así como mecanismos ágiles de bloqueo de dominios y limitación de circuitos de pago vinculados a operadores ilegales.
Asimismo, se promueve la adopción de estándares mínimos de protección de usuarios, prevención de acceso de menores de edad, trazabilidad de operaciones y articulación con organismos competentes en materia financiera, tecnológica y de comunicaciones.
La medida propiciada procura consolidar un enfoque integral que combine prevención,educación, concientización, asistencia y cooperación institucional, fortaleciendo la capacidad estatal para abordar los consumos problemáticos asociados a juegos de azar y apuestas, con especial énfasis en la protección de niños, niñas y adolescentes.
Cambios al Código Penal
El objetivo fundamental del proyecto es el de erradicar la explotación de juegos de azar en línea no autorizados, su publicidad, promoción y difusión; establecer que la prevención del juego patológico es una política de salud pública en todo el país y prohibir el acceso y uso de juegos de azar en línea a los menores de edad.
Como medidas, se proponen además cambios en varios artículos del Código Penal para reprimir con prisión de tres a seis años a quienes operen "cualquier modalidad o sistema de captación de apuestas en juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente".
Se incorpora también el artículo 301 al Código Penal que impone prisión de dos a cuatro años a quienes proporcionen algún tipo de servicio, equipamiento, material de juego, productos o derechos necesarios o complementarios para la captación de apuestas en juegos de azar a quienes no disponen de autorización.
Limitar la publicidad
En el mismo sentido, se agregan otras penas de prisión para quienes participen en publicidades, promociones o difusión de cualquier modalidad o sistema de captación de apuestas en juegos de azar que no cuente con autorización.
El Capítulo III del proyecto se refiere precisamente a la publicidad y hace mención a que todas las prohibiciones y penas involucran a productoras publicitarias, medios de comunicación y cualquier persona.
"Serán aplicadas a quienes participen en forma directa o indirecta en las publicidades, ya sea en redes sociales, canales de televisión, radios, internet, plataformas digitales, telefonía celular, vía pública o en cualquier otro medio técnico o tipo de soporte", detalla el proyecto.
También impone condiciones de publicidad, promoción y patrocinio como que no podrán ser dirigidas ni protagonizadas por menores de edad; usar contenidos que vinculen los juegos de azar con el éxito personal, laboral o social, o sugieran que tal participación conlleva aceptación social.
Tampoco se podrá transmitir la idea de que cualquier eventual ganancia de juego acarreará soluciones financieras ni promover el consumo de alcohol o de tabaco durante la participación en los juegos de azar.
Organismos oficiales
El Capítulo IV, establece las obligaciones de organismos públicos como el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), que deberá adoptar las medidas necesarias para imposibilitar el ofrecimiento de contenidos y la difusión de publicidad y patrocinio.
En cuanto al Banco Central de la República Argentina (BCRA), lo obliga a dictar "la normativa necesaria para el cumplimiento de lo establecido y del objetivo de esta ley, y a aplicar las sanciones establecidas en el Título VI de la Ley N° 21.526 y sus modificatorias ante su incumplimiento, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiera corresponderle a la Entidad alcanzada por dicha ley".
Deberá además adoptar las medidas necesarias para prohibir a toda entidad financiera y a los proveedores de servicios de pago, la transferencia de dinero de cuentas vinculadas a menores de edad hacia cuentas asociadas a operadores de juegos de azar en línea.
Del mismo modo, la Comisión Nacional de Valores (CNV), deberá adoptar medidas para impedir y sancionar a los empresas de servicios virtuales (PSAV) que provean infraestructura a operadores online no autorizados.
En el caso de la Dirección Nacional del Registro de Dominios de Internet (NIC Argentina), podrá adoptar medidas de suspensión, inhabilitación o baja a direcciones de dominio denunciadas.
El Capítulo V está reservado a las competencias del Ministerio de Salud a través del Sedronar para desarrollar acciones de prevención, concientización, capacitación, investigación y abordaje integral de la ludopatía y del juego problemático.