El Gobierno podrá fusionar líneas de colectivos, reducir servicios y modificar recorridos
El gobierno nacional avanzó con una nueva reforma del sistema de transporte público de pasajeros y se otorgó mayores herramientas para modificar recorridos, fusionar servicios, cambiar cabeceras, alterar la cantidad de unidades y hasta reducir o suprimir prestaciones de las líneas de colectivos de jurisdicción nacional cuando considere que existe baja demanda o una utilización ineficiente de los recursos.
El cambio fue dispuesto mediante la Resolución 55/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada este lunes 10 de agosto en el Boletín Oficial, que reemplaza el procedimiento utilizado desde 2018.
La medida comprende a los servicios urbanos y suburbanos de colectivos que permanecen bajo la órbita de la administración que lidera el presidente Javier Milei.
Más que nada, las líneas que vinculan la Ciudad de Buenos Aires con distintos puntos de la provincia de Buenos Aires, además de los servicios interprovinciales urbanos y suburbanos del interior comprendidos en las denominadas Unidades Administrativas.
No alcanza, en cambio, a las líneas que funcionan exclusivamente dentro de la Ciudad o de una provincia y que se encuentran bajo esas respectivas jurisdicciones.
La reforma continúa el proceso iniciado por el Gobierno en 2024 para flexibilizar el transporte automotor con un cambio directo sobre uno de los aspectos más sensibles para los pasajeros: por dónde pasan los colectivos y con qué nivel de servicio lo hacen.
El Gobierno tiene libertad para reducir y hasta suprimir recorridos
La nueva normativa permite modificar prácticamente todos los parámetros que determinan el funcionamiento de una línea.
Contempla prolongaciones, ramificaciones y desdoblamientos, pero también supresiones totales o parciales, fusiones de recorridos, cambios de cabecera, modificaciones del parque móvil y alteraciones de las trazas.
Uno de los puntos centrales es la posibilidad de avanzar con una "supresión total o parcial de recorrido", definida por la propia resolución como "la eliminación total o parcial de itinerarios, ramales o desdoblamientos" con carácter permanente.
Antes de hacerlo, Transporte deberá analizar si existen o resultan necesarios servicios alternativos para atender la zona afectada.
Entre los objetivos establecidos aparecen "optimizar la oferta de servicios y la utilización eficiente de los recursos operativos" y "minimizar recorridos improductivos o sobreofertados".
También se buscará adaptar las prestaciones a "las condiciones actuales de demanda y movilidad", lo cual significa que la cantidad de pasajeros y el grado de utilización de cada recorrido pasarán a ser elementos centrales para decidir si una prestación debe mantenerse, modificarse o reducirse.
Fusiones de líneas y menos colectivos
El Gobierno también podrá autorizar fusiones para que una empresa que opera dos o más líneas pueda unificar recorridos con otra cuando compartan una misma dirección y la operación permita mejorar la asignación de recursos.
También podrán fusionarse parcialmente aquellos sectores donde las trazas se superponen y si los recorridos pertenecen a compañías diferentes, deberá existir previamente una cesión total o parcial de los respectivos permisos.
La reforma también permite modificar el parque móvil, es decir, la cantidad de colectivos asignados a cada línea.
Para resolver cada pedido, Transporte deberá analizar su impacto sobre la demanda y la oferta, las consecuencias económicas sobre las compensaciones tarifarias y, cuando corresponda, su efecto urbano.
Transporte tendrá más margen que las empresas
La resolución también explica que cuando una empresa solicite extender o modificar un recorrido deberá respetar determinados límites.
Las prolongaciones y ramificaciones, por ejemplo, no podrán superar normalmente el 25% de la extensión del recorrido original.
Los cambios de trazado tampoco podrán superar el 25% de la longitud total ni alejarse más de 1.000 metros de la traza existente, salvo excepciones vinculadas principalmente con nueva infraestructura.
Pero esos límites no necesariamente se aplicarán cuando la iniciativa provenga del propio Estado.
La resolución establece que Transporte podrá promover modificaciones a la red y tramitarlas "sin sujeción a las limitaciones relativas a longitudes máximas y porcentajes establecidos".
Deberá justificar la "necesidad, oportunidad, mérito y conveniencia" de la medida y evaluar las líneas, frecuencias, cantidad de vehículos y tarifas involucradas.
La justificación de la reforma: un procedimiento más rápido
La explicación oficial para modificar el sistema es que el mecanismo vigente generaba demoras incompatibles con las necesidades actuales.
La resolución cuestiona los "extensos tiempos de sustanciación y resolución definitiva" del régimen anterior y sostiene que hacen falta herramientas "más ágiles, flexibles" para administrar el transporte.
De todos modos, las propuestas seguirán teniendo una instancia pública y, una vez considerada admisible una modificación, se publicará un edicto durante un día en el Boletín Oficial y se abrirá un período de al menos cinco días hábiles para presentar observaciones.
En las reestructuraciones consideradas de gran impacto podrá extenderse hasta 10 días, pero las opiniones de pasajeros, empresas, municipios u otros interesados no serán vinculantes.
El nuevo esquema, por lo tanto, acorta los procedimientos pero también concentra mayor capacidad de decisión en Transporte.
En realidad, la reforma va todavía más lejos al crear nuevas reglas para aumentar los servicios expresos y habilitar al Gobierno a experimentar durante hasta un año con cambios, reducciones o supresiones antes de decidir si los convierte en definitivos.
Una prueba para analizar recortes que puede durante un año
Uno de los puntos de mayor impacto de la reforma aparece en un mecanismo que hasta ahora no existía con este alcance.
Transporte podrá modificar experimentalmente los servicios durante un plazo de hasta un año antes de resolver si el cambio se convierte en definitivo.
Estas autorizaciones solamente podrán ser impulsadas de oficio por el Estado y servirán para probar en condiciones reales qué sucede con la demanda, la conectividad y los costos del sistema.
Pero la norma también habilita expresamente "la racionalización, reducción o supresión de servicios existentes" cuando los estudios técnicos detecten "una baja utilización o una ineficiente asignación de recursos".
Es decir, el Gobierno podrá reducir temporalmente una prestación para medir qué sucede con los pasajeros antes de decidir si avanza con una modificación permanente.
Además, podrá hacer el movimiento inverso para incorporar transitoriamente cambios destinados a mejorar la cobertura, conectividad o accesibilidad.
Al menos 30 días antes de su vencimiento, las áreas técnicas deberán evaluar los resultados y Transporte tendrá tres alternativas: terminar el experimento, modificarlo o iniciar el procedimiento para convertirlo en permanente.
La resolución aclara, además, que una prueba exitosa no genera ningún derecho adquirido para las empresas.
Más servicios expresos y nuevos límites
El otro cambio importante de la medida alcanza a los servicios expresos, aquellos que eliminan paradas para reducir el tiempo de viaje.
El nuevo esquema permitirá que tengan un peso mucho mayor dentro de la oferta de algunas líneas.
En las denominadas líneas Suburbano Grupo I, los expresos podrán representar hasta el 60% de los servicios comunes autorizados, mientras que para las líneas Suburbano Grupo II, el techo subirá hasta el 90%.
Incluso esos límites podrán superarse cuando Transporte compruebe que no existe una infraestructura vial adecuada para prestar servicios comunes o cuando el tiempo de viaje de esos colectivos sea un 100% superior al de los expresos.
La reforma también flexibiliza el funcionamiento de los expresos que ya no estarán necesariamente vinculados a las paradas de un único recorrido, sino que podrán operar utilizando la totalidad de los recorridos y paradas correspondientes a una misma línea, siempre dentro de su zona de cobertura.
El nuevo régimen también establece una frontera para las tarifas porque cuando los expresos representen hasta el 40% de las prestaciones comunes autorizadas, podrán aplicar una tarifa diferencial de acuerdo con el cuadro que determine Transporte.
Pero si una empresa decide superar ese porcentaje, todos los servicios expresos deberán cobrar la misma tarifa que los colectivos comunes.
Además, cuando un expreso circule exactamente por el mismo itinerario que el servicio común y su única diferencia sea que realiza menos paradas, sólo podrá cobrar una tarifa superior si consigue reducir por lo menos 10% el tiempo promedio de viaje.
Una norma del gobierno de Javier Milei que busca agilizar los trámites
La reforma incorpora además una serie de excepciones que quedarán fuera del procedimiento general.
Entre ellas aparecen modificaciones provocadas por obras, cortes de calles, cambios de circulación, problemas de seguridad vial o situaciones extraordinarias.
Pero también se incluyen cambios operativos considerados de menor impacto. Podrán tramitarse por esta vía las modificaciones inferiores al 5% de la traza autorizada, determinados cambios en la cantidad de colectivos y traslados de cabeceras inferiores a 1.000 metros.
De igual modo, quedan comprendidos los refuerzos transitorios por eventos masivos, interrupciones de otros medios de transporte o contingencias que afecten la movilidad.
Otro caso son los denominados fraccionamientos ya que una empresa podrá destinar hasta el 25% de los servicios comunes a realizar sólo una parte del recorrido para reforzar los sectores de mayor demanda, especialmente durante las horas pico.
En ese caso no podrá aumentar la cantidad total de colectivos autorizados y tendrá que redistribuir las unidades que ya posee.
Así, la Resolución 55/2026 no sólo acorta los tiempos para cambiar una línea. Construye un esquema en el que el Gobierno podrá probar recortes, aumentar fuertemente el peso de los expresos y aprobar por mecanismos simplificados una serie de modificaciones operativas.
El objetivo oficial es ganar flexibilidad y adaptar la oferta a la demanda real. Para los pasajeros, el resultado dependerá de cómo se utilicen esas facultades: pueden servir para reforzar corredores congestionados y reducir tiempos de viaje, pero también para achicar prestaciones que Transporte considere poco utilizadas.
Otro paso en la reforma del transporte de Milei
La Resolución 55/2026 forma parte de la transformación del transporte automotor que el Gobierno comenzó a profundizar en 2024 y que apunta a reducir regulaciones, simplificar trámites y modificar la manera en que el Estado administra los servicios de colectivos bajo jurisdicción nacional.
Un punto de inflexión fue el Decreto 830/2024, que estableció un nuevo régimen para los servicios urbanos y suburbanos nacionales y redefinió las condiciones bajo las cuales deben operar las empresas.
Ese decreto mantuvo a los servicios públicos funcionando mediante permisos otorgados por Transporte, pero estableció un nuevo marco para sus parámetros operativos: cabeceras, recorridos, frecuencias máximas y mínimas, cantidad de vehículos y régimen tarifario.
Posteriormente, la Resolución 57/2024 reglamentó ese esquema y unificó los registros existentes dentro del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros.
La decisión publicada ahora completa otra parte de esa reforma al establecer cómo se pueden cambiar las condiciones de funcionamiento de una línea una vez otorgado el permiso.
Para poner en marcha el nuevo sistema, Transporte derogó dos normas.
Una había sido dictada en 1996 y regulaba, entre otras cuestiones, los requisitos para modificar y establecer servicios expresos y diferenciales.
La otra era la Resolución 137/2018, que había establecido el procedimiento utilizado hasta ahora para cambiar los parámetros operativos de los colectivos urbanos y suburbanos nacionales.
El propio Gobierno cuestionó ese mecanismo porque incluía formalidades, publicación de edictos y períodos de observación que provocaban, según la resolución, "extensos tiempos de sustanciación y resolución definitiva".
La explicación oficial es que esos plazos dejaron de ser compatibles con las necesidades actuales del transporte.
Por eso, la nueva regulación se apoya en cuatro conceptos que aparecen expresamente mencionados en la resolución: "eficiencia, flexibilidad operativa, digitalización y simplificación administrativa".
El próximo paso: cómo se utilizarán las nuevas facultades
El verdadero impacto de la reforma comenzará a conocerse cuando Transporte empiece a aplicar el procedimiento sobre líneas concretas.
El abanico es amplio y podrá servir para extender un recorrido hacia zonas que ganaron población, reforzar corredores con mayor cantidad de pasajeros, eliminar superposiciones, acelerar viajes mediante servicios expresos o redistribuir colectivos hacia los horarios y lugares de mayor demanda.
De todos modos, se aclara que las nuevas facultades no podrán utilizarse para crear una línea completamente nueva ni recorridos cuyos puntos de origen y destino se encuentren fuera de la zona de influencia de los corredores que ya cuentan con permisos.