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ALERTA

La recaudación por sanciones a la pesca ilegal es récord pero no frena a los buques chinos y europeos

La implementación de sistemas de monitoreo permitió aplicar sanciones por más de $4.500 millones, pero los barcos extranjeros pagan y siguen depredando.
24/08/2026 - 11:14hs
La recaudación por sanciones a la pesca ilegal es récord pero no frena a los buques chinos y europeos

La implementación de nuevos sistemas de monitoreo de buques en situación de pesca ilegal dentro de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) de Argentina le ha permitido al Gobierno nacional efectuar una recaudación inédita a partir de la aplicación de multas a buques chinos y europeos. La cifra en lo que va del año alcanza los $4.500 millones, pero el detalle está en que los barcos en infracción cubren las penalidades establecidas y siguen adelante con su labor depredadora. De esa forma, las compañías que explotan esas embarcaciones han hecho de las multas por cubrir un elemento más de la ecuación económica, por lo que se vuelve una premisa desarrollar otros tipos de sanciones que sí compliquen la operatoria de la flota extranjera cuando incursiona en Mar Argentino.

Al margen de este escenario, lo cierto es que Nación percibió miles de millones a partir de multas a buques extranjeros gracias a la fiscalización a distancia, esto es, sin la necesidad de establecer una intercepción física. El cobro efectivo de estos créditos se recuperó sin el despliegue logístico de persecución marítima en el Atlántico Sur, lo cual marca un precedente histórico para las arcas públicas.

Esta modalidad representa un cambio estructural en el control de la pesca ilegal. Así, la evidencia electrónica se consolidó como prueba jurídica suficiente, eliminando la necesidad de abordajes por patrulleros o la emisión de órdenes de captura en alta mar para sancionar a las embarcaciones extranjeras que vulneran la ZEE.

La disposición 20/2026 es la herramienta clave que sustenta este procedimiento de sanción automática. La norma fijó parámetros matemáticos y objetivos para diferenciar la libre navegación de la pesca efectiva, cerrando los grises legales que históricamente solían frenar los expedientes por discusiones procedimentales.

Según lo establecido por la regulación, cualquier buque extranjero que navegue a menos de seis nudos ejecutando giros o trayectorias compatibles con el arrastre es considerado en infracción. Para los poteros que capturan el calamar, la condición de falta se fija al registrar velocidades inferiores a dos nudos durante media hora continua de actividad dentro de la jurisdicción nacional.

Se multiplica la actividad de buques chinos y europeos

Una vez identificado el barco en posible infracción, Prefectura Naval (PNA) opera reuniendo los datos recopilados por el Sistema Guardacostas y los eleva a la autoridad de aplicación pesquera para decretar las penalizaciones correspondientes. Bajo este esquema, buques como el Bao Feng, el Bao Win, el Hai Xing 2, todos de origen chino, más el Coimbra, de Portugal, resultaron sancionados mediante el rastreo digital durante este año.

El caso del pesquero Hai Xing 2 ilustró el alcance operativo del monitoreo satelital. La embarcación fue detectada frente al Golfo San Jorge realizando maniobras de arrastre a una velocidad media de 4,3 nudos y recorriendo casi media milla en aguas nacionales.

La reconstrucción digital de su ruta, rumbo y velocidad bastó para armar el sumario administrativo sin el envío de unidades de superficie a interceptarlo. La confirmación de la infracción en aguas patagónicas derivó en que el Registro Internacional de Buques de Vanuatu, donde figuraba el barco, le retirara la matrícula.

Sin embargo, el retiro del pabellón no detuvo su esquema extractivo. La flexibilidad que caracterizan a los registros de conveniencia le permitió al Hai Xing 2 modificar su identidad para continuar operando en la región. El barco pasó a figurar matriculado bajo la bandera de Tanzania, manteniendo inalterado su número IMO de casco para el seguimiento de las autoridades nacionales.

Por ley, los montos percibidos a partir del cobro de estas penalizaciones tienen como destino directo el Fondo Nacional Pesquero. La Ley Federal de Pesca establece que hasta un 25% de estos fondos se transfiere a tareas de investigación científica a cargo del INIDEP, mientras que un 20% se asigna al equipamiento, patrullaje y control operacional de las fuerzas de seguridad.

La flota extranjera aumentó la pesca ilegal en aguas argentinas 

Pese al impacto financiero de la multa, la aplicación de la sanción económica no impide que las embarcaciones continúen con la extracción de recursos en el caladero. Una vez cubierta la penalización impuesta por el área de Pesca, tanto el Bao Feng como el Bao Win quedaron habilitados para retomar sus operaciones a partir de la milla 201.

Al tratarse de aguas internacionales, la legislación argentina carece de potestad jurídica para incautar las embarcaciones o prohibirles la libre navegación fuera de la barrera de las 200 millas. Para las grandes corporaciones pesqueras chinas, las multas multimillonarias terminan siendo absorbidas como un costo operativo más dentro de sus campañas en el Atlántico Sur.

Esta incursión constante dentro de la Zona Económica Exclusiva responde a un fenómeno estructural. En los últimos años, las flotas de origen chino y europeo elevaron un 85% la intensidad de la pesca en el borde exterior del mar argentino.

En paralelo, la estrategia de las firmas asiáticas abarca el mercado interno. Los conglomerados chinos compraron acciones en empresas pesqueras nacionales y ya controlan el 63% de la flota potera que opera legalmente bajo bandera argentina para la captura del calamar. De este modo, garantizan el dominio sobre el recurso tanto en aguas internacionales como dentro de la propia jurisdicción nacional.