Diez puntos clave para entender los alcances de la nueva ley de medios
Tras casi 20 horas de debate, el Senado aprobó en la madrugada de este sábado una nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que deroga y reemplaza la Ley de Radiodifusión vigente desde la última dictadura.
Sin sorpresas, el oficialismo alcanzó una holgada mayoría en la votación en general, por 44 votos contra 24 de la oposición y también en particular.
Los puntos principales de la nueva normativa, consignados por un matutino porteño, son.
- Divide en tercios el espacio radioeléctrico (para medios estatales, privados y organizaciones sin fines de lucro) y fija límites en cuanto a la multiplicidad de las licencias.
- No permite a una sola empresa ocupar más del 35% del mercado ni que un licenciatario de televisión por cable posea una señal de TV abierta, o viceversa.
- El texto obliga a las empresas a desprenderse de las licencias que no se encuadren en la nueva norma.
- El plazo comenzará a regir desde que la Autoridad de Aplicación "establezca los mecanismos de transición", según el artículo 161.
- El directorio de la Autoridad de Aplicación estará compuesto por siete integrantes: dos representantes del Poder Ejecutivo (uno será el presidente), dos del Consejo Federal y tres del Congreso, uno por la mayoría o primera minoría, otro por la segunda y otro por la tercera. Todos deberán contar con el aval del Ejecutivo.
- Los cargos durarán cuatro años y ese organismo también tendrá la facultad para autorizar las transferencias de las licencias.
- Además será el encargado de elaborar un registro de accionistas, mientras que el Poder Ejecutivo se reservará la adjudicación directa previo concurso, según el artículo 32 de las licencias con mayor alcance a 50 kilómetros o en las ciudades de más de 500.000 habitantes.
- La ley establece "pautas" respecto de los contenidos, deberá haber un mínimo de 70% de producción nacional para las radios y 60% para la TV abierta
- Prevé un régimen de sanciones, desde el "llamado de atención" hasta la caducidad de la licencia, por faltas que van desde "incumplimientos técnicos" hasta "actos atentatorios contra el orden constitucional o utilización de los servicios de comunicación audiovisual para incentivar(los)".
- Los licenciatarios deberán informar por Internet la pauta oficial nacional, provincial o municipal que reciban. Una vez reglamentada la ley, aparece como primer paso la conformación del Consejo Federal y luego la autoridad de aplicación.
Opción excluyente: quedarse con canal de aire o distribuidora de cable
Uno de los aspectos más controvertidos viene dado por el hecho de que la nueva Ley no permite tener –a la vez- un canal de aire y una distribuidora de señales de cable. Y, además, si la empresa se encarga de la distribución se ve limitada en la generación del contenido.
-Restricción 1: el nuevo marco obliga al Grupo Clarín a elegir entre:
- Quedarse con Canal 13 (canal de aire) o
- Cablevisión/Multicanal (distribuidora de señales).
-Restricción 2: a su vez, en el caso de optar por esta segunda opción, también deberá elegir entre quedarse con: TN, Volver, TyC o Magazine.
-Restricción 3: pero, además, al tener que cumplir con el "techo máximo" de no superar el 35% del mercado en participación de mercado, deberá ceder su excedente en la cantidad de abonados al servicio de cable.
Una situación similar ocurre con el grupo Uno (Vila-Manzano), dueños de Supercanal (distribuidora de cable) y socio en América TV y América 24. Deberá elegir entre retener la señal abierta o la distribuidora.
Medios extranjeros
Otro aspecto clave de la ley lo da el límite en la participación de grupos de capitales extranjeros.
Cabe recordar que en el país opera:
- El grupo español Telefónica (Telefé y 8 canales del interior)
- Prisa (Radio Continental y otroas)
- Los mexicanos de CIE-Rock & Pop (Rock & Pop y FM Metro)
- Canal 9, propiedad del mexicano Angel González.
En estos casos, la nueva ley los obliga a desprenderse del 70% de su paquete accionario.