iProfesional

Paso a paso: cómo cumplir con el registro online de empleadores porteños

El registro obligatorio alcanza a todos los empleadores con domicilio legal o establecimientos que estén localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
26/10/2017 - 11:12hs
Paso a paso: cómo cumplir con el registro online de empleadores porteños

La resolución 1894/2017 estableció el reempadronamiento en el "Registro de Empleadores Online" para todos los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que hayan tenido actividad en el período anual anterior, según el siguiente cronograma:

- empresas con más de 10 empleados: entre el 1 y el 31 de octubre de 2017;

- empresas que tengan entre 5 y 10 empleados: entre el 1 y el 30 de noviembre de 2017;

- empresas con hasta 4 empleados: entre el 1 y el 29 de diciembre de 2017;

El ingreso de los datos requeridos debe realizarse a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Para poder realizar el reempadronamiento se debe contar con Clave Ciudad. Existen distintas opciones para obtener la clave. Se decidió hacerlo a través de la Clave Fiscal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP):

Agregamos el servicio “Clave Fiscal Ciudad”:

A efectos de obtener la Clave Ciudad se debe agregar “e-mail” y seguir los pasos informados por el sistema:

Una vez que se ingresa a la página web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) con Clave Ciudad, se debe elegir la aplicación “TAD - Jefatura de Gabinete de Ministros”:

La opción a elegir es “Registros”, “Inscripción Registro de Empleadores”.

Documentación obligatoria a presentar

* Último formulario 931 de la AGIP.

* Constancia de inscripción en la AFIP.

Documentación optativa a presentar

* Persona jurídica: estatuto/acta de designación.

Para completar los datos de reempadronamiento se debe ingresar a la opción “Registro de empleadores”, “Completar”:

En la siguiente pantalla podemos observar los datos a completar detallados en el Anexo I de la resolución 1894/2017:

 

Una vez completo el formulario para el Registro de Empleadores, se deben subir los archivos que correspondan conteniendo el último formulario 931 y la constancia de la AFIP en los formatos que en la página se detallan.

Por último, confirmar el trámite:

Temas relacionados