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La líder de la CC también busca impedir los cortes de servicio cuando se verifique una sobrefacturación de las empresas         
24/05/2018 - 04:42hs

Mientras el Senado avanza en el debate sobre las tarifas, la diputada nacional y líder de la Coalición Cívica Elisa Carrió presentó su propio proyecto, que busca prohibir la inclusión de cargos extra en las facturas de servicios públicos, y además modifica el artículo de la Ley de Defensa del Consumidor referido a los errores de facturación, para evitar cortes de servicio.

La iniciativa de Carrió va en sintonía con otra presentada en el Senado por el jefe del bloque Pro, Humberto Schiavoni, sobre “transparencia en la facturación de servicios públicos esenciales”. Esa propuesta, impulsada desde el Gobierno, no avanzó en la Cámara alta por el rechazo de la oposición y sobre todo, de gobernadores, a eliminar impuestos de las facturas.

A pesar de ello, la cofundadora de Cambiemos oficializó este miércoles un proyecto similar, que establece modificaciones en los artículos 30 y 31 de la ley 24.240.

Según el mismo, “queda expresamente prohibido incorporar en las constancias de facturación que las empresas prestatarias de servicios públicos brindan, cualquier cargo, tasa o concepto que no responda exclusivamente a los cargos por el consumo realizado por el usuario, calculado éste según el cuadro tarifario vigente al momento de facturación”.

El texto agrega que “los únicos impuestos que podrán incluirse en el detalle de facturación serán el IVA e Ingresos Brutos en caso de corresponder”.

Por otra parte, indica que “se presume que existe error en la facturación” cuando “la empresa de servicio público domiciliario con variaciones regulares estacionales facture en un período consumos que exceden en un 75% el promedio de los consumos correspondientes al mismo período de los dos años anteriores”, pero “sin considerar los aumentos producidos por las revisiones tarifarias integrales”.

“Para el caso de servicios de consumos no estacionales -añade- se tomará en cuenta el consumo promedio de los últimos 12 meses anteriores a la facturación”.

La novedad que introduce Carrió en este aspecto es que “en ambos casos, el usuario abonará únicamente el valor de dicho consumo promedio, debiendo tomar la empresa prestataria dicho pago como válido, al menos hasta que la empresa demuestre lo contrario, quedando expresamente prohibido disponer el corte del servicio”.

“Debemos recordar que la provisión de agua, electricidad y gas resultan servicios esenciales, y la aplicación de tasas e impuestos en gran medida colocan al usuario en la obligación de pagar un importe mayor al que consumió, llegándolo a colocar en la situación de ver interrumpido el suministro de esos servicios esenciales ante la imposibilidad del pago de los mismos”, advirtió Carrió.

La legisladora afirmó que el objetivo es “proteger al consumidor de los posibles abusos y excesos en los que incurran tanto las empresas prestadoras de los servicios como las provincias y municipios, que a través de distintas leyes u ordenanzas sujetan impuestos y tasas a un porcentual de los consumos, que en muchos casos no guardan relación a los consumos reales de los usuarios”.

“Con la modificación introducida, es nuestra intención resguardar a los usuarios de los servicios esenciales, garantizando que las constancias que reciban por las prestaciones de las empresas de servicios esenciales se correspondan y guarden proporción con los consumos efectivamente realizados, y los precios guarden relación a los cuadros tarifarios correspondientes”, concluyó la diputada de Cambiemos.