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La AFIP cambia las reglas para cumplir con Ganancias y con Bienes Personales

El fisco nacional lanza un nuevo software que modifica las pautas a seguir al momento de confeccionar la declaración jurada anual 2009
25/02/2010 - 14:14hs
La AFIP cambia las reglas para cumplir con Ganancias y con Bienes Personales

Faltando poco más de mes y medio para el inicio de los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales, los particulares deberán tener en cuenta las nuevas pautas que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió implementar para la liquidación de la declaración jurada 2009.

A tal efecto, el organismo de recaudación, que conduce Ricardo Echegaray, ya publicó la resolución general (AFIP) 2770 que pone en marcha el nuevo software denominado "Ganancias Personas Fí­sicas y Bienes Personales – versión 11.0".

La nueva herramienta web reformula la tarea de confección y presentación de dichas obligaciones anuales. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí­.

Cambios
Puntualmente, el flamante cuerpo normativo establece que a partir del 19 de marzo próximo –fecha de entrada en vigencia de la resolución citada anteriormente- las personas fí­sicas "deberán utilizar la nueva versión del programa aplicativo unificado a fin de determinar Ganancias y Bienes Personales correspondientes al perí­odo fiscal 2009 y siguientes".

También se aclara que el flamante software será de uso obligatorio para "las declaraciones juradas originarias o rectificativas de los perí­odos fiscales 2007 y 2008 que se presenten a partir del 19 de marzo próximo".

En relación a la confección de las liquidaciones, los cambios serán:

  • Detallar los bienes que están alcanzados por convenios de doble imposición. También se obliga a consignar las operaciones realizadas que se encuentren amparadas bajo dichos convenios.

  • Las personas fí­sicas tendrán que precisar el monto de los impuestos análogos pagados en el exterior.

  • En el caso de poseer participación societaria alguna, el particular se verá obligado a consignar el detalle de los bienes de uso para aprovechar el cómputo de la amortización acelerada en Ganancias.

Respecto a la forma de presentación, la norma aclara que una vez confeccionadas las declaraciones juradas se tendrán que presentar "mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP".

Asimismo, los particulares podrán recurrir a su entidad bancaria de confianza para cumplir con las obligaciones anuales impositivas. "Podrán presentarse por transferencia electrónica de datos, a través de la página web del banco, con el nombre de usuario y la clave de seguridad otorgados por las respectivas entidades financieras", agrega el texto de la norma próxima a publicarse.

Por otra parte, el fisco nacional ya dio a conocer el cronograma de vencimientos a respetar por las personas fí­sicas. Quienes no posean participaciones societarias en compañí­as tendrán que presentar y pagar Ganancias y Bienes Personales durante abril próximo:

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Fuente: AFIP

En tanto, las personas fí­sicas que sean titulares de participaciones societarias, deberán cumplir con las obligaciones fiscales anuales durante mayo próximo:


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Fuente: AFIP

Ganancia Mí­nima Presunta
De igual manera, el fisco nacional ya emitió la resolución general 2768 que cambia las pautas a seguir por las compañí­as al momento de presentar la declaración anual 2009 correspondiente al Impuesto a la Ganancia Mí­nima Presunta. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí­.

El tributo alcanza los bienes del activo del paí­s que poseen las compañí­as cuando el valor total supera los $200.000. La normativa vigente especifica, además, que cuando existan activos gravados en el exterior, esa suma se incrementará en el importe que resulte de aplicarle la alí­cuota de 1% al igual que los otros bienes.

Respecto a la forma de presentación, la flamante resolución indica que a partir del 12 de abril próximo las sociedades "deberán utilizar el programa aplicativo denominado Ganancia Mí­nima Presunta – Versión 8.0 a fin de generar las declaraciones juradas originarias o rectificativas que se presenten".

También se aclara que el nuevo software será de uso obligatorio para "las declaraciones juradas originarias o rectificativas de los perí­odos fiscales 2007 y 2008 que se presenten a partir del 12 de abril próximo".

Al igual que sucede con Ganancias y Bienes Personales, las presentaciones podrán ser presentadas por transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP o del banco de confianza de la compañí­a.

En relación a la confección, el nuevo software implementa las siguientes modificaciones:

  • Se incorpora un apartado que facilita la declaración de tratarse de compañí­as que se encuentren o hayan atravesado un proceso de reorganización de sociedades.

  • También se deberán detallar los bienes alcanzados por leyes que establecen exenciones impositivas.

  • Por otra parte, se habilita la carga del detalle de certificados de impuestos análogos pagados en el exterior.

El calendario de vencimientos a respetar por las compañí­as es el siguiente:

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Fuente: AFIP

De esta manera, la AFIP estableció las nuevas reglas de juego para cumplir con las presentaciones anuales 2009 de Ganancias, Mí­nima Presunta y Bienes Personales.

Hernán Gilardo
©iProfesional.com