La AFIP cambia las reglas para cumplir con Ganancias y con Bienes Personales
Faltando poco más de mes y medio para el inicio de los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales, los particulares deberán tener en cuenta las nuevas pautas que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió implementar para la liquidación de la declaración jurada 2009.
A tal efecto, el organismo de recaudación, que conduce Ricardo Echegaray, ya publicó la resolución general (AFIP) 2770 que pone en marcha el nuevo software denominado "Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – versión 11.0".
La nueva herramienta web reformula la tarea de confección y presentación de dichas obligaciones anuales. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.
Cambios
Puntualmente, el flamante cuerpo normativo establece que a partir del 19 de marzo próximo –fecha de entrada en vigencia de la resolución citada anteriormente- las personas físicas "deberán utilizar la nueva versión del programa aplicativo unificado a fin de determinar Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2009 y siguientes".
También se aclara que el flamante software será de uso obligatorio para "las declaraciones juradas originarias o rectificativas de los períodos fiscales 2007 y 2008 que se presenten a partir del 19 de marzo próximo".
En relación a la confección de las liquidaciones, los cambios serán:
- Detallar los bienes que están alcanzados por convenios de doble imposición. También se obliga a consignar las operaciones realizadas que se encuentren amparadas bajo dichos convenios.
- Las personas físicas tendrán que precisar el monto de los impuestos análogos pagados en el exterior.
- En el caso de poseer participación societaria alguna, el particular se verá obligado a consignar el detalle de los bienes de uso para aprovechar el cómputo de la amortización acelerada en Ganancias.
Respecto a la forma de presentación, la norma aclara que una vez confeccionadas las declaraciones juradas se tendrán que presentar "mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP".
Asimismo, los particulares podrán recurrir a su entidad bancaria de confianza para cumplir con las obligaciones anuales impositivas. "Podrán presentarse por transferencia electrónica de datos, a través de la página web del banco, con el nombre de usuario y la clave de seguridad otorgados por las respectivas entidades financieras", agrega el texto de la norma próxima a publicarse.
Por otra parte, el fisco nacional ya dio a conocer el cronograma de vencimientos a respetar por las personas físicas. Quienes no posean participaciones societarias en compañías tendrán que presentar y pagar Ganancias y Bienes Personales durante abril próximo:

Fuente: AFIP
En tanto, las personas físicas que sean titulares de participaciones societarias, deberán cumplir con las obligaciones fiscales anuales durante mayo próximo:

Fuente: AFIP
Ganancia Mínima Presunta
De igual manera, el fisco nacional ya emitió la resolución general 2768 que cambia las pautas a seguir por las compañías al momento de presentar la declaración anual 2009 correspondiente al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.
El tributo alcanza los bienes del activo del país que poseen las compañías cuando el valor total supera los $200.000. La normativa vigente especifica, además, que cuando existan activos gravados en el exterior, esa suma se incrementará en el importe que resulte de aplicarle la alícuota de 1% al igual que los otros bienes.
Respecto a la forma de presentación, la flamante resolución indica que a partir del 12 de abril próximo las sociedades "deberán utilizar el programa aplicativo denominado Ganancia Mínima Presunta – Versión 8.0 a fin de generar las declaraciones juradas originarias o rectificativas que se presenten".
También se aclara que el nuevo software será de uso obligatorio para "las declaraciones juradas originarias o rectificativas de los períodos fiscales 2007 y 2008 que se presenten a partir del 12 de abril próximo".
Al igual que sucede con Ganancias y Bienes Personales, las presentaciones podrán ser presentadas por transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP o del banco de confianza de la compañía.
En relación a la confección, el nuevo software implementa las siguientes modificaciones:
- Se incorpora un apartado que facilita la declaración de tratarse de compañías que se encuentren o hayan atravesado un proceso de reorganización de sociedades.
- También se deberán detallar los bienes alcanzados por leyes que establecen exenciones impositivas.
- Por otra parte, se habilita la carga del detalle de certificados de impuestos análogos pagados en el exterior.
El calendario de vencimientos a respetar por las compañías es el siguiente:

Fuente: AFIP
De esta manera, la AFIP estableció las nuevas reglas de juego para cumplir con las presentaciones anuales 2009 de Ganancias, Mínima Presunta y Bienes Personales.
Hernán Gilardo
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