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Padres apelaron fallo que obligaba al Gobierno porteño a suspender las clases presenciales

Con esta apelación, lo actuado por el juez federal Furnari, que dictó la inhibitoria de la Cámara porteña, no está firme. Cómo sigue el proceso judicial
22/04/2021 - 07:49hs
Padres apelaron fallo que obligaba al Gobierno porteño a suspender las clases presenciales

Los padres de los alumnos y la ONG que habían motorizaron la demanda en la justicia porteña para sostener las clases presenciales a pesar de la segunda ola de Covid-19, y que el domingo consiguieron un fallo a favor y en contra del DNU del presidente Alberto Fernández, apelaron el fallo del martes del juez en lo Contencioso Administrativo Federal Esteban Furnari que invalidaba el fallo local y dejaba en pie la decisión del Ejecutivo nacional sobre este conflicto.

Con esta apelación, el fallo del juez Furnari no está firme y deberá resolver sobre esas apelaciones de actores que, hasta ahora, no estaban en el expediente, por lo que la Corte Suprema le remitió el expediente que el propio Furnari le había enviado para que conteste la cuestión.

Fuentes judiciales consideraron que el magistrado se mantendrá en su postura, por lo que el caso deberá tratarse en apelación en un tribunal superior, trámite que llevará su tiempo.

La causa en la justicia federal se abrió el mismo lunes horas después del fallo de la Cámara porteña, cuando el Procurador del Tesoro Carlos Zannini se presentó para que se declare la inhibitoria de la Justicia de la Ciudad y la invalidez de lo decidido por ese tribunal, que falló a favor de la presencialidad en las clases en el distrito.

Apelaron fallo que obligaba a suspender las clases presenciales

El martes por la noche, Furnari decidió declarar la inhibitoria de la justicia porteña con duras críticas y resaltando que el tema correspondía al fuero federal. Dijo que un tribunal local no podía opinar sobre un DNU del Gobierno nacional porque no era su competencia y al hacerlo habló de la "confusión e incertidumbre" generada en la sociedad.

No obstante, dispuso que el caso pasara a la Corte por entender que ése era el tribunal competente para actuar en un conflicto legal entre Nación y Ciudad.

Apelaron fallo que obligaba a suspender las clases presenciales
Apelaron fallo que obligaba a suspender las clases presenciales

Conocida esa decisión judicial, el jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta anunció que continuaban las clases presenciales porque esperaban la respuesta del Máximo Tribunal, lo que generó que desde el oficialismo se lo acusara de desobediencia e incluso se radicaran varias denuncias en su contra en Comodoro Py por incumplir una manda judicial.

En medio de este galimatías judicial fue que se presentaron en la justicia federal dos apelaciones: una de la ONG "Fundación Centro de Estudios en Políticas Publicas" y otra de un grupo de padres, que eran los que habían llevado la causa a la justicia porteña, para impugnar el fallo "en el marco de la inhibitoria".

"La intervención del juez (Furnari) estaba limitada a pronunciarse sobre su competencia para conocer en los procesos que tramitan ante el fuero local (Contencioso Administrativo, Tributario y de las Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), existiendo única y exclusivamente dos alternativas: declarar su competencia o rechazar el pedido de inhibitoria efectuado", sostuvo una de las presentaciones.

"Resulta llamativo que el magistrado interviniente haya obviado incluso el hecho de que el GCBA, conforme lo manifestó la Procuración General en medios masivos de comunicación, pusiera en su conocimiento -antes de que dictara el fallo- tal situación, avanzando de todas formas del modo en que lo hizo, contrariando toda regla de Derecho", añade.

La presentación también sostuvo que "el fuero federal no actúa como instancia de apelación o fuero superior a otro. Es un fuero que entiende en determinada materia y asuntos reglados por la Constitución y normas infraconstitucionales. Si se admitiera su ubicación por encima de otros, sin hesitación alguna, habría que imponer como verdad legal irrefutable que estaría alterando el sistema de organización judicial, tal y como se encuentra diagramado en nuestro país"

Clases presenciales: los fallos
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Los apelantes afirmaron que "sin lugar a dudas, el actuar de V.S. altera de plano la garantía de seguridad jurídica, así reconocida por la CSJN, con todo lo que ello trae aparejado en un clima de incertidumbre de la comunidad educativa como el que se está viviendo". Y por ello afirmaron que se impone "la nulidad de la resolución dictada" porque presenta "defectos ostensibles y mayúsculos que la hacen impropia e inválida como acto jurisdiccional válido".

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