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Las facultades delegadas en medio de la disputa por la Ley ómnibus: ¿qué dice la Constitución Nacional?

En medio de las idas y vueltas por el debate de la Ley ómnibus del Presidente, se escuchó de manera recurrente el término "facultades delegadas": ¿qué son?
31/01/2024 - 11:03hs
Las facultades delegadas en medio de la disputa por la Ley ómnibus: ¿qué dice la Constitución Nacional?

Facultades delegadas, es una frase que resuena hace semanas en torno al debate de la Ley ómnibus que los diputados comenzaron a debatir este miércoles 31 de enero. ¿Por qué este punto genera tanto debate entre los funcionarios -y entre los ciudadanos en las redes sociales-? Es trata del capítulo que mayor punto de disidencia tiene en el debate. 

Ley ómnibus: qué facultades legislativas pide el Ejecutivo

En el proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, tras las modificaciones, se redujeron las delegaciones de 11 facultades del Congreso al Presidente a 9. Las mismas son en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de salud, tarifaria, energética y administrativa. Mientras que se eliminó la seguridad y la defensa. Sin embargo, algunos diputados de los bloques dialoguistas "quieren votar en contra de la tarifaria y la energética", según indicaron a iProfesional.

Antes de ingresar al Congreso, José Luis Espert sostuvo que "esta no es una ley ómnibus desguazada, es la ley que todos los representantes del pueblo argentino han decidido para el pueblo argentino". Y sentenció: "Hemos llegado a un acuerdo con las facultades delegadas, así que la ley se va a sancionar en general. Hemos llegado un consenso y lo más probable es que la ley sea aprobada con algunas modificaciones que van a ser sugeridas hoy".

Al mismo tiempo que sostuvo que a Javier Milei "le va a quedar la facultad delegada en materia energética, en materia sanitaria, en materia económica y en materia de seguridad". 

Las facultades delegadas en medio de la disputa por la Ley ómnibus: ¿qué dice la Constitución Nacional?

¿Qué dice la Constitución sobre las facultades delegadas?

En el artículo 76 se "prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública". Y también establece que este traspaso de poder debe ser "con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca".

Pero, ¿qué son las facultades ahora Javier Milei pide al Congreso? "La delegación legislativa es la habilitación excepcional y limitada que el Congreso puede conferir al Poder Ejecutivo para que este ejerza temporalmente algunas de las facultades legislativas que la Constitución otorga al Poder Legislativo. El Congreso conserva la titularidad de la facultad legislativa delegada, puede ejercerla mientras transcurre el plazo de la delegación e incluso puede reasumirla anticipadamente derogando la ley mediante la cual se otorga", detalla Alfonso Santiago (h), constitucionalista, en la página web de la Cámara de Diputados.

Y estas solicitudes se hacen al argumentar que "la demanda normativa que requiere el adecuado funcionamiento de los sistemas políticos contemporáneos, no puede ser adecuadamente atendido por el procedimiento ordinario de sanción de las leyes, dada la cantidad y complejidad técnica, y la rapidez de respuesta normativa que es necesaria para el eficaz desenvolvimiento de la vida política en nuestros días".

Si este capítulo de la Ley ómnibus es aprobado, Javier Milei podrá, con su firma y la de Nicolás Posse -Jefe de Gabinete- ejercer funciones legislativas a través de decretos, que respeten "las bases de la delegación" que se definió en la ley aprobada por el Congreso. El tratamiento de estos decretos es similar al que reciben los DNU, ya que están regulados por la ley 26.122.

Esto determina que dentro de los 10 días desde que se dictó el decreto, el Jefe de Gabinete debe enviarlo a la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, y esta debe pronunciarse sobre la procedencia formal y la adecuación del decreto a la materia y a las bases de la delegación, y al plazo fijado, no a la conveniencia del decreto. Luego, con el dictamen debe ser elevado al plenario de cada cámara para su "expreso tratamiento". Vale aclarar, que para que este decreto "caiga" debe ser rechazado por ambas cámaras del Congreso.

Antecedentes de este tipo de delegaciones

Esta no es la primera vez que un presidente argentino solicita al Congreso que le deleguen facultades, pero sí es la primera vez que esa solicitud abarca tantas áreas. Las figuras, que previo a Javier Milei, pidieron al Poder Legislativo poderes para generar leyes sin que sea tratado por estos fueron Eduardo Duhalde y Alberto Fernández. 

En el caso del presidente del 2002, en el marco de la crisis económica del año anterior, Duhalde pidió la delegación de facultades para tomar medidas en lo que respecta al régimen cambiario. La misma tenía vigencia hasta diciembre del 2003, pero tanto Néstor Kirchner como Cristina Fernández lo extendieron hasta finales del 2017. Y en 2020, se le da las mismas facultades a Fernández en el marco de la pandemia de coronavirus con la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

¿Por qué se pide la delegación de estas facultades? Porque se considera que los plazos del proceso legislativo lleva un tiempo que no es el necesario para atender a las emergencias señaladas. Pero lo que se reclama a Javier Milei es la cantidad de áreas que enumera en la Ley ómnibus.  

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