Milei sugirió que hay que reformar la Carta Orgánica del BCRA en su disertación en la Fundación Faro
El Presidente de la Nación Javier Milei dio un fuerte discurso ayer en la cena organizada por la Fundación Faro. Milei llegó acompañado por la secretaria General Karina Milei y el Jefe de Gabinete Manuel Adorni. También estuvieron el nuevo vocero, Adrián Ravier, el secretario de Medios, Fabián Fernández y el vicepresidente del BCRA Vladimir Werning.
Milei arrancó hablando del crecimiento del 2,7% del PBI en el primer trimestre del año, habló de un "milagro económico" y dijo que si no se hubiese producido la corrida cambiaria del año pasado por la incertidumbre política de las elecciones de medio término, el PBI estaría creciendo al 7% anual.
En el medio de su discurso habló de las 16.000 desregulaciones a cargo del ministro de Transformación y Desregulación Federico Sturzenegger, a quien elogió junto a la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.
También se refirió al déficit fiscal cero, a la reducción de 15 puntos del PBI del déficit cuasifiscal del BCRA, a la creación del BCRA en 1.935 y además planteó que hay que empezar a ver cómo reformar la Carta Orgánica del BCRA, algo que sorprendió a los más de 500 empresarios que lo escuchaban en el gran salón del Yacht Club de Puerto Madero.
Lo hizo luego de recitar prácticamente el artículo 1 de la vieja Carta Orgánica del BCRA y fustigó a la ex Presidente del BCRA Mercedes Marcó del Pont, quien en el 2.012 junto al entonces viceministro de Economía Axel Kicillof reformaron la Carta Orgánica del BCRA y en particular ese artículo.
Milei propone reformar la Carta Orgánica del BCRA para frenar la manipulación política
En su discurso Milei manifestó: "la verdad es que con tantas reformas que hicimos deberíamos empezar a analizar una reforma de la Carta Orgánica del BCRA para que los políticos no nos sigan estafando con la moneda como lo han hecho desde 1.935 cuando se creó el BCRA. Antes de su creación la inflación era del 0,9% anual y luego pasó al 6% anual pero nosotros vamos a seguir bajando la inflación y la vamos a pulverizar".
En lo que respecta a las futuras modificaciones que podría hacer el Gobierno hay que destacar que el 28 de marzo de 2012 fue publicada en el Boletín Oficial la Ley N° 26.739, que efectúa reformas a la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, aprobada por la Ley N° 24.144 (la "Carta Orgánica") y a la Ley N° 23.928, de Convertibilidad (la "LC").
Qué cambios introdujo la reforma de 2012 impulsada por Kicillof
Estas modificaciones se pueden agrupar en dos grandes ejes: por una parte, se introdujeron reformas relativas a las funciones y atribuciones del BCRA en su carácter de órgano de regulación y control del sistema financiero; por otra parte, se ampliaron las posibilidades del Gobierno de financiarse por medio del BCRA, algo que ha frenado el Gobierno de Milei.
Entre las principales modificaciones introducidas por la Ley N° 26.739 se pueden citar:
- Finalidad del BCRA: Hasta esa reforma, la "función primaria y fundamental" de la entidad según la Carta Orgánica era "preservar el valor de la moneda". A partir de esos cambios el BCRA deberá cumplir con un mandato múltiple, en tanto también tendrá por finalidad: "preservar el valor de la moneda, promover la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social"
- Relación del BCRA con el PEN y el Congreso Nacional: El texto reformado caracteriza al BCRA como una "entidad autárquica". Se mantienen, igualmente, las previsiones de la Carta Orgánica según las cuales la entidad (i) en el ejercicio de sus funciones y facultades, no se encontrará sujeta a instrucciones del PEN, y (ii) no podrá asumir obligaciones que impliquen restringir delegar sus facultades sin autorización expresa del Congreso. De todos modos, se establece que el Banco Central deberá actuar "en el marco de las políticas establecidas por el Gobierno Nacional"
- Obligaciones y atribuciones de información del BCRA: Las reformas limitan la difusión de información por parte de la entidad. En este sentido, se eliminan (i) la obligación de informar la meta de inflación anual; (ii) la atribución de publicar estadísticas sobre los balances de pagos y las cuentas nacionales de la República Argentina; y (iii) la obligación de reflejar en su balance y estados contables el monto y composición de las reservas y de la base monetaria
- Funciones y atribuciones del BCRA: Se asignan nuevas funciones y atribuciones a la entidad. Entre ellas, cabe mencionar las siguientes: (i) regular la cantidad de dinero y las tasas de interés, y orientar el crédito; (ii) regular los sistemas de pago, las cámaras liquidadoras y compensadoras, las remesadoras de fondos y las empresas transportadoras de caudales; y (iii) proveer a la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros y a la defensa de la competencia
Cómo se ampliaron las facultades del Presidente y el Directorio del BCRA
La reforma fortaleció las facultades del titular de la entidad. En este sentido: (i) se pone a su cargo la actuación de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (que deja de ser un órgano desconcentrado); (ii) se lo faculta a operar directamente en los mercados monetario y cambiario (hasta la reforma, esta atribución estaba a cargo del Directorio) y (iii) se amplían sus facultades decisorias en situaciones de urgencia.
En la reforma se reconocen en forma expresa nuevas facultades regulatorias al Directorio, tales como las de: (i) establecer el régimen informativo y contable para las entidades sujetas a la supervisión del BCRA; (ii) regular las condiciones del crédito y orientar su destino; (iii) dictar normas que preservan la competencia en el mercado financiero, y (iv) regular la obtención, por parte de las entidades financieras, de recursos en moneda extranjera y a través de títulos negociables.
En lo que respecta al Financiamiento del Gobierno Nacional por medio del BCRA hay que destacar:
"Adelantos transitorios": La reforma de la Carta Orgánica amplía sustancialmente la posibilidad del Banco Central de otorgar "adelantos transitorios" al Gobierno Nacional. Según el texto anterior a esta reforma, el BCRA podía otorgarle adelantos por un plazo de doce meses, sin asignación.
El texto reformado mantiene la posibilidad de otorgar adelantos hasta los topes antes mencionados y dispone que, además, con "carácter excepcional" podrá otorgarse adelantos "adicionales" por hasta otro 10% de los recursos en efectivo obtenidos por el Gobierno Nacional en los últimos doce meses, por un plazo de dieciocho meses.
Asimismo, se eliminó el requisito de asignación específica antes mencionado, por lo que la totalidad de los "adelantos transitorios" podrán ser destinados a la finalidad que decida el Gobierno Nacional.
Determinación y aplicación de reservas "de libre disponibilidad": Las reformas a la LC eliminan la exigencia de que las reservas del BCRA se encuentren afectadas a respaldar hasta el 100% de la base monetaria.
A partir de la entrada en vigencia de la nueva norma, el Directorio del BCRA determina el nivel de reservas necesario para ejecutar la política cambiaria, tomando en consideración la evolución de las cuentas externas. En consecuencia, las "reservas de libre disponibilidad" ya no serán aquellas que excedan el número necesario para respaldar hasta el 100% de la base monetaria, sino todas aquellas reservas que excedan el nivel considerado necesario por el Directorio para ejecutar la política cambiaria.
La reforma a la LC también amplía el ámbito de aplicación de las reservas "de libre disponibilidad". Además del pago de obligaciones con organismos financieros internacionales, según el nuevo texto legal las reservas "de libre disponibilidad" también podrán ser aplicadas al pago de "deuda externa oficial bilateral". Este último concepto comprende la deuda mantenida por la República Argentina con los acreedores reunidos en el denominado "Club de París".
Fondo del Desendeudamiento Argentino: Este Fondo fue creado mediante el Decreto N° 298/2010 para atender el pago de deuda pública externa en manos de tenedores privados y se integra con las reservas "de libre disponibilidad" que se fijen para cada ejercicio (que para el 2.010 alcanzaron unos casi 6.000 millones de dólares) y provocaron la salida del entonces Presidente del BCRA Martín Redrado, que se negó a entregárselas al Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. La Ley N° 26.739 dispone que este Fondo subsistirá hasta el cumplimiento del objeto para el cual fue instituido.
En relación a una futura reforma de la CO del BCRA, el FMI en su último staff report de la aprobación de la segunda revisión sostiene que sería importante realizar en el futuro una reforma a la actual CO del BCRA, algo en lo que el equipo económico.