¡Se suma otro producto a la lista!: conocé qué alimento fue prohibido por ANMAT
El organismo de control nacional comunicó su decisión a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial
11/07/2018 - 16:00hs
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso este miércoles la prohibición de comercialización de un producto alimenticio. Se trata del artículo con el nombre de “Miel Pura”, marca, El Picaflor, cosecha año 2018, consumir preferentemente antes de 24 meses de fecha de envasado, RNP: en trámite, RNE: en trámite, fraccionado por Estab. Apícola El Picaflor, San Agustín (Pcia. de Córdoba). El inconveniente se centra en que “no cumple la normativa alimentaria vigente, por lo que por Orden N° 16/2018 establece la alerta alimentaria y ordena la prohibición de elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización, exposición, y en su caso, decomiso, desnaturalización y destino final del citado producto”, según establece la Disposición 6920/2018, publicada en el Boletín Oficial (BO).
La investigación se inició a raíz de que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSA) informó a ANMAT las acciones realizadas en relación al producto en cuestión. ASSAI consultó a la autoridad sanitaria de la provincia de Córdoba, lugar de origen del producto, quien informó que esta marca de miel en particular no estaba registrada.
El artículo se encuentra en infracción de la normativa vigente, establecida por el Código Alimentario Argentino (CAA), dado que carece de autorización de producto y de establecimiento. En consecuencia, es ilegal y fue imprescindible proceder a su prohibición.
Asimismo, ANMAT informa que “por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”
Por último, la Disposición señala la necesidad de comunicar la decisión a las autoridades provinciales, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), entre otras entidades relacionadas a la venta de alimentos. El objetivo es poner en conocimiento a todas las instituciones relacionadas al área alimentaria y gastronómica para evitar que consuman, vendan o elaboren otros productos en base al artículo prohibido.
Te puede interesar
Cinco preguntas a responder para hacer tu vida más saludable
La investigación se inició a raíz de que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSA) informó a ANMAT las acciones realizadas en relación al producto en cuestión. ASSAI consultó a la autoridad sanitaria de la provincia de Córdoba, lugar de origen del producto, quien informó que esta marca de miel en particular no estaba registrada.
El artículo se encuentra en infracción de la normativa vigente, establecida por el Código Alimentario Argentino (CAA), dado que carece de autorización de producto y de establecimiento. En consecuencia, es ilegal y fue imprescindible proceder a su prohibición.
Asimismo, ANMAT informa que “por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”
Te puede interesar
7 síntomas que pueden indicar intolerancia al gluten o celiaquía
Por último, la Disposición señala la necesidad de comunicar la decisión a las autoridades provinciales, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), entre otras entidades relacionadas a la venta de alimentos. El objetivo es poner en conocimiento a todas las instituciones relacionadas al área alimentaria y gastronómica para evitar que consuman, vendan o elaboren otros productos en base al artículo prohibido.
Nota relacionada