• 15/1/2026
ALERTA

Alerta ANMAT: estos gels y cremas quedan prohibidos por falta de registro

Se trata de productos que no contaban con los datos completos de inscripción sanitaria en su rotulado, incumpliendo la normativa vigente
15/01/2026 - 10:33hs
Alerta ANMAT: estos gels y cremas quedan prohibidos por falta de registro

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso y comercialización de varios productos cosméticos ilegítimos al comprobarse que no contaban con los datos de inscripción sanitaria en su rotulado.

Geles y cremas sin inscripción sanitaria: ANMAT prohíbe su comercialización

A través del área de Cosmetovigilancia del Servicio de Productos Cosméticos e Higiene Personal, se recibió por mail varias denuncias referidas a la comercialización indebida de productos cosméticos denominados "Geles neutros" y "Cremas bases cosméticas" bajo las marcas Quifam, Vepo, Ecotidy, Activa Lab, y Nameco, las que al momento de la denuncia no contaban con inscripción sanitaria ante la ANMAT.

Con las denuncias recibidas, se dio inicio a una investigación, en la cual se determinó los productos cosméticos que son alertados por dicha Administración:

  • Gel Neutro para todo tipo de aparatología, marca QUIFAM
  • Crema Base neutra hidrosoluble, marca QUIFAM
  • Gel Neutro multifunción, marca ECOTIDY
  • Gel Neutro multifunción, marca VEPO
  • Crema Base, sin acción terapéutica, marca VEPO
  • Gel Neutro, marca ACTIVA LAB
  • Gel Neutro, marca NAMECO
  • Crema Base Neutra, marca NAMECO

Se constató que dicho productos eran vendidos por Mercado Libre, sin que pudieran ser identificados en la base de datos de cosméticos inscriptos.

"Esta falta de inscripción implica que no se conoce el establecimiento a cargo de su elaboración, por lo que resulta imposible brindar garantías sobre su seguridad y eficacia", explicaron en el comunicado.

ANMAT impone restricción total

Frente a las irregularidades, el titular de la ANMAT, Luis Eduardo Fontana, dispuso la prohibición el uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el territorio nacional de dichos productos.

"La medida aplica para todas las presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos, ya que al no estar inscriptos se trata de productos ilegítimos", destaca el escrito.

El por qué de la inhabilitación a once laboratorios 

Nueve laboratorios fueron inhabilitados por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) luego de que se constató que ninguno respetaba el requisito obligatorio establecido en la Ley Nº16.463.

En el marco de un control que realiza el Registro de Inscripción de Establecimientos, la ANMAT anunció este lunes que se inhabilitaron nueve laboratorios por no contar con un director técnico designado, así como, en algunos casos, tampoco poseían certificados inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM).

En el escrito, se destaca que, ante la recomendación del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME), la ANMAT dispuso la baja de habilitación de los establecimientos en cuestión "a fin de proteger la salud pública, garantizando que solo se encuentren habilitados establecimientos que cumplan con los requisitos técnicos, profesionales y regulatorios establecidos por la normativa vigente".

Laboratorios inhabilitados:

  1. Correo Oficial de la República Argentina S.A.: se encontraba habilitado como acondicionador secundario de especialidades medicinales exclusivamente para trazabilidad.
  2. Drogueria Eurofarma S.A: se encontraba habilitado como Importador/exportador de ingredientes farmacéuticos activos de síntesis química, sin fraccionamiento.
  3. Jacobo David Sapoznikow: estaba habilitado como laboratorio de especialidades medicinales según resolución n° 223/96 para formas farmacéuticas y tipo de productos que requieran controles biológicos y microbiológicos exclusivamente.
  4. Par Sol Laboratorios S.A: estaba inscripto como elaborador de especialidades medicinales en las formas farmacéuticas de gran volumen.
  5. Spedrog Caillon S.A.I.C: estaba habilitado como laboratorio de especialidades medicinales en las formas farmacéuticas de líquidos no estériles sin principios activos betalactámicos, ni citostáticos, ni hormonales, importador y exportador de especialidades medicinales.
  6. Laboratorios Apolo S.A: se encontraba habilitado como elaborador de especialidades medicinales en las formas farmacéuticas de inyectables líquidos de pequeño volumen y soluciones parenterales de gran volumen en ambos casos únicamente en sachets con autoclavado terminal (planta ubicada en la calle Alem N° 2967, ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe); depósito de producto terminado y envase primario y secundario en cuarentena (ubicado en la calle Alem N° 2959, ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe); y depósito de producto terminado (ubicado en la calle Amenábar N° 443, ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe).
  7. Lab. Factory Solution S.A.: estuvo habilitado como acondicionador primario de especialidades medicinales en blisters en las formas farmacéuticas de comprimidos, comprimidos recubiertos, cápsulas blandas y rígidas, en todos los casos sin principios activos betalactámicos, ni citostáticos ni hormonales. acondicionador secundario de especialidades medicinales.
  8. Laboratorio Redia S.A: se encontraba habilitado como laboratorio elaborador importador y exportador de productos o preparaciones radiofarmaceuticas; representantes de Frederic Joliot Curie National Research Institute for Radiobiology and Radio Higiene
  9. Lemax Laboratorios S.R.L.: estaba habilitado como elaborador de especialidades medicinales bajo las formas farmacéuticas de líquidos no estériles, sin principios activos betalactámicos, ni citostáticos, ni hormonales, ni biológicos; y soluciones para nebulizar.
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