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ALERTA

El fallo de Taringa reaviva el debate sobre la propiedad intelectual en Internet

Carlos Pallotti, de la Fundación Clementina, explica en esta nota las repercusiones que tendrá la condena al sitio de intercambio de archivos
13/05/2011 - 18:45hs
El fallo de Taringa reaviva el debate sobre la propiedad intelectual en Internet

hace una semana se difundió el fallo que dio la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, confirmando el procesamiento de los propietarios de Taringa, el popular y muy usado portal de difusión e intercambio, por violar los derechos de autor.

Mas allá de los aspectos jurídicos del fallo, que dejo librado a los profesionales del derecho, creo que el tema debería llevarnos a plantearnos como sociedad qué clase de respeto por las leyes existentes queremos tener y cómo analizamos el impacto que los nuevos medios digitales tienen por la difusión en Internet.

Aquí no se trata del debate sobre software libre o propietario, porque en suma  ambas son modalidades que responden  modelos de negocios diferentes y competitivos entre si.

En esos casos el autor puede decidir si permite la libre difusión o cobra por ella, apuntando a ventajas en uno u otro sentido.

Aquí por el contrario se plantean dos debates diferentes aún no suficientemente expuestos ante la sociedad.

Por un lado, que hacemos con el apego a la ley, porque si existe una ley de propiedad intelectual que protege a los autores –mas especialmente a los argentinos-, el debate es si estamos dispuestos a acatarla.

O caso contrario cambiarla si no puede aplicarse. No podemos decir que protegemos, cuando en realidad florecen los vendedores de CD truchos por doquier y miramos para otro lado. O tenemos una ley y la respetamos, o cambiémosla si no creemos que esta sirva.

El segundo gran debate es, que tan culpables son los portales que nos remiten a acceder a información que debería estar protegida o que se ofrece de una manera libre cuando no lo es.

Y aquí ya no se trata del debate en particular sobre Taringa, que es un sitio donde mucha gente (yo incluido), intercambiamos experiencias, soluciones y conocimientos, sino de manera genérica por ser el portador del posible delito.

Para buscar un ejemplo, si en algunos puestos de un mercado tan interesante para analizar como es La Salada, se venden mercaderías con marcas no autorizadas, ¿se debe penar también el propietario del predio, ya que expresamente hace publicidad de lo barato que sale comprar allí?.

Ya hace un tiempo salieron algunos fallos en contra de buscadores como Google o Yahoo, por información supuestamente no autorizada, pero no es el caso… en suma ellos serían los taxistas que nos ayudan a encontrar el predio, pero no el predio en sí mismo.

En la medida que estos debates no se produzcan la sociedad cree que tiene derechos adquiridos por donde no los tiene, y además habilita para que muchos productores apliquen derechos abusivos, solo por usar una reglamentación que tal vez no los contemple adecuadamente.

En suma, hay una ley de derecho de propiedad intelectual y tratados internacionales firmados por nuestro país en el mismo sentido. Y si existe reglamentación tendremos que cumplirla.

Cada autor debería decidir de acuerdo a su modelo de negocios qué quiere hacer con sus obras, y mas aún, el propio estado determinar qué cosas deberían entrar en el mundo de libres y gratuitas. Pero no la sociedad adquirir derechos que no les ha sido conferido por los legisladores.

Un último ejemplo es el de Fútbol para Todos, la posibilidad que da el Estado que cualquier persona con acceso a la televisión pública pueda ver los partidos de manera gratuita. El Estado libera esto, pero para aquellos canales con quienes ha hecho acuerdos. Es libre para ser transmitidos por estas emisoras, pero por decisión del dueño de la imagen, que no es otra cosa que el propio Estado argentino. Pero no es libre para transmitirse por cualquier medio, ni está autorizado cualquiera a apropiárselos sin mediar autorización alguna.

Es justo que quien trabajó para crear una obra de su intelecto, y que decide ponerla en consideración a un costo, pueda percibir lo que el pide por ella. Luego la sociedad puede decidir si le parece excesivo o no del costo, y mas aún que el propietario no venda ni una sola unidad dado que exige un valor que la obra tal vez no lo valga. Pero no puede ser que se le apropien de sus derechos protegidos por una ley. Al fin una sociedad se rige por leyes, o sería el reino de la selva.

Y por supuesto que conozco los conflictos  por las prácticas monopólicas y depredadoras de muchas empresas y productoras. Solo que aquí no estamos hablando de eso. Y si así fuera, tambien es un debate que nos debemos, como las regulamos y reglamentamos. Lo contrario es vivir en un limbo jurídico donde parece que son valederas muchas cosas que no lo son.

Por lo que celebraré si este fallo despierta la saludable práctica del debate de ideas. Si no lo hace, será solo un juicio mas, contra un portal donde es posible encontrar, entre muchas otras cosas muy útiles, links puestos por sus usuarios para descargas gratis de obras que no lo son.

Carlos Pallotti es presidente de la Fundación Clementina y fue miembro y autoridad de entidades sectoriales de software y servicios informáticos.