La UE quiere que los datos de Internet se guarden por seis meses
Los directores y comisarios de Protección de Datos de la Unión Europea aprobaron un dictamen que determina que los proveedores de servicios de telefonía e Internet deberían retener los datos de los usuarios un máximo de 12 y 6 meses, respectivamente.
Este dictamen es parte del proceso de una posible futura directiva que obligará a los operadores a retener datos sobre el tráfico, como parte de un plan de acción contra el terrorismo.
Los funcionarios forman parte del grupo consultivo que tiene que pronunciarse sobre todas las propuestas normativas europeas que afecten al derecho a la protección de datos personales y cuya presidencia está ocupada en la actualidad por la Agencia española, según informó esta última en una nota.
El grupo acaba de dictaminar la propuesta de Directiva de la Comisión Europea que pretende que se retengan los datos telefónicos y de Internet "con fines de investigación policial, en particular por delitos de terrorismo y crimen organizado".
Esta medida, asegura la Agencia Española de Protección de Datos en su comunicado, "está siendo reclamada urgentemente" por los responsables gubernamentales de la UE y se espera que antes de finalizar el año exista un instrumento normativo comunitario que permita armonizar las legislaciones de los distintos países en esta materia.
El grupo que ha elaborado el dictamen entiende que aunque la retención de datos se refiere a los de tráfico de las comunicaciones y no a su contenido, "se deben definir con precisión las categorías" de los mismos.
"Carácter excepcional'
En su opinión, cualquier restricción que afecte el derecho fundamental de protección de datos y, en particular, a la confidencialidad de la comunicaciones personales, "es una medida de carácter excepcional y no de aplicación general" por lo que proponen que la directiva tenga una vigencia máximo de tres años y que posteriormente se evalúe su utilidad.
Recomiendan la previsión de la intervención judicial para el acceso a la información derivada de la retención y que haya controles de acceso.
La Agencia Española de Protección de Datos considera que "hay garantizar el derecho fundamental a la protección de datos buscando un equilibrio entre éste y el derecho a la protección y seguridad frente al terrorismo.
Proyecto argentino
En la Argentina, la polémica por la guarda de datos personales y de navegación y e-mail de los usuarios saltó este año y tuvo un final en la Justicia el 16 de junio con un fallo que declaró inconstitucionales las normas que permitían el espionaje en Internet.
La jueza en lo Contencioso Administrativo Liliana Heiland dictó la inconstitucionalidad de la ley 25.873 y el decreto 1563, ambos del año pasado, por considerar que son "manifiestamente irrazonables e incongruentes con el sistema constitucional vigente".
Heiland consideró que el Congreso "abdicó de sus poderes, desoyó expresos mandatos constitucionales e instrumentó un sistema que desconoce y altera la esencia de las garantías y derechos básicos descriptos".
Así, "sembró temor y desconfianza en los potenciales afectados... lo que vulnera, principios y límites que hacen a la esencia misma del Estado de Derecho y debe evitarse".
La ley y su decreto reglamentario permitían el control por parte del Estado del intercambio de correos y diálogos electrónicos de los usuarios, y obligaba a su conservación por un lapso de diez años, lo que generó múltiples reacciones por la supuesta invasión a la privacidad.
El gobierno reaccionó anunciando que no pondría en vigencia ese mecanismo, pero la jueza Heiland destacó en su fallo que "no obstante variados anuncios públicos sobre su derogación, mantiene a la fecha plena vigencia". Además, el decreto reglamentario, que establecía las cláusulas más cuestionadas, "no fue derogado o dejado sin efecto, sino sólo 'suspendido'", recordó la jueza.