Enargas: dejan sin efecto resolución que ordenaba refacturar servicio

La norma prohibí­a la refacturación de metros cúbicos no incluidos en facturas ya emitidas. Se lo consideró como una actuación en exceso del marco para el que está habilitado
Por iProfesional
ACTUALIDAD - 03 de Noviembre, 2005

"Distribuidora de Gas Cuyana c/ resolución 275/00 - ENARGAS - (exp. Nº 4830/99) s/", Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala I, 30/8/2005 La Sala I de la Contencioco Administrativo Federal hizo lugar a una impugnación deducida por la actora –empresa distribuidora de gas- contra una Resolución del Enargas. La Resolución en cuestión habí­a ordenado a la distribuidora, ante el reclamo del usuario, proceder a la refacturación de un bimestre, ajustándolo a los términos de la Nota DEL ENARGAS Nº 1154/97, utilizando para ello el consumo histórico del usuario para igual perí­odo correspondiente a años anteriores. A través de lo dispuesto en dicha nota, el ENARGAS disponí­a que la actora no podí­a refacturar a sus usuarios la acumulación de metros cúbicos que no se hubieran incluido en facturas ya emitidas de conformidad con lo previsto en el Reglamento del Servicio. Esto fue considerado una actuación en exceso del marco de actuación para el que está habilitado por el ordenamiento jurí­dico.Cuando el medidor se encuentre "fuera de servicio" o "registre en forma imprecisa", el volumen de gas entregado se determinará, entre otras formas, "estimando la cantidad de entrega mediante las entregas efectuadas durante perí­odos bajo condiciones similares cuando el medidor registraba en forma precisa" (Reglamento del Servicio, aprobado por el decreto nacional 2255/72).En base a una interpretación desgajada de la normativa en juego, la Sala determinó que el ENARGAS produjo una ablación del derecho de la distribuidora de reclamar el ajuste de las facturas, ya que de ningún modo puede impedir refacturar consumos que no hubieran sido incluidos en otras facturas, ya que, como surge del Reglamento del servicio, el volumen de gas se podrá determinar de otras formas cuando el medidor se encuentre fuera de servicio.En tal sentido, la Sala el tribunal resolvió hacer lugar al recurso deducido y, en consecuencia, dejar sin efecto la resolución impugnada, con costas en el orden causado.

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