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Aumentos en las tarifas de energí­a mayorista: doce claves para comprender el impacto de la medida

Los precios de las nuevas tarifas eléctricas serán fijados por el Gobierno nacional y las provincias. Regirán entre el 1° de febrero y el 30 de abril
Por iProfesional
ACTUALIDAD - 27 de Enero, 2016

Era una medida anunciada y esperada: con una resolución el ministerio de Energía oficializó este miércoles la primera correción de las tarifas de energía eléctrica.

El aumento de los precios mayoristas de la energía regirá a partir del lunes próximo y, según el tipo de consumo que se tenga en cada hogar, el impacto variará en mayor o menor medida.

La medida alcanzará a unos 32 millones de usuarios residenciales, comerciales e industriales de todo el país. El gobierno no hizo anuncios en rueda de prensa y se espera que el viernes precise los valores, que según estimaciones de la prensa subirán entre 200% y 300% en promedio.

Al ajustar los precios de la energía, de hecho quedaron eliminados los subsidios que recibían millones de usuarios en sus boletas de pago.

Los puntos principales de la resolución 6 del Ministerio de Energía y Minería son:

* A partir del próximos lunes, aumentarán los precios mayoristas para el mercado de generación eléctrica. El aumento dispuesto regirá hasta el 30 de abril por lo que se espera en mayo un nuevo incremento en el precio de la energía.

* En los proximos días se conocerá la resolución que detalle cómo serán los nuevos cuadros tarifarios para los consumidores finales.

* El Gobierno nacional será el que fije las nuevas tarifas de Edenor y Edesur, mientras que cada gobierno provincial establecerá los nuevos cuadros para sus distribuidoras. Los precios mayoristas regirán en todo el país, mientras que antes cada provincia definía sus propios precios.

* Habrá cuatro nuevos conjuntos de precios: los no subsidiados, que aplicarán a las industrias; los subsidiados generales, siempre que haya ahorro; los precios que correspondan a aquellos que disminuyan su consumo; y los que se definan para los beneficiados con la tarifa social.

* El precio no subsidiado promedio será de $770 por MWh. Antes de la norma ese costo era de $320 por MWh. La tarifa regirá para quienes consuman más de 300 Kw. Esto podría implicar aumentos de hasta 700% en el caso de las industrias.

* En el caso de los usuarios residenciales dependerá del consumo y de si el cliente ahorra o no energía en comparación con lo consumido en el mismo período pero del año anterior.

* Los beneficiarios de la tarifa social con consumo inferior a 150 kilovatios por mes no pagarán nada por la energía.

* Para el consumo mensual excedente de 150 kWh/mes y siempre que el consumo mensual total sea menos o igual al registrado en el mismo mes del año 2015, los precios de referencia de la energía serán: en horas de pico $31,39/MWh; en horas restantes 27,09 $/MWh y en horas de valle (cuando la producción y distribución de la energía es más barata) 22,26 $/MWh.

* Para el consumo mensual excedente de 150 kWh/mes y hasta 300 kWh/mes, y si el consumo mensual total es mayor al registrado en el mismo mes del año 2015, los precios de referencia de la energía serán: en horas de pico $321,39/MWh; en horas restantes $317,09/MWh; y en horas de valle $312,26/MWh.

* El cargo de potencia se fijó en $1.427,60 contra $2.100 promedio establecido antes de esta norma. Los usuarios que reduzcan su consumo entre un 10% y un 20% abonarán un precio estacional medio de $246, es decir, un 23% de quienes no ahorren. Aquellos que reduzcan su consumo en más de un 20% pagarán $197 por MWh, es decir, 38% menos de los que no ahorren.

* La mayoría de los usuarios residenciales que hoy están subsidiados paga entre $30 y $120 mensuales. Como las tarifas oscilarán entre $197 y $320 por MWh, los aumentos finales pueden llegar hasta el 600%.

* Se estableció además que las distribuidoras no podrán mantener una deuda superior a los 30 días con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) y si lo hacen "deberán garantizar el pago mediante cesión de créditos por cobranza".

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