Fijan pautas sobre concesión del beneficio de libertad asistida
"Crespin, Cristian Raúl s/ recurso de casación". Cámara Nacional de Casación Penal Sala I. 22/9/2005.A los fines del otorgamiento de la libertad asistida, corresponde la concesión de la misma respecto de un condenado, cuando de su legajo de personalidad no surja que para el momento de su egreso al medio libre, acarree para sí o para la sociedad riesgo cierto -aunque ello no pueda afirmarse con certeza.
Así lo determinó la Cámara Nacional de Casación Penal, aún cuando en el caso las autoridades del Servicio Penitenciario Federal se expedían por la negativa de su otorgamiento, y a pesar de los antecedentes del condenado (reincidente en diversos delitos, consumidor de estupefacientes, etc), toda vez que sólo se puede denegar este beneficio excepcionalmente, cuando se considere que el egreso del condenado signifique un peligro para sí mismo o para la sociedad.